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Derecho Administrativo


Enviado por   •  21 de Mayo de 2013  •  2.347 Palabras (10 Páginas)  •  306 Visitas

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---Derecho Administrativo.

Es una rama del derecho público interno, se encarga de estudiar la relación que existe entre un grupo de personas frente a la administración Pública. También se define como la rama pública Interna que se encarga de estudiar el ordenamiento jurídico aplicable a la Organización, estructura y funcionamiento de la administración pública y sus órganos..

---Fuentes del derecho administrativo

Consiste en ciertos principios básicos y activos y doctrinarios, de donde emergen las normas jurídicas. Se Clasificación en:

Fuentes principales y fuentes secundarias:

 1. Fuentes principales..

De acuerdo a nuestro sistema de derecho, determinadas por disposiciones escritas, cuya esencia es crear, modificar o extinguir situaciones jurídicas de orden administrativo. Son las siguientes:

A.- La Constitución

La Suprema fuente del Derecho Administrativo, le ley de leyes, prevalece sobre cualquier norma legal

B.- La ley

Es otra de la fuente del derecho administrativo, tanto de las leyes administrativa como de las comunes porque algunas contienen preceptos de carácter administrativo por ejemplo el código civil encontramos disposiciones de uso público y los bienes fiscales etc.

C.- El Reglamento.

Es una fuente importante del derecho administrativo ya que hay paralelo entre la ley y el reglamento...

Frente a la Ley el Reglamento La mayoría de los reglamentos cumplen su objetivo y se dividen en reglamentos ejecutivos y reglamentos supletorios.

Reglamento Ejecutivo

Son aquellos que pormenorizar o detallar los preceptos generales de las leyes administrativas que son sus antecedentes.

Reglamentos Supletorios

Son aquellos que tienen por objeto reemplazar la falta de una ley administrativa.

Paralelo entre la Ley y el Reglamento.

* Tanto la ley como el reglamento establecen normas jurídicas de común aplicación.

* La ley, así como el reglamento, disponen para el futuro.

* Tanto la ley como el reglamento son obligatorios y sancionadores y su naturaleza jurídica de ser consiste en crear, modificar, o extinguir vínculos jurídicos

D.- El Estatuto.

Constituye un particular complemento jurídico de la ley y su reglamento. El estatuto es fuente jurídica singular del derecho administrativo.

E.-El Decreto.

Es de la función Ejecutiva, llamada también función gubernamental. Consta de normas que van a generar derechos expedidos por el órgano de la administración pública, en sí el decreto es específico, rige y su alcance es general a todos los órganos de la administración pública.

Los decretos son expedidos por el Presidente de la República, también por sus Ministros con el nombre de acuerdos, ya que rigen también para la administración pública. .

La ley y el Reglamento, no pueden estar por encima de la Constitución están sujetas a la misma.

 2. FUENTES SECUNDARIAS.-

Radican en ciertos antecedentes lógicos y necesarios que sirven para completar el conocimiento y práctica de los anteriores. Son los siguientes:

A.- Jurisprudencia.-

Fallos emitidos a través de los tribunales de jerarquía de última instancia, esto es las salas especializadas de la CSJ (Corte Suprema de Justicia), ahora CNJ (Corte Nacional de Justicia), Civil, Penal, Tribunales Administrativos, también Reportes Jurisprudenciales de carácter referencia, de la Corte Constitucional.

B.- Doctrina

Es la investigación de Derecho comparado lo que nos permite extraer los mejores conceptos uniformes para la aplicación del derecho basado fundamentalmente de carácter técnicos y científicos.

---Definición de los actos administrativo:

Se refiere a aquella declaración voluntaria que el estado o un organismo público realiza en nombre del ejercicio de la función pública que le toca desplegar y que tendrá la clara intención de generar efectos jurídicos individuales de manera inmediata. El mismo solo puede tener origen y razón de ser en el poder administrativo de turno que será quien lo manifieste, en tanto, el mismo se impondrá de una manera inmediata como dijimos, pero también imperativa y unilateral.

---Clasificación De Los Actos Administrativos:

Clasificación por su naturaleza

Actos materiales

Son los que no producen ningún efecto de derecho y sólo verifican prácticamente el propósito del propio acto jurídico.

Actos jurídicos

Son los que producen consecuencias jurídicas.

Hechos jurídicos

El hecho jurídico está constituido por un acontecimiento natural al que la ley vincula ciertos efectos de derecho, como el nacimiento, la muerte, etc.; o bien por un hecho en el que la voluntad humana interviene y en el que el orden jurídico entre en movimiento, pero con la diferencia a el acto jurídico de que ese efecto de derecho no persigue la creación de una situación jurídica, a pesar de lo cual esta se origina al imponerse una pena al delincuente. Los hechos jurídicos constituyen solamente la condición para que se apliquen normas jurídicas generales preexistentes.

Por La distribución tradicional de los actos administrativos

-Acto de autoridad, o actos del poder publico

En esta clase de actos el estado procede autoritariamente por medio de actos de poder que son expresión de su voluntad soberana o mandatos de orden de la ley.

-Actos de gestión

El estado no siempre debe mandar, pues puede equipararse a los particulares para hacer más frecuentes y efectivas las relaciones con ellos. Para estos casos se coloca en el mismo plano y prescindido de privilegios y ventajas y su voluntad surte efecto con el concurso de la voluntad contraria.

Por su finalidad

-Instrumentales

Son los medios para realizar las actividades administrativas: Se dividen en :

-Preliminares y de procedimiento

Son los necesarios para que la administración pueda realizar eficientemente sus funciones.

-Actos de ejecución

Son los actos que tienden a hacer cumplir forzadas, las resoluciones y decisiones administrativas.

-Principales

Son los actos básicos de la administración, como las decisiones y las resoluciones administrativas.

Por la forma de manifestación de la voluntad

-Acto simple, es aquel en el que interviene una sola voluntad, es decir, la voluntad unilateral de la administración.

En el caso de una voluntad particular pueda crear un acto administrativo, la ley administrativa es la dará la respuesta a este caso.

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