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Glosario Tributario


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2014  •  443 Palabras (2 Páginas)  •  159 Visitas

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Activo: Conjunto de todos los bienes y derechos con valor monetario que son propiedad de una empresa, institución o individuo, y que reflejan en su contabilidad.

Desgravar: Rebajar los impuestos sobre determinados productos.

Depreciación: Disminución del valor o precio de algo.

Depreciación Instantánea: Permite rebajar en forma automática el monto total de las inversiones en activos tangible, tales como maquinarias, edificios, vehículos.

Devengar: Adquirir derecho a alguna percepción o retribución por razón de trabajo, servicio u otro título. En palabras más simples, descontar gastos que pueden rebajarse de un impuesto.

Elusión: Practica mediante la cual las empresas reducen el pago de impuestos usando mecanismos y estrategias legales.

Evasión: Uso de medios ilegales para reducir el pago de impuestos.

Fondo De Utilidades Tributables (FUT): Registros donde se plasman las utilidades no retiradas por los dueños de las empresas, las que se utilizarían para la reinversión. La ventaja del FUT es que los empresarios no pagan impuestos por dichos montos.

Gravamen: Impuesto.

Impuesto Diferido: Aquellos que pagamos al realizar la compra y que se encuentran en gran parte de los bienes y servicios de los productos en un 19%.

Impuesto de Primera categoría: Grava las utilidades de negocios el que se determina sobre la base de las utilidades liquidas obtenidas por las empresas. Hoy es el 20% y con la reforma aumentara a un 25% para el año 2017, va a aumentar periódicamente la cual es a partir del 2014 con el 21%, para el 2015 será del 22,5%, para el 2016 es del 24%.

Impuesto de Segunda Categoría: Impuesto que pagan todas las personas que perciben rentas por el desarrollo de alguna actividad laboral ejercida de forma dependiente y cuyo monto exceda las 13,5%. Con la reforma el tope bajara de forma gradual de un 40% a un 35%.

Impuesto Global Complementario: Impuesto anual que grava a las personas naturales con domicilio en Chile por el total de las rentas imponibles de Primera o Segunda Categoría. El gravamen se calcula mediante una escala de tasas progresivas por tramos de renta, empezando por un primer tramo exento hasta un ultimo tramo con una rasa d marginal de 40%, el cual se declara y paga en Abril del año siguiente al de la obtención de la renta.

Impuesto De Timbres Y Estampillas: Gravamen que se aplica a los documentos o actos que involucran una operación de crédito de dinero. La base imponible es el monto del capital especificado en cada documento.

Pagos Provisionales Mensuales (PPM): Pagos que deben efectuar los contribuyentes como una provisión contra impuestos anuales que se determinan a fin del año en el que se producen las rentas y que se pagan hasta el 30 de Abril del año siguiente.

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