Ejercicio leasing y fiscalidad.
Enviado por Bibi35 • 25 de Abril de 2016 • Tarea • 509 Palabras (3 Páginas) • 221 Visitas
Fiscalidad del leasing.
Este tipo de producto financiero solo puede emplearse en el ejercicio de actividades empresariales o profesionales, por lo que las cuotas pagadas darán lugar a diversas bonificaciones a la hora de liquidar el IRPF o el Impuesto de Sociedades, dependiendo de que el sujeto pasivo sea una persona física o jurídica.
El tratamiento favorable del leasing se aplicará a las operaciones cuya duración mínima sea de dos años si se trata de bienes muebles y de diez años si son inmuebles, debiendo aportarse el cuadro de amortización de la operación, de recuperación del bien, que ha de ser creciente o constante.
El tratamiento fiscal es el siguiente:
- La cuota de interés es, en todo caso, un gasto fiscalmente deducible.
- La cuota de recuperación del coste del bien es un gasto fiscalmente deducible, siempre que se trate de un bien susceptible de amortización. El importe de la deducción, con carácter general, no puede ser superior al doble del coeficiente de amortización lineal según las tablas de amortización fiscal. El límite sube al triple en las empresas de reducida dimensión y en las microempresas no se establece ningún límite, siempre que el bien sea amortizable.
Ejemplo: La empresa B, S.A. concertó el 02/01/20xx un leasing financiero con SBANCO sobre un camión frigorífico cuyo valor contable es de 90.000 euros, a un tipo del 9% nominal capitalizable por trimestres. Las cuotas son prepagables, la duración de dos años y, al vencimiento, el importe de la opción de compra es una cuota.
CALCULOS PARA LA SOCIEDAD DE LEASING | |||||||
Precio de coste del bien: | 90000 | ||||||
Gastos iniciales: | |||||||
Nº de alquileres: | 9 | ||||||
Valor residual: | 0 |
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Tipo de interés: | 0,0225 | ||||||
Períodos | Cuota total | Iva | Cota neta | Intereses | Amortiz.anual | Amortiz. Ac. | Deuda pendiente |
* | 90000 | ||||||
0 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 0,00 | 10.912,82 | 10.912,82 | 79.087,18 |
1 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 1.779,46 | 9.133,35 | 20.046,17 | 69.953,83 |
2 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 1.573,96 | 9.338,85 | 29.385,02 | 60.614,98 |
3 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 1.363,84 | 9.548,98 | 38.934,00 | 51.066,00 |
4 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 1.148,98 | 9.763,83 | 48.697,83 | 41.302,17 |
5 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 929,30 | 9.983,52 | 58.681,35 | 31.318,65 |
6 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 704,67 | 10.208,15 | 68.889,49 | 21.110,51 |
7 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 474,99 | 10.437,83 | 79.327,32 | 10.672,68 |
8 | 13.204,51 | 2.291,69 | 10.912,82 | 240,14 | 10.672,68 | 90.000,00 | 0,00 |
Supongamos que B,S.A. tiene una cifra de negocios de doce millones (caso general) y que el coeficiente de amortización del camión es del 18%.
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