DERECHO EMPRESARIAL
Enviado por EstefannyVM • 17 de Marzo de 2015 • 470 Palabras (2 Páginas) • 281 Visitas
CARACTERÍSTICAS:
• Respecto a las características de la Sociedad Civil estees un acuerdopor el cual dos o más personas se obligan a poner en común bienes o dinero (llamados socios capitalistas), trabajo o industria (llamados socios industriales) con ánimo de repartir entre sí las ganancias, mientras que existe.
• En relación a la cantidad de socios; la Sociedad Civil puede contar con un mínimo de dos (2) socios y llegar a un máximo de treinta (30) socios.
• En relación al aporte de capital; en este tipo de sociedad no existe un mínimo de inicial en el capital social y se admiten tanto el aporte de bienes y servicios.
• Entre los órganos de la empresa encontramos a los socios administradores, quienes toman las decisiones en conjunto y de no existir unanimidad ha de tomarse en cuenta la decisión de la mayoría de los socios.
• En relación a las pérdidas y ganancias los socios se repartirán en conformidad a lo pactado. Si sólo se hubiera pactado la parte de cada uno en las ganancias, será igual su parte en las pérdidas. A falta de pacto, la parte de cada socio en las ganancias y pérdidas debe ser proporcionada a lo que haya aportado. Es nulo cualquier pacto en el que se excluya a uno o más socios de toda parte en las ganancias o pérdidas. Sólo el socio de industria puede ser eximido de toda responsabilidad en las pérdidas.
• La sociedad debe responder frente a terceros por los actos de uno de los socios, siempre que el socio opere como tal y por cuenta de la sociedad, que tenga poder (expreso o tácito) para obligar a la sociedad y que haya obrado dentro de los límites de su poder o mandato. De esta forma, la sociedad no queda obligada por actos que un socio haya realizado en su propio nombre o sin poder de la sociedad para ejecutarlo.
La sociedad civil se extingue:
• Cuando expira el término por el que se constituyó.
• Cuando se pierde la cosa o se termine el negocio que le sirve de objeto.
• Por muerte, insolvencia, incapacitación o declaración de prodigalidad de cualquiera de los socios, o por el embargo de bienes sociales a causa de las deudas de un socio.
• Por la voluntad de cualquiera de los socios, siempre que medie justo motivo o que no haya sido fijado un plazo de duración de la sociedad.
• Cuando la cosa especifica que un socio había prometido aportar a la sociedad, perece antes de efectuada la entrega.
CAPITULO II
CONSTITUCION DE LA EMPRESA
BÚSQUEDA MERCANTIL Y RAZÓN SOCIAL
Esta búsqueda se realiza en la Oficina de Registros Públicos
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