Derecho Privado
Enviado por • 13 de Septiembre de 2013 • 1.445 Palabras (6 Páginas) • 399 Visitas
Objetivo:
Conocer y aprender acerca de los requisitos de títulos y operaciones de crédito, así como las diferentes sociedades mercantiles que existen dependiendo de qué es lo que se busca y como es que se quiere crear y formar una empresa.
Procedimiento:
Primero leí los temas del 16 al 20 del Módulo 4, investigué acerca de las características de un cheque, pagaré así como de las diferentes sociedades mercantiles, ya que en un futuro planeo crear mi propia empresa, posteriormente hice un resumen en donde ponía las características de cada sociedad para identificarlas mejor y lo completé después de haber leído la Ley general de Sociedades mercantiles.
Por último respondí los incisos solicitados y conocí una razón por la que una empresa puede llegar a la quiebra.
Resultados:
1. Elabora un reporte sobre los siguientes temas:
a. Sociedades mercantiles.
La naturaleza mercantil de una sociedad depende exclusivamente de un criterio formal son mercantiles todas aquellas sociedades constituidas en cualesquiera de los tipos reconocidos por la Ley General de Sociedades Mercantiles o por el Código de Comercio con o sin una finalidad mercantil. Son creadas por mínimo 2 personas denominadas socios, los cuales se obligan a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común, lícito y persiguiendo el lucro, de acuerdo con las normas establecidas en su contrato social y las que por ministerio de ley le correspondan.
Tipos de Sociedades:
1) Sociedad en Nombre Colectivo.
2) Sociedad en Comandita Simple.
3) Sociedad de Responsabilidad Limitada.
4) Sociedad en Comandita por Acciones.
5) Sociedad Cooperativa
6) Sociedad Anónima
Una de las principales formas de clasificar las sociedades mercantiles es distinguir entre sociedades de personas y sociedades de capitales.
De acuerdo con Mantilla Molina: “Esta clasificación se funda en que el intuitus personae , la consideración de las cualidades personales de los socios, tiene gran importancia en algunas sociedades (sociedades de personas), al paso que en otras la tiene muy escasa, pues se atiende preferentemente al capital aportado, y se constituyen intuitus pecuniae (sociedades de capitales).”
La caracterización de cada tipo de sociedad se evidencia en el modo en que se pone énfasis en las personas de los socios, o en los capitales aportados. De acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Ley general de sociedades mercantiles: “Sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.”
Las sociedades tienen personalidad jurídica propia y distinta de los socios, siempre que estén inscritas en el Registro público de Comercio, las sociedades que no estén registradas se llaman irregulares.
Todas las sociedades mercantiles se deben de constituir ante un Notario o corredor Público, ya que es la manera más simple y segura.
Requisitos:
• Nombre, domicilio y nacionalidad de los socios.
• El objeto de la sociedad.
• Su razón ó denominación social.
• La duración.
• Nacionalidad de la Sociedad.
• Domicilio de la Sociedad.
• Cláusula de admisión o exclusión de extranjeros.
• Importe del Capital Social.
• La forma de administrar la Sociedad.
• Facultades de los Administradores.
• Nombramiento de los mismos
• La manera en que se habrán de repartir las utilidades y las pérdidas.
b. Títulos de crédito y los derechos incorporados.
Respecto al artículo 1° de la Ley de títulos y operaciones de crédito, entendamos que:
“Son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o transmisión de títulos de crédito, o se hayan practicado con éstos, se rigen por las normas enumeradas en el artículo 2o., cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del título, y por la Ley que corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos, en los demás casos.”
Los títulos de crédito son derechos “cosificados”, con todas las consecuencias jurídicas.
Son los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.
Incorporación:
El titulo de crédito es un documento que lleva incorporado un derecho, de tal forma, que el derecho va íntimamente unido al título y su ejercicio está condicionado por la exhibición del documento, sin exhibir el
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