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El Derecho Administrativo es la acción del gobierno encaminada


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  3.939 Palabras (16 Páginas)  •  189 Visitas

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Derecho Administrativo

El derecho administrativo es la acción del gobierno encaminada a proporcionar los bienes y servicios que la población requiere, para lo cual planifica la forma en que debe hacerse de los recursos necesarios para cumplir con su función.

La amplitud de la función administrativa impone, por una parte, la necesidad de crear diversas esferas de competencia que son designados como órganos administrativos, y por otra parte, requiere de personas físicas que los representen. Esas persona físicas se constituyen en titulares de los órganos administrativos y asumen el ejercicio  de las facultades que se encuentran dentro de la esfera de competencia.

Como puedes observar, la administración pública es de suma importancia y muy compleja, sobre todo si tomamos en cuenta las carencias que tiene un gobierno para generar bienes y servicios; sin embargo, existen países que aun con recursos naturales limitados, han sabido ofrecer a su población los bienes y servicios necesarios. Para conseguir este objetivo, es fundamental la forma en que se organiza la administración pública de un país.

Derecho Administrativo

La Administración Publica requiere de una reglamentación especial, por ello se creó el Derecho Administrativo, el cual se define como el conjunto de normas jurídicas que regula la estructura y organización del poder encargado de la administración pública, el funcionamiento de sus órganos y la situación de los particulares con respecto a la administración y prestación de los servicios públicos.

El derecho administrativo es de aplicación cotidiana; sin embargo, es poco conocido por la población. Es muy importante que lo conozcas y lo analices para que sepas que instancias te proporcionan los bienes y servicios, de qué manera funcionan y como están organizadas.

FORMA DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN MEXICO

La organización administrativa en nuestro país se presenta bajo diversas modalidades, pero fundamentalmente se divide en dos: centralizada y descentralizada. Ambas se encuentran reguladas en el artículo 90 constitucional, solo que esta última viene bajo el nombre de administración pública paraestatal. Este artículo no ha tenido tantas reformas como algunos otros; la última reforma se le hizo en el sexenio de José López Portillo y hasta ahora se conserva igual.

CENTRALIZACION

Es una forma de organización en la cual los órganos del poder Ejecutivo se estructuran de mayor a menor grado bajo el mando unificado y directo del titular de la Administración Pública.

Entre los órganos ejecutivos existe una relación jerárquica, el presidente de la republica que es el jefe superior de la Administración Publica. El Órgano superior tiene consigo las facultades de nombramiento, mando, vigilancia, disciplinario, de revisión y de solución de conflictos de competencia. Los mandos inferiores solo ejecutan los actos materiales  necesarios para auxiliar a los órganos superiores.

En la centralización administrativa mexicana tenemos como órgano supremo al C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, quien es el responsable directo de la Administración Pública federal, mismo que se auxilia de los llamados secretarios de Estado para cubrir las necesidades básicas de la población.

SECRETARIAS DE ESTADO

La creación de las secretarias dentro de la organización del poder Ejecutivo es, tal vez, la de mayor antigüedad en la vida independiente de México. Las secretarias de Estado son órganos superiores, político-administrativos, que auxilian al presidente de la república en el despacho de los asuntos de una rama de la actividad del Estado las necesidades económicas, políticas y sociales imperantes en nuestro país han motivado la variación  en el numero y objetivos de las secretarias.

Si bien ninguna de las secretarias de Estado tiene prioridad sobre las otras, algunas de ellas realizan funciones globalizadoras; es decir, emiten lineamientos, políticas y controles que son de observancia obligatoria para la totalidad de la administración pública federal.

Al cambiar de nombre las secretarias se restauran en sus funciones, lo cual obedece a que la propia dinámica social va requiriendo ajustes en las leyes, normas y formas de organización del estado. Todo cambio en la administración pública, en cuanto a secretarias de estado debe ser sancionado por el congreso de la Unión.

Las atribuciones y deberes de las secretarias se encuentran normadas en la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal (LOAPF), la cual establece en su artículo 26 lo siguiente

Es importante precisar que aunque el presidente elija a los secretarios, la elección tiene que basarse en el perfil y características que señala la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal, como, por ejemplo, ser mexicano por nacimiento y mayor de 30 años.

En términos generales, las funciones más importantes de cada Secretaria son:

  • Secretaria de Gobernación. Formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes; proponer al Ejecutivo Federal la política criminal y las medidas que garanticen la congruencia de esta entre las dependencias de la Administración Publica Federal. Organizar, dirigir y supervisar bajo su adscripción a la Policía Federal, garantizar  el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario, con el objeto de salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas y prevenir la comisión de  delitos del orden federal. Proponer en el seno del consejo Nacional de Seguridad Publica, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional; y efectuar, en coordinación con la Procuraduría General de la Republica, estudios sobre los actos delictivos no denunciados e incorporar esta variable en el diseño de las políticas en materia de prevención del delito. Auxiliar a las autoridades federales, estatales, municipales y del distrito Federal competentes, que soliciten apoyo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad pública, en la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes; reforzar, cuando así lo soliciten, la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran, intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente; promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de estas, con las estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en aras de lograr la efectiva coordinación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Publica y el combate a la delincuencia; así como establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de los tratados internacionales, conforme a la legislación. Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas cinematográficas, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y moral pública y a la dignidad personal, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público.
  • Secretaria de Relaciones Exteriores. Conducir la política exterior interviniendo en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones en los que México sea parte; dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomáticos y consulares; otorgar a los extranjeros las licencias y autorizaciones que la ley permita para adquirir bienes inmuebles, concesiones e inversiones en empresas comerciales o industriales; intervenir en la cuestiones relacionadas con nacionalidad y naturalización.
  • Secretaria de la Defensa Nacional. Organizar, administrar y preparar al ejército y la fuerza aérea y sus reservas, el servicio militar nacional; planear y dirigir la movilización del país en caso de guerra y ejecutar los planes necesarios para la defensa de la soberanía nacional, así como administrar la justicia militar.
  • Secretaria de Marina. Organizar, administrar y preparar a la armada y sus reservas; ejercer la soberanía en aguas territoriales y vigilar las costas, vías navales, islas nacionales, etcétera.
  • Secretaria de Hacienda y Crédito Público. Proyectar y coordinar la planeación nacional de desarrollo; elaborar, con la participación de los grupos sociales interesados, el plan nacional de desarrollo. Proyectar y calcular los ingresos de la federación, del Distrito Federal y de las entidades paraestatales. Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la federación y del Distrito Federal. Manejar la deuda pública de la federación y del Distrito Federal. Cobrar los impuestos, contribuciones, derechos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables; vigilar y mejorar el cumplimiento de las disposiciones fiscales. Proyectar y calcular los egresos (gastos) del gobierno federal y de la administración pública paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional.
  • Secretaria de Desarrollo Social. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza, desarrollo urbano y vivienda; coordinar sus esfuerzos con los gobiernos estatales y municipales. Coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos. Promover y concretar programas de vivienda y desarrollo urbano; apoyar su ejecución con la participación de los gobiernos estatales, municipales y los sectores social y privado. Asegurar la adecuada distribución, comercialización y abastecimiento de los productos de consumo básico de la población de escasos recursos.
  • Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sostenible. Establecer y aplicar, con la participación que corresponda a otras dependencias y a las autoridades estatal y municipal, normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de la calidad del medio ambientes, otorgar contratos, concesiones, licencias, permisos, autorizaciones, asignaciones y reconocer derechos, según corresponda, en materia forestal, ecológica, de agua, explotación de la flora y fauna silvestre, sobre playas, zona federal marítima, terrestre y terrenos ganados al mar.
  • Secretaria de Energía. Conducir la política energética del país. Ejercer los derechos de la nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrogeno, solidos, líquidos y gaseosos y energía nuclear, así como del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicios públicos. Otorgar concesiones, autorizaciones y permisos en materia energética conforme a las disposiciones aplicables. Regular y en su caso expedir normas oficiales mexicanas en materia de seguridad nuclear.
  • Secretaria de Economía. Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior y abasto, con excepción de los precios de bienes y servicios de la administración pública federal. Regular promover y vigilar la comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios. Establecer la política de industrialización, distribución y consumo de los productos agrícolas, ganaderos, forestales, mineros, y pesqueros en coordinación con las dependencias competentes. Fomentar, en coordinación con la Secretaria de Relaciones Exteriores, el comercio exterior del país. Regular, orientar y estimular las medidas de protección al consumidor.
  • Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo en coordinación con las dependencias competentes. Fomentar los programas y elaborar normas oficiales de sanidad animal y vegetal, así como atender coordinar, supervisar y evaluar las campañas de sanidad. Fomentar la actividad pesquera.
  • Secretaria de comunicaciones y Transportes. Construir y conservar los caminos y puentes federales. Formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país. Otorgar concesiones y permisos, previa opinión de la Secretaria de Gobernación, para establecer y explotar sistemas y servicios telegráficos, telefónicos, telecomunicaciones, estaciones radio experimentales, así como vigilar su funcionamiento. Otorgar concesiones y permisos para establecer y operar servicios aéreos en el territorio nacional, fomentar, regular y vigilar su funcionamiento y operación, así como negociar convenios para la prestación de servicios aéreos internacionales. Regular y vigilar la administración de los aeropuertos nacionales, conceder permisos para la construcción de aeropuertos particulares y vigilar su operación.
  • Secretaria de Educación Pública. Organizar, vigilar y desarrollar en las escuelas oficiales, incorporadas o reconocidas el tipo de enseñanza establecida en la constitución y en la ley general de educación. Crear y mantener, en su caso, escuelas de todas clases que funcionen en la república, dependientes de la federación, exceptuadas las que por ley esten adscritas a otras dependencias del gobierno federal. Promover la creación de institutos de investigación científica y técnica y el establecimiento de laboratorios, observatorios, planetarios y demás centro que requieran el desarrollo de la educación primaria, secundaria, normal, técnica y superior. Vigilar con auxilio de las asociaciones de profesionistas, el correcto ejercicio de las profesiones.
  • Secretaria de Salud. Establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos salubridad general. Planear normas y controlar los servicios de atención médica, salud pública, asistencia social y regulación sanitaria que correspondan al sistema nacional de salud. Organizar y administrara servicios sanitarios generales en toda la república.
  • Secretaria del Trabajo y Previsión Social. Vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones contenidas en el artículo 123 constitucional, en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos. Dirigir y coordinar la procuraduría de la defensa del trabajo. Coordinar la integración de las autoridades encargadas de resolver los problemas entre los trabajadores y patrones y vigilar su funcionamiento.
  • Secretarias de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Impulsar, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen: a) El crecimiento o surgimiento de asentamientos humanos y centros de población; b) La regularización de la propiedad agraria y sus diversas figuras que la ley respectiva reconoce en los ejidos, las parcelas, las tierras ejidales y comunales, la pequeña propiedad agrícola, ganadera y forestal, los terrenos baldíos y nacionales, y los terrenos que sean propiedad de asociaciones de usuarios y de otras figuras asociativas con fines productivos; c) El desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios; d) La planeación habitacional y del desarrollo de vivienda; e) El aprovechamiento de las ventajas productivas de las diversas regiones del país. Aplicar los preceptos agrarios del artículo 27 constitucional, así como las leyes agrarias y sus reglamentos, en lo que no corresponda a otras dependencias, entidades u otras autoridades en la materia. Promover y concertar programas de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano, y apoyar su ejecución, con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y municipales, así como de los sectores social y privado, a efecto de que el desarrollo nacional en la materia se oriente hacia una planeación sustentable y de integración.
  • Secretaria de Turismo. Formular y conducir la política de la actividad turística nacional. Promover, en coordinación con las entidades federativas las zonas de desarrollo turístico nacional y formular conjuntamente con la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la declaratoria respectiva. Establecer y vigilar con el apoyo de las autoridades estatales, municipales, la correcta aplicación de los precios y tarifas autorizadas o registradas y la prestación de los servicios turísticos, conforme las disposiciones legales aplicables. Promover y facilitar el intercambio y desarrollo turístico en el exterior, en coordinación con la Secretaria de Relaciones Exteriores.

SECRETARIOS DE ESTADO

Cada secretaria de Estado tiene un titular responsable, el cual lo es también ante el Congreso de la Unión; su cargo es el de secretario.

El artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) establece que al frente de cada Secretaria habrá un secretario de estado, quien para el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliara de los subsecretarios, el oficial mayor, directores, subdirectores, jefes y subjefes de departamento, oficina, sección y mesa. Y por los demás funcionarios que establezca el reglamento interior respectivo y otras disposiciones legales (aplicables al caso).

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