Fase 1 Política Arancelaria
Enviado por esau0007 • 30 de Abril de 2014 • 1.400 Palabras (6 Páginas) • 768 Visitas
UNIDAD 1: ¿Qué es política arancelaria?
Criterios para el desarrollo del trabajo final Exámenes de política comercial
Fase 1
Analice los antecedentes del Mecanismo de Examen de Políticas Comerciales de la OMC (MEPC), particularmente los puntos más relevantes del Anexo 2 del Acuerdo de Marrakech.
Responda con sus propias palabras las siguientes preguntas:
− ¿Cuáles son los objetivos que persigue el mecanismo de examen de políticas comerciales (MEPC)?
− ¿Qué se entiende por “Transparencia en el plano nacional”?
− ¿Qué es y cómo se desarrolla el procedimiento del examen?
− Elabore un flujograma del procedimiento del examen.
− ¿Cómo se lleva a cabo la presentación de informes?
− ¿Qué se entiende por “La relación con las disposiciones en materia de balanza de pagos del GATT de 1994 y del AGCS”?
− ¿Cómo se lleva a cabo la evaluación del Mecanismo?
− ¿Qué es la revista general de la evolución del entorno comercial internacional?
− ¿Cómo se conforma el órgano de examen de políticas comerciales?
Mecanismo de Examen de Políticas Comerciales de la OMC (MEPC)
Objetivo
Es coadyuvar a una mayor adhesión de todos los Miembros a las normas y disciplinas de los Acuerdos Comerciales Multilaterales y, cuando proceda, de los Acuerdos Comerciales Plurilaterales, y a los compromisos contraídos en su marco, y, por ende, a un mejor funcionamiento del sistema multilateral de comercio, mediante la consecución de una mayor transparencia en las políticas y prácticas comerciales de los Miembros y una mejor comprensión de las mismas.la función de ese mecanismo es examinar la repercusión de las políticas y prácticas comerciales de los Miembros en el sistema multilateral de comercio.
Transparencia en el plano nacional
Con la transparencia se alienta a los miembros sobre cuestiones de política comercial en el plano nacional,para promover una mayor transparencia en sus respectivos sistemas, reconociendo que la aplicación de la transparencia en el plano nacional debe efectuarse de forma voluntaria y teniendo en cuenta los sistemas jurídicos y políticos de cada miembro.
Que es el examen y su procedimiento.
El MEPC, es un examen para los países miembros para que tengan un mejor acercamiento a las normas, políticas y disciplinas en los acuerdos comerciales multilaterales y plurilaterales, el Órgano de Examen de las Políticas Comerciales (OEPC), que en la práctica es el Consejo General de la OMC bajo otro nombre y que funciona con arreglo a normas y procedimientos especiales. Esto implica que el máximo órgano responsable de la toma diaria de decisiones en la OMC es el mismo que realiza los OEPC. Miembros de la OMC deben de ser objeto de examen en el marco del MEPC. El Anexo 3 establece que los cuatro Miembros con mayor participación en el comercio mundial (actualmente los Estados Unidos, la Unión Europea, el Japón y China) serán objeto de un
OEPC cada dos años, los 16 siguientes cada cuatro años y los demás cada seis años, y puede fijarse un intervalo más extenso para los países Miembros menos adelantados5. La lógica detrás de estos tres ciclos es que los Miembros con el mayor peso en el comercio internacional y con el mayor impacto sobre el sistema multilateral sean examinados más frecuentemente.
Procedimiento del examen en 7 pasos directamente plasmados de la página de la OMC, en el anexo 3. El procedimiento se pondrá sin modificaciones para la formulación de un flujograma.
i) Para realizar los exámenes de las políticas comerciales se establece un Órgano de Examen de las Políticas Comerciales (denominado en el presente Acuerdo.
ii) Las políticas y prácticas comerciales de todos los Miembros serán objeto de un examen periódico. La incidencia de los distintos Miembros en el funcionamiento del sistema multilateral de comercio, definida en términos de su participación en el comercio mundial en un período representativo reciente, será el factor determinante para decidir la frecuencia de los exámenes. Las cuatro primeras entidades comerciantes determinadas de ese modo (contando a las Comunidades Europeas como una) ser án objeto de examen cada dos años. Las 16 siguientes lo serán cada cuatro años. Los demás Miembros, cada seis
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