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Fundamentos teóricos de la Sunat


Enviado por   •  8 de Octubre de 2013  •  Tesis  •  1.972 Palabras (8 Páginas)  •  346 Visitas

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PRESENTACIÓN

En esta oportunidad se presentara este valioso trabajo monográfico, con el fin de que se constituya como una herramienta significativa, para el aprendizaje. Este trabajo es producto de la investigación.

En este trabajo se ha plasmado un conjunto de conocimientos teóricos de la Superintendencia Nacional de la Administración Tributaria, con contenidos trascendentales de una manera clara y concisa, de modo que se pueda comprender significativamente el tema a desarrollarse.

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LA ALUMNA

INTRODUCCIÓN

Para comprender mejor la tributación en nuestro país, primero tenemos que conocer acerca de la institución que se encarga de la realización de la tributación en nuestro país.

El presente trabajo se divide en tres capítulos, en cada uno de ellos se realizará los siguientes temas:

En el Capítulo I, se señala los aspectos generales de la SUNAT, se define la SUNAT, como una entidad recaudadora de tributos en nuestro país, la cual es muy útil para la Administración; así mismo se detalla cual es la finalidad de esta institución, su misión y visión.

En el capítulo II, se desarrolla las funciones y atribuciones que tiene esta entidad.

En el Capítulo III, se señala la estructura orgánica de este organismo.

Con el presente trabajo espero haber contribuido para un mejor aprendizaje significativo.

MARCO TEÓRICO

CAPÍTULO I

1. FUNDAMENTOS TEÓRICOS DE LA SUNAT

1.1 DEFINICIÓN

De acuerdo a su Ley de creación, Ley Nº 24829 y a su Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501(ver anexo N°01)

“Es una Institución Pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas, dotada de personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica, administrativa, funcional, técnica y financiera que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley Nº 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondían a esta entidad”. Así mismo, se puede afirmar que la contabilidad es un área sumamente importante para la Administración, ya que la contabilidad va a proporcionar información a los administradores, para que ellos puedan tomar las mejores decisiones y aplicarlas a la operación de la empresa. Esta información es tanto para los usuarios internos, como para los usuarios externos.

1.2 FINALIDAD DE LA SUNAT

Esta institución tiene por finalidad:

 Administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos, con excepción de los municipales, y desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Provisional (ONP).

 Administrar y controlar el tráfico internacional de mercancías dentro del territorio aduanero y recaudar los tributos aplicables conforme a ley.

 Facilitar las actividades económicas de comercio exterior.

 Proponer la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras y participar en la elaboración de las mismas.

 Proveer servicios a los contribuyentes y responsables, a fin de promover y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias

1.3 MISIÓN Y VISIÓN DE LA SUNAT

1.3.1 MISIÓN

Incrementar sostenidamente la recaudación tributaria y aduanera combatiendo, de forma honesta y justa, la evasión y el contrabando, mediante la generación efectiva de riesgo y servicios de calidad a los contribuyentes y usuarios del comercio exterior.

1.3.2 VISIÓN

Facilitar el cumplimiento tributario y comercio exterior, comprometiendo al contribuyente y al usuario de comercio exterior como aliados en el desarrollo y bienestar del país.

CAPÍTULO II

2. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA SUNAT

2.1 FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA SUNAT (ver anexo N°02)

Son funciones y atribuciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria:

 Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras.

 Expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera.

 Sistematizar y ordenar la legislación e información estadística de comercio exterior.

 Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebración de acuerdos y convenios internacionales.

 Celebrar acuerdos y convenios de cooperación técnica y administrativa en materia de su competencia.

 Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperación técnica, de investigación, de capacitación y perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera.

 Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley.

 Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepción de los tributos que administra y disponer la suspensión de las mismas cuando corresponda.

 Controlar y fiscalizar el tráfico de mercancías, cualquiera sea su origen y naturaleza a nivel nacional.

 Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depósitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el tráfico internacional de personas, mercancías u otros.

 Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudación de rentas de aduanas, la defraudación tributaria, el tráfico ilícito de mercancías, así como aplicar medidas en resguardo del interés fiscal.

 Desarrollar y aplicar sistemas de verificación y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancías.

 Desarrollar y administrar los sistemas de análisis y fiscalización de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero.

 Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver en vía administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables.

 Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carácter tributario y aduanero.

 Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de sus funciones.

 Adjudicar directamente, como modalidad excepcional de disposición de mercancías, aquellas que se encuentren en abandono legal y en comiso administrativo.

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