Esqueleto de demanda
Enviado por hectortavo1320 • 5 de Octubre de 2016 • Práctica o problema • 2.777 Palabras (12 Páginas) • 1.064 Visitas
HECTOR ARIAS DELGADILLO
Vs
JOSE PEREZ LEON
EXPEDIENTE No. 287/2016
En la Ciudad de México, a 29 de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis--------------------
Agréguese a sus autos el escrito de demanda que cuenta de la parte actora, contante de dos fojas útiles, con copias certificadas y un juego de copias de traslado que se acompañan y se ordena su resguardo en el Seguro del Juzgado, fórmese el expediente que corresponda y regístrese en el libro de gobierno. Se tiene por presentado a HECTOR ARIAS DELGADILLO, por su propio derecho, demandando en la Vía de procedimiento Ordinario Civil de JOSE PEREZ LEON, las prestaciones que se detallan en el que se provee, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 255, 256 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, se admite la demanda, y con las copias simples exhibidas cotejadas y selladas córrase traslado y emplácese al demandado para que en el término de QUNCE DÍAS, produzca su contestación y oponga excepciones y defensas si tuviese, con el apercibimiento de ley de que se tiene por perdido su derecho para hacerlo valer y por presuntivamente confesados los hechos de la demanda con fundamento en lo dispuesto por el artículo 271 último párrafo del Código de Procedimientos Civiles, y se tiene por señalado como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y a efecto de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 56 fracción V, del código antes citado, hágase el cotejo y certificación correspondiente de las copias simples exhibidas con los documentos base de la acción para que corran agregadas a los autos, debiéndose guardar en el seguro del juzgado los originales. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 fracción I, incisos g) , 38 y 39 segundo párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad de México, se requiere a la parte actora para que en el término de tres días contados a partir de que surta efectos el presente proveído, y a la parte demandada en el mismo término a partir de la fecha del emplazamiento, otorguen su consentimiento por escrito para restringir el acceso público a su información confidencial, en el entendido de que su omisión a desahogar dicho requerimiento, establecerá su negativa para que dicha información sea pública. Se hace del conocimiento de las parte que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, motivado por el interés de que las personas que tienen algún litigio cuenten con otra opción para resolver su conflicto, ha implementado -como forma alternativa de solución de controversia- la Mediación, creando al efecto el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicado en Av. Niños Héroes, Numero 133, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, D.F. Código Postal 06500, con los teléfonos 52-07-25-84 y 52-08-33-49, donde se les atenderá en forma gratuita. lo anterior con fundamento en los artículo 2, 5 y 6, párrafos primeros y segundo y 9 fracción VII, de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.- Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Primero de lo Civil LICENCIADA ARACELI GUTIERREZ MEZA, asistida de la C. Secretaria de Acuerdos LICENCIADO HUGO GOMEZ TOSCANO, que autoriza y da fe.-----------------------------------------------------------------------------
EN EL BOLETÍN JUDICIAL NÚM. _67____ CORRESPONDIENTE AL DÍA__29____ DE ____SEMPTIEMBRE______ DE 2016, SE HIZO LA PUBLICACIÓN DE LEY.- CONSTE
EL _8____ DE ___FEBRERO____DEL 2016, SURTIÓ SUS EFECTOS DE NOTIFICACIÓN EL AUTO ANTERIOR.-CONSTEHOGO
[pic 1] CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
EXP. NUM. 287/2016
SECRETARIA “B”
JUZGADO PRIMERO CIVIL
NOMBRE: JOSE PEREZ LEON .
DOMICILIO: AVENIDA XOLA 1312,COLONIA NARVARTE .
En los autos del juicio indicado la C. Juez Primero de lo Civil dicto un auto que a la letra dice:
En la Ciudad de México, a 29 de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis--------------------
Agréguese a sus autos el escrito de demanda que cuenta de la parte actora, contante de dos fojas útiles, con copias certificadas y un juego de copias de traslado que se acompañan y se ordena su resguardo en el Seguro del Juzgado, fórmese el expediente que corresponda y regístrese en el libro de gobierno. Se tiene por presentado a¬¬¬¬¬¬ HECTOR ARIAS DELGADILLO, por su propio derecho, demandando en la Vía de procedimiento Ordinario Civil de JOSE PEREZ LEON, las prestaciones que se detallan en el que se provee, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 255, 256 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, se admite la demanda, y con las copias simples exhibidas cotejadas y selladas córrase traslado y emplácese al demandado para que en el término de QUNCE DÍAS, produzca su contestación y oponga excepciones y defensas si tuviese, con el apercibimiento de ley de que se tiene por perdido su derecho para hacerlo valer y por presuntivamente confesados los hechos de la demanda con fundamento en lo dispuesto por el artículo 271 último párrafo del Código de Procedimientos Civiles, y se tiene por señalado como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y a efecto de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 56 fracción V, del código antes citado, hágase el cotejo y certificación correspondiente de las copias simples exhibidas con los documentos base de la acción para que corran agregadas a los autos, debiéndose guardar en el seguro del juzgado los originales. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 fracción I, incisos g) , 38 y 39 segundo párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad de México, se requiere a la parte actora para que en el término de tres días contados a partir de que surta efectos el presente proveído, y a la parte demandada en el mismo término a partir de la fecha del emplazamiento, otorguen su consentimiento por escrito para restringir el acceso público a su información confidencial, en el entendido de que su omisión a desahogar dicho requerimiento, establecerá su negativa para que dicha información sea pública. Se hace del conocimiento de las parte que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, motivado por el interés de que las personas que tienen algún litigio cuenten con otra opción para resolver su conflicto, ha implementado -como forma alternativa de solución de controversia- la Mediación, creando al efecto el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicado en Av. Niños Héroes, Numero 133, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, D.F. Código Postal 06500, con los teléfonos 52-07-25-84 y 52-08-33-49, donde se les atenderá en forma gratuita. lo anterior con fundamento en los artículo 2, 5 y 6, párrafos primeros y segundo y 9 fracción VII, de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.- Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Primero de lo Civil LICENCIADA ARACELI GUTIERREZ MEZA, asistida de la C. Secretaria de Acuerdos LICENCIADO HUGO GOMEZ TOSCANO, que autoriza y da fe.-----------------------------------------------------------------------------
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