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Enviado por   •  19 de Agosto de 2014  •  422 Palabras (2 Páginas)  •  159 Visitas

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Ello de acuerdo a lo anunciado la semana pasada por la superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Tania Quispe.

Ello de acuerdo a lo anunciado la semana pasada por la superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Tania Quispe.

La medida alcanza a los contribuyentes de los rubros “Otros Servicios Empresariales” y “Demás Servicios Gravados con el IGV”, incluidos en la resolución, según una resolución publicada en la víspera.

Lo dispuesto en este dispositivo entrará en vigencia el primero de julio y es aplicable a aquellas operaciones cuyo momento para efectuar el depósito se produzca a partir de dicha fecha.

Ello de acuerdo a lo anunciado la semana pasada por la superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Tania Quispe.

La medida alcanza a los contribuyentes de los rubros “Otros Servicios Empresariales” y “Demás Servicios Gravados con el IGV”, incluidos en la resolución, según una resolución publicada en la víspera.

Lo dispuesto en este dispositivo entrará en vigencia el primero de julio y es aplicable a aquellas operaciones cuyo momento para efectuar el depósito se produzca a partir de dicha fecha.

Ello de acuerdo a lo anunciado la semana pasada por la superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Tania Quispe.

La medida alcanza a los contribuyentes de los rubros “Otros Servicios Empresariales” y “Demás Servicios Gravados con el IGV”, incluidos en la resolución, según una resolución publicada en la víspera.

Lo dispuesto en este dispositivo entrará en vigencia el primero de julio y es aplicable a aquellas operaciones cuyo momento para efectuar el depósito se produzca a partir de dicha fecha.

Ello de acuerdo a lo anunciado la semana pasada por la superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Tania Quispe.

La medida alcanza a los contribuyentes de los rubros “Otros Servicios Empresariales” y “Demás Servicios Gravados con el IGV”, incluidos en la resolución, según una resolución publicada en la víspera.

Lo dispuesto en este dispositivo entrará en vigencia el primero de julio y es aplicable a aquellas operaciones cuyo momento para efectuar el depósito se produzca a partir de dicha fecha.

Ello de acuerdo a lo anunciado la semana pasada por la superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Tania Quispe.

La medida alcanza a los contribuyentes de los rubros “Otros Servicios Empresariales” y “Demás Servicios Gravados con el IGV”, incluidos en la resolución, según una resolución publicada en la víspera.

Lo dispuesto en este dispositivo entrará en vigencia el primero de julio y es aplicable

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