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Derecho Laboral


Enviado por   •  14 de Febrero de 2012  •  1.069 Palabras (5 Páginas)  •  484 Visitas

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DERECHO LABORAL

UNIDAD I :Principios generales

A).- Conceptos.

I.1. Trabajador y trabajador de confianza.

1. Un trabajador o trabajadora es una persona que con la edad legal suficiente presta sus servicios retribuidos. Cuando no tiene la edad suficiente, se considera trabajo infantil. Si no presta los servicios de forma voluntaria, se considera esclavitud o servidumbre.

Estos servicios pueden ser prestados dentro del ámbito de una organización y bajo la dirección de otra persona física o persona jurídica, denominada empleador o empresario; o bien como trabajador independiente o autónomo.

Según la Ley Federal del Trabajo:Artículo 8

Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.

2. Trabajador de confianza

El artículo 9 de la Ley Federal del Trabajo establece:

La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.

Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.”

Como podemos ver, en principio, ser o no ser un trabajador de confianza depende de qué tipo de actividades se realizan para el patrón. Lo anterior ha sido motivo de diversos criterios juridiciales, concluyéndose que no importa el nombre que se le dé al puesto, sino que lo importante son las actividades que se lleven a cabo.

I.2.- Patrón y representante del patrón.

Artículo 10

Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de éstos.

Artículo 11.- Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de

dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del

patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores.

I.3.- Intermediario.

Artículo 12

Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.

I.4.- Ejecución de obras y servicios a terceros.

LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS art. 2 frac VIII. Obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura: las obras que tienen por objeto la

construcción, ampliación o modificación de bienes inmuebles destinados directamente a la

prestación de servicios de comunicaciones, transportes, hidráulico, medio ambiente, turístico, educación, salud y energético;

Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley, se consideran como servicios relacionados con las obras públicas, los trabajos que tengan por objeto concebir, diseñar y calcular los elementos que integran un proyecto de obra pública; las investigaciones, estudios, asesorías y consultorías que se vinculen con las acciones que regula esta Ley; la dirección o supervisión de la ejecución de las obras y los estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones. Asimismo, quedan comprendidos dentro de los servicios relacionados con las obras públicas los siguientes

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