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El Sospechoso


Enviado por   •  15 de Enero de 2015  •  507 Palabras (3 Páginas)  •  228 Visitas

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Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.

18:43 soy propietario de un abarrote

18:43 que es lo que debo de pagar este año

19:43 Orientación Fiscal, le atiende Diego Espinoza. Respecto a su consulta inicial, le indico lo siguiente:

19:44 ¿Me puede permitir un momento?, vamos a verificar su consulta.

18:44 okay

19:46 Gracias por esperar, le sigo atendiendo ¿Puede permitirme un momento más? Estamos revisando su consulta.

18:48 Si, claro

19:48 Gracias por su amable tiempo en espera, le sigo atendiendo.

19:48 En cuanto a su primera consulta le comento:

19:49 En el RIF con respecto al Impuesto Sobre la Renta usted tendrá el beneficio de la reducción del 100%, durante el primer año, disminuyendo en los siguientes nueve años.

19:49 En cuanto a su segunda consulta le comento:

19:50 hay un estimulo del 100% el primer año (no lo pagará) en el pago del IVA e IEPS a las personas que forman parte del Régimen de Incorporación Fiscal. Si usted desea adherirse al estimulo del IVA o IEPS es necesario que las operaciones que tenga sean únicamente por operaciones con el público en general; esto es, aquellas operaciones en virtud de las cuales sus clientes no le solicitaron factura y en consecuencia usted no trasladó, ni separó (no desglosó) el IVA.

19:50 En cuanto a su tercera consulta le comento:

19:51 ¿A que se refiere usted cuando escribe añadir la facturación?

18:52 Que si se puede facturar el uso de los servicios como Agua y Luz

19:53 ¿Usted brinda algún servicio de agua y luz?

19:53 Toda vez que menciona que como refiere que si se puede facturar dichos servicios entiendo que usted los brinda.

18:55 la pregunta seria: Que si puedo facturar el recibo de luz y agua que consumo

19:57 Usted no puede facturar el recibo de luz porque ya que los consume no los genera.

20:00 Acaso ¿se refiere usted a registrar dichos consumos en su Contabilidad?

19:00 Entonces como los puedo ingresar en mis gastos

19:01 Para poderlos comprobar

20:02 Le comento:

20:04 ¿Por esos gastos a usted le emitieron factura CFDI?

19:05 Es lo que necesito conocer para poder solicitar la CFdi

20:05 Le comento:

20:06 Cuando sus proveedores no le hayan emitido factura electrónica CFDI por un gasto no podrá hacer deducible dicho gasto. Sólo podrá hacer deducible un gasto que sea estrictamente indispensable para su negocio y/o actividad y se encuentre amparado por un CFDI.

20:06 No obstante, cuando un proveedor omita generarle factura CFDI por un gasto y sólo le da notas de venta, en este caso solicite su RFC (del proveedor) para considerarlo en el registro de “Mi contabilidad” como gasto; cuando no tenga ese dato

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