Fusion,ecicion, Tramsformacion Y Liquidacion De Sociedades Mercantiles
Enviado por cesar1910 • 27 de Febrero de 2013 • 467 Palabras (2 Páginas) • 776 Visitas
Escisión, consiste en que una sociedad, que se denomina sociedad escindente, decide extinguirse y divide la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes, que son aportadas en bloque a otras sociedades de nueva creación, denominadas escindidas.
Así como la fusión, la escisión se clasifica según forma de escindirse, que son:
* Integración en la cual la sociedad escindente divide la totalidad de su patrimonio entre dos o más sociedades de nueva creación, con lo cual se extingue.
* Parcial por la cual la sociedad escindente, que aporta un bloque de su capital social a otra u otras de nueva creación, persiste y conserva parte de su patrimonio.
Transformación es un fenómeno jurídico por medio del cual una sociedad mercantil cambia su estructura originaria por otra de las reconocidas por la legislación, sin modificar su personalidad jurídica inicial.
* Conservación de la personalidad jurídica el hecho de que la sociedad conserve su personalidad significa que no hay extinción de una persona y creación de otra. Los efectos de la conservación de la personalidad jurídica de la sociedad, además del mencionado en el párrafo anterior, son que los derechos y obligaciones de la sociedad para con terceros continúen en la nueva sociedad, además de que los socios posean en la nueva sociedad derechos proporcionales a los que
* Cambio de la modalidad de capital fijo a capital variable. La ley establece que las sociedades podrán transformarse en sociedad de capital variable, pero esto denota un craso error en opinión de varios autores, ya que, como definimos anteriormente, la transformación consiste en el cambio de la estructura jurídica de una sociedad para tomar una diferente. En cambio, al hablar de capital fijo o capital variable se hace referencia a la modalidad que adopta el capital social y no la forma de la sociedad.
Disolución. La sociedad mercantil será disuelta cuando en presencia de cualquiera de las causas previstas en la ley o en los estatutos, inicia un proceso que culmina con su extinción como ente jurídico, previa la liquidación que de la efectos de su liquidación.
Causas de disolución. La causa significa fundamento legal o contractual para declarar a una sociedad o por los interesados o por el juez, en estado de liquidación. Las causas de liquidación son, en suma, hechos o situaciones que dan paso a la disolución efectiva del vínculo social.
Las causas de disolución se clasifican en:
* Causas Ope Legis: Son aquellas que producen sus efectos mecánicamente sin necesidad de decisión por parte de los socios o de alguna autoridad.
* Causas Ex Voluntate: Son aquellas que, para que produzcan sus efectos, precisan de una declaración de voluntad por parte de los socios o de la autoridad
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