El mayor peligro al que nos llevan las facciones es que las distintas facciones se enfrentan entre si
Enviado por Gerardo Huerta • 4 de Septiembre de 2017 • Documentos de Investigación • 1.121 Palabras (5 Páginas) • 90 Visitas
Página 1 de 5
Definición del Cálculo de Renta
Se describen a continuación el esquema de cálculo de renta.
Cálculo de ISR:
- Se calculan los Ingresos Afectos:
- Cada vez que se genera la planilla de Pago Normal (Quincenal o Mensual), se realiza una proyección de los ingresos
- El cálculo del impuesto toma la información de las planillas Autorizadas del inicio del período fiscal hasta la última planilla autorizada anterior a la que se está generando más los ingresos reales devengados en la planilla que se está calculando, más los ingresos proyectados de los siguientes meses hasta el final del período fiscal.
[pic 1]
- Existen 4 Agrupaciones de tipos de ingresos que se deben identificar:
- Salario Fijo: Aquí se configuran los tipos de ingresos que conforman el salario fijo del empleado. Por ejemplo el Salario Ordinario.
- Bonificaciones adicionales: Aquí se configuran los tipos de ingresos fijos que no sean salario y que tiene los colaboradores. Ejemplo: Bonificación Pactada, Depreciación de vehículo, movilización, etc.
- Salario variable constante: Aquí se configuran los tipos de ingresos variables que el trabajador devengue y que serán tomados en cuenta para proyectarlos. Ejemplos: Comisiones, Horas Extras.
- Ingresos variables eventuales: Aquí se configuran los tipos de ingreso que el trabajador devengue eventualmente durante el año. Estos ingresos variables no se proyectarán. Ejemplo: Bonificación Anual por dividendos, premios, Vacaciones, etc.
- Se toman los Ingresos de Ex y Otros Patronos.
- Si el empleado inició a laborar durante el año fiscal y tiene información de pago del o los ex patronos que haya tenido, se toman esos valores, los cuales son registrados en una pantalla específica en el módulo.
- Se calculan los Ingresos Exentos (Aguinaldo, Bono 14, Viáticos, Indemnización)
- Para el caso del Bono 14:
- Para los meses anteriores al pago dicha prestación, proyecta el pago del bono 14, como un salario completo, basándose en el promedio de los ingresos que devengue el empleado de inicio del período de la prestación (Julio) al mes de cálculo e incluye los ingresos en los agrupadores “Salario Fijo” y “Salario Variable constante”.
- Para los meses posteriores al pago de dicha prestación, toma el valor real. Si este excediera a un salario, solo toma como descuento el monto de un salario
- Para el ingreso anual se toma el monto total calculado en los incisos anteriores
- La deducción anual del bono 14 será de hasta un salario mensual (Artículo 70)
- Para el aguinaldo
- Para los meses anteriores al pago dicha prestación, proyecta el pago del aguinaldo, como un salario completo, basándose en el promedio de los ingresos que devengue el empleado de Enero al mes de cálculo e incluye los ingresos en los agrupadores “Salario Fijo” y “Salario Variable constante”.
- Para los meses posteriores al pago de dicha prestación, toma el valor real. Si este excediera a un salario, solo toma como descuento el monto de un salario.
- Para el ingreso anual se toma el monto total calculado en los incisos anteriores.
- Para la deducción anual del aguinaldo será de hasta un salario mensual (Artículo 70)
- El valor de la Indemnización la toma de la liquidación del empleado si se retirara durante el período y se le paga esta prestación.
- Entre los Ingresos Exentos también se consideran el Aguinaldo, Bono 14 e Indemnización que el empleado reporte pagado por Otros o Ex Patronos.
- La suma de los Ingresos Afectos y Exentos nos da la Renta Bruta.
- Luego se calculan las Rentas Exentas, que no son más que los valores del Aguinaldo, Bono 14, Viáticos e Indemnización
- La Renta Bruta menos las Rentas Exentas nos dan el valor de la Renta Neta
- Luego se calculan las Deducción, donde tenemos el mínimo vital que es de Q48,000, el cálculo del Seguro Social Anual proyectado sobre el valor de la Renta Neta, más el Montepío si aplica y el valor de la Planilla del IVA hasta un máximo de Q.12,000 cuando esta haya sido presentada.
- Restando el valor de la Renta Neta menos las Deducciones nos dan el valor de la Renta Imponible.
- El valor de la Renta Imponible se lleva a la tabla de la Renta para obtener el % de ISRT a aplicar y se obtiene el Impuesto Anual a Pagar.
- Al Impuesto Anual a Pagar se le resta el monto que de ISR se le haya retenido al empleado durante el período fiscal en las planillas que ya fueron autorizadas, esta diferencia se divide entre la cantidad de períodos de pago faltantes para finalizar el Año Fiscal. Este constituye el valor a descontar en la planilla.
Tabla:
RANGOS DE INGRESOS AFECTOS AL ISR Y TARIFAS APLICABLES | ||||
Rango | De más de | A | Cuota Fija | + s/excedente |
I | 0 | 300,000 | 0.00 | 5.0% |
II | 300,000 | adelante | 15,000 | 7.0% |
Calculo de ISR en Retiro:
Cuando se realiza el cálculo del Retiro de Personal, se realiza automáticamente el recalculo del Impuesto Sobre la Renta proporcional a la fecha de Retiro del Empleado, para esto se realizan los siguientes procesos.
- Se toman los Ingresos Afectos.
- Se toman todos los ingresos que el empleado haya percibido en el rango de fechas del Año Fiscal y que está registrados en Planillas Autorizadas.
- Se le suman los ingresos que al empleado se le están pagando en la liquidación y que son base para el ISR.
- No se realiza proyección de ninguno de los Ingresos.
- Se determinan los Ingresos Exentos.
- Se toman todos los ingresos Exentos que hayan sido pagados al empleado durante el año fiscal (Bono 14 y Aguinaldo Deducibles).
- Se obtienen los valores Exentos de las prestaciones pagadas al empleado en la liquidación (Bono 14 Deducible, Aguinaldo Deducible e Indemnización).
- Con los Ingresos Afectos y los Ingresos Exentos se procede de la forma normal de cálculo hasta determinar el Impuesto Anual a Pagar.
- Al Impuesto Anual a Pagar se le resta la sumatoria de los Montos de ISR descontados al empleado en las planillas Autorizadas dentro del rango de fechas del Año Fiscal.
- Si Resultado es Positivo, se aplica un Descuento al empleado por la diferencia calculada.
- Si el Resultado es Negativo, se aplica un Ingreso al empleado por la diferencia calculada multiplicada por (-1) para hacerlo positivo.
...
Disponible sólo en Clubensayos.com