Empresa y administración
Enviado por Laura perez umbert • 19 de Febrero de 2023 • Tarea • 641 Palabras (3 Páginas) • 188 Visitas
Tarea para EA05.
Enunciado. | ||||||||||||||||||||||||||||||
Blanca, Teresa y Ernesto han finalizado el grado superior de Educación Infantil y han decidido crear una Escuela Infantil en su ciudad. Han realizado su plan de negocio para abrir el 2 de Enero de 2023 y quieren incluir un apartado con las obligaciones fiscales a las que están sujetos porque ven que es muy difícil acordarse de todas las obligaciones fiscales. Ayúdales a comprender las siguientes cuestiones:
¿De qué censo se trata? Es el censo de contribuyentes donde se incluyen a empresarios, profesionales y retenedores. Es una herramienta que utiliza hacienda para tener control de todos los sujetos pasivos y de sus obligaciones fiscales. ¿Qué modelo deberán cumplimentar? Al tratarse de una Cooperativa, deberán darse de alta en el Censo de actividades económicas a través del modelo 036 de forma telemática en la web de la agencia tributaria, dentro del mes siguiente a la constitución de la cooperativa. ¿Cuáles serán las causas de presentación? Las causas de presentación es el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y la solicitud del número de identificación fiscal (NIF).
DECLARACIÓN – LIQUIDACIÓN POR TRIMESTRES
Sí, hay que presentar la declaración informativa de resumen anual de las operaciones relativas a la liquidación del IVA del ejercicio. ¿En qué modelo se realiza y en qué plazo debe presentarse? El modelo es el 390 y hay de plazo hasta el 30 de enero del año siguiente. Cada trimestre retendrán a sus trabajadores y trabajadoras las cantidades correspondientes. ¿En qué modelos deberán presentar las retenciones e ingresos a cuenta? ¿En qué plazo? Las retenciones e ingresos a cuenta se presentan mediante el modelo 111 trimestralmente. Los plazos son los siguientes:
Y el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF se presenta mediante el modelo 190 y el plazo es des del 01 de enero al 31 de enero del año siguiente al que se declara.
A las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas se les aplica un tipo impositivo especial del 20 % en el impuesto de sociedades. Por tanto, la cantidad que deberán de pagar en el impuesto de sociedades es de 1.200 €. La fecha de ese pago es el 25 de julio.
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No deben pagar cuota tributaria por el impuesto sobre actividades económicas, ya que su cifra de negocio es inferior a 1.000.000 €. | ||||||||||||||||||||||||||||||
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