Diligencias Del Ministerio Publico
Enviado por sr.guichin114 • 27 de Agosto de 2013 • 472 Palabras (2 Páginas) • 496 Visitas
DILIGENCIAS DEL MINISTERIO PÚBLICO
INSOLVENCIA FRAUDULENTA EN PERJUICIOS DE ACREEDORES
EQUIPO NUMERO 10
Flores Saviñon Evelyn
Rivera Palomino Ignacio Guillermo
Rodríguez Guadarrama Alfredo
Sánchez Tello David
Zarate Maya Ricardo Daniel
TIPO: insolvencia fraudulenta en perjuicios de acreedores art. 235 C.PD.F.
Art.122.C.P.P.D.F. el ministerio público acreditara el cuerpo del delito de que se trate y la probable responsabilidad del indiciado, como base del ejercicio de la acción penal y la autoridad judicial a su vez examinara si ambos requisitos están acreditados en autos.
El cuerpo del delito se tendrá por comprobado cuando se demuestre la existencia de los elementos que integran la descripción de la conducta o hecho, delictuoso según lo determine la ley penal.
Para resolver la probable responsabilidad del inculpado, la autoridad deberá constatar que no exista acreditada a favor de aquel alguna causa de licitud y que obren datos suficientes para acreditar su probable culpabilidad.
Elementos
• Que se colocó en estado de insolvencia, esa colocación debe ser primero y tener como objeto eludir las obligaciones a su cargo con respecto a su acreedor.
Como demostrar
• El denunciante exhibe el documento que lo prueba, el contrato, recibos, factura, etc.
• Que se coloque de manera dolosa en estado de insolvencia.
Art, 124 C.P.P.D.F. para la comprobación del cuerpo del delito y la probable o plena responsabilidad del inculpado en su caso el Ministerio Publico y el juez paran de la acción más amplia para emplear los medios de prueba que estimen conducentes, para el esclarecimiento de la verdad histórica, aunque no sean de los que define y detalla la ley, siempre que esos medios no estén reprobados por esta.
DILIGENCIAS BÁSICAS*
(*Recibe este nombre porque así se encuentra señalado en la guía de diligencias básicas en la averiguación previa de la PGR)
1° noticias del inter criminis; Denuncia.
Puede haber declaraciones de testigos que nos digan que esa persona tenía la obligación de pagar.
2° si la persona es física; se investiga si cuenta con cuentas bancarias pidiéndoselo por medio de oficio a la comisión bancaria y de valores.
3° si se oculta, gira oficios a la policía investigadora para que investigue, localice y presente al sujeto que se esconde.
4° puede requerir mediante oficio a la secretaria de hacienda y crédito público que proporcione el registro federal de contribuyentes.
5° también gira oficios al registro público de la propiedad y del comercio para preguntarle si la persona obligada tiene alguna propiedad a su nombre para garantizar el
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