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Finanzas y el proceso de concentración de empresas


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2015  •  Informe  •  1.203 Palabras (5 Páginas)  •  287 Visitas

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Buenas tardes,

La fusión puede definirse como un proceso de concentración de empresas, que da lugar a una unión de patrimonios y de socios de las sociedades intervinientes en la operación. Fruto de la misma se extinguen personalidades jurídicas independientes, con el fin de ampliar el patrimonio de otra personalidad jurídica preexistente o de nueva constitución. (Corrales, s.f.)

Una vez sabiendo esto, se entiende que al buscar una fusión, el objetivo principal es para poder fortalecer a la empresas involucradas y poder hacer frente a la competencia, igual que en momentos es cuando una empresa tiene el potencial necesario para sobresalir pero no cuenta con el capital necesario se unen fuerzas para poder sustentar el proyecto. Aquí una lista de las principales causes de una fusión de empresas:

  • Aumento de capital e ingresos.
  • Disminución de costos (producción, distribución, materia prima, etc).
  • Aumentar la productividad.
  • Intereses de nicho de mercados.

Las fusiones tienen 2 tipos, ya sea por integración o por absorción:

  • Las fusiones por absorción también llamadas de incorporación y esta es una, modalidad de fusión de sociedades en la cual una de ellas conserva su personalidad jurídica y la otra u otras se disuelven, aportando a la nueva su patrimonio. (La Caixa, s.f.) Esto quiere decir que una empresa sobrevive, tanto en denominación social como en sus demás aspectos, solo absorberá el capital de la empresa que desaparecerá para volverse parte de la empresa que la absorbe.
  • Las fusiones por integración se refiere a, que nazca una nueva entidad distinta a las que se fusionan, disolviéndose estas últimas. Esta forma se llama fusión pura o por integración. (Martínez, 2010) Esto quiere decir que las empresas desaparecen como tales y forman una entidad jurídica nueva, aportando el capital de ambas bajo una denominación social nueva.

La fusiones a su vez tiene dos métodos, la fusión vertical es una fusión entre 2 empresas pertenecientes al mismo sector pero que ocupan diferentes etapas del proceso de producción (Economia 48, s.f.); como hoy en día con el iPhone, que hace unos meses absorbió una empresa dedicada a diseñar sus lentes de cámara, son del mismo sector de telefonía móvil, pero uno se encuentra y se concentra solo en la etapa de producción de un sector en específico. Por otra parte el método de fusión horizontal es una fusión entre dos compañías en el mismo nicho del mismo sector (Economia 48, s.f.); con esto se refiere a empresas que sean competencia directa en el mismo nicho, empresas que se dedican a lo mismo pero unen fuerzas para poder tener una mejor competitividad, tal como Grupo Bimbo lo hizo con la empresa Wonder, ya que se dedican a lo mismo y están en el mismo sector y nicho, y Grupo Bimbo absorbió a Wonder.

Si me pidieran hacer un análisis para tomar la decisión de fusionar una empresa con otra, mis recomendaciones serian primero definir los objetivos de porque se quiere llevar a cabo esta fusión por ambas partes y así conocer los interés de los accionistas de ambos lados; segundo seria revisar el giro comercial que tiene cada empresa y ver la relación entre el giro de una empresa y la otra, y entender los motivos por los cuales ambas empresas o bien sus accionistas se beneficiarían en la fusión.

Revisaría la contabilidad de ambas empresas ya que para una fusión las empresas tiene que presentar sus informes contables donde se vea que no tienen deudas, valuar los activos, saldar cuentas en la sociedad que desaparecerá y registrar asientos de apertura.

De manera legal, la fusión de sociedades sólo tiene efectos jurídicos, después de cumplir ciertos requisitos legales que, en síntesis, son:

1. La fusión deberá ser decidida por cada una de las sociedades que intervengan en la operación, en la forma y términos que correspondan, según su naturaleza. Así, si se trata de una colectiva o de una de responsabilidad limitada, la fusión deberá acordarse por los socios, computando el quórum y los votos de acuerdo con lo que prevéngale contrato social; si el caso refiere a una sociedad anónima, el acuerdo debe ser tomado por asamblea extraordinaria en los términos de la fracción VII del artículo 182, de la ley en materia.

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