Definiciones De Contabilidad De Seguros
Enviado por fabperdus • 3 de Mayo de 2014 • 3.398 Palabras (14 Páginas) • 780 Visitas
Definición Contabilidad de Seguros:
1. Es aquella rama de la contabilidad que estudia los estados financieros de las instituciones destinadas a asegurar riesgos ajenos a través de suscripción de un contrato de seguro, con la finalidad de dar la máxima garantía a los asegurados de que sus reclamos les serán indemnizados a sus beneficiarios, que los derechos adquiridos les serán pagados i que la parte de su prima no consumida les será devuelta, aun en el caso de que el asegurador suspenda sus pagos, quiebre o no tenga fondos suficientes.
2. Es una contabilidad especializada, que permite recopilar, ordenar, clasificar, registrar y resumir, a fin de rendir un informe de todos los cambios materiales que hayan ocurrido durante el ciclo normal de operaciones o ciclo contable, las entidades de Seguros y Reaseguros.
En otras palabras, la contabilidad de seguros es la técnica empleada que permite recopilar, registrar y resumir todas las operaciones llevadas a cabo durante un año por las empresas de seguro y reaseguros. Las dos premisas fundamentales que hacen de la contabilidad de seguros una contabilidad sea especializada son:
1.- Es supervisada o controlada por un ente gubernamental o estatal, en el caso de Seguros, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDASEG).
2.- Su contabilidad es llevada a cabo bajo la definición de un Plan Único de Cuentas, definido por el ente supervisor de la actividad económica específica, en nuestro caso el plan único de cuentas, establecido en la Providencia N° HSS-100-001 de fecha 20 de Enero de 1992, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N°4.383 extraordinaria de fecha 19 de febrero del mismo año, mediante la cual la Superintendencia de la Actividad Aseguradora dictó las Normas de Contabilidad para las empresas de Seguros.
Importancia de la contabilidad en las sociedades de comercio
Para poder entender las facultades de la Superintendencia de Seguros en relación con su facultad de dictar normas de contabilidad debe señalarse que la misma no puede verse como una simple agrupación de cuentas de una determinada empresa. Por el contrario, la contabilidad cumple varias funciones plenamente reconocidas como son el control del patrimonio y de sus movimientos, tanto para un momento determinado como para un período señalado dentro del cual puede establecerse su desenvolvimiento.
La obligación de llevar contabilidad es una práctica universal en todo sentido, se aplica para todo tipo de empresas, en todos los países del mundo y en todas las épocas desde que el comercio se institucionalizó como tal. La contabilidad es tan importante que a la misma se le atribuye valor jurídico y los libros de contabilidad constituyen un medio de prueba.
En empresas tales como las de seguros y los bancos, las empresas del mercado de capitales y las entidades de ahorro y préstamo la Ley ha permitido que los organismos de control dicten normas de contabilidad, ello por cuanto parte de los recursos que las empresas manejan no son sólo de los accionistas, sino que por el contrario en su mayor parte son del público. Tal vez esta idea es fácil de entender en materia de bancos y de mercado de capitales pero más difícil en el área de seguros, pero para ello basta con señalar que la empresa de seguros cobra las primas y que las mismas están dirigidas a cubrir los siniestros, y por otra parte si el asegurado o la aseguradora anulan la póliza la prima no consumida debe devolverse, de lo cual se deduce que la mayor parte de los recursos manejados no son de la empresa hasta que sus compromisos por las pólizas han terminado.
Cuando se permite a los órganos de control regular la contabilidad tal facultad se le otorga por varias razones: a) la primera de ella es porque le permite al supervisor conocer la situación de la empresa y extremar medidas o controles en caso de que ello sea necesario; b) en segundo lugar hoy en día es muy importante la información que el público posea sobre las empresa y esa información financiera debe cumplir tres postulados debe ser oportuna, debe ser sencilla de entender y debe ser veraz. Las normas de contabilidad que se dicten tienen que ver exactamente con la posibilidad de dar cumplimiento a estos tres principios; c) la contabilidad sirve para que la misma administración conozca la situación de la compañía que gerencia, el resultado de sus decisiones y pueda tomar decisiones o adoptar correctivos de ser el caso; d) por último la contabilidad sirve a los accionistas para conocer la marcha de la empresa y evaluar la gestión de la empresa.
Siendo ello así no basta con que la contabilidad se realice desde el punto de vista de forma de la misma manera, es necesario que los criterios utilizados para valorar y registrar cada activo y cada pasivo sean iguales porque si no cualquier comparación o evaluación resultaría infructuosa.
Requisitos Legales- Libros Obligatorios y Libros Auxiliares:
La contabilidad es necesaria para que el comerciante conozca en cada instante la situación activa y pasiva de su comercio en relación a sus proveedores, clientes, banqueros, etc. Debe conocer también, el grado de exigibilidad de su pasivo y el grado de disponibilidad de su activo. También debe conocer los resultados anuales de su explotación, o sea, las ganancias y pérdidas. Por otra parte, la contabilidad interesa desde el aspecto fiscal.
En algunos países, verbigracia, en Alemania, Suiza e Inglaterra, se requieren libros necesarios para tener una idea clara de las operaciones del comerciante, sin que el legislador los enumere. En los países latinos, por el contrario, se señalan algunos libros obligatorios dejando al comerciante la facultad de llevar otros libros si lo cree conveniente; estos últimos libros de caja, vencimiento, comisiones, etc., se llaman libros auxiliares.
Son obligatorios en Venezuela el Libro Diario, el Libro Mayor y el de Inventarios.
El Libro Mayor, es el libro en que todas las operaciones están señaladas y repartidas en una serie de cuentas distintas, presentadas según un orden metódico, a diferencia del orden cronológico adoptado por el Libro Diario.
El Libro de Inventarios, es aquel en donde se asientas los inventarios de mercancías y activos fijos de la organización, y a su vez los Estados de Situación Financiera y de Resultados.
Características de los Libros Legales:
Es característico el requisito de que el Libro Diario, Mayor y el de Inventarios sean foliados y sellados.
Los libros deben ser llevados en castellano.
No deben de llevar tachaduras, raspaduras o enmendaduras.
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