Grupos FInancieros
Enviado por toniocampos • 11 de Marzo de 2014 • 567 Palabras (3 Páginas) • 362 Visitas
1.
Los términos y condiciones para la operación y funcionamiento de los grupos financieros están contemplados en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y en las Reglas Generales para la Constitución y Funcionamiento de Grupos Financieros. En estas leyes e prevé que los grupos financieros requieren de autorización de la SHCP para operar y que deben estar integrados por una sociedad controladora y algunas instituciones financieras.
La inclusión de una sociedad controladora es imprescindible, pero las otras instituciones pueden conformarse de dos maneras:
1. Cuando menos dos de entre:
• Instituciones de banca múltiple
• Casas de bolsa
• Instituciones de seguros
2.-Cuando el grupo financiero no tenga por lo menos dos diferentes de las anteriores, podrá conformarse cuando menos con tres diferentes de (que no sean sociedades operadoras de sociedades de inversión):
• Instituciones de banca múltiple
• Casas de bolsa
• Instituciones de seguros
• Almacenes generales de depósito
• Arrendadoras financieras
• Empresas de factoraje financiero
• Casas de cambio
• Instituciones de fianzas
• Sociedades financieras de objeto limitado
Además de las anteriores, los grupos financieros pueden incluir también.
• Entidades financieras del exterior
• Otras
La Ley para Regular las Agrupaciones financieras contempla que los grupos financieros deben conformarse de acuerdo con las combinaciones anteriores de entidades financieras y con autorización de la SHCP.
Una vez formado el grupo financiero, sus entidades miembro pueden:
• Utilizar denominaciones iguales o semejantes, añadiendo la frase “Grupo financiero”
• Actuar de manera conjunta frente al público.
• Ofrecer servicios complementarios
• Ostentarse como integrantes de grupos financieros
• Llevar a cabo las operaciones que les son propias por medio de oficinas o sucursales de atención al público de otras entidades financieras del grupo.
2.-Operaciones que realizan las controladoras de los grupos financieros
Las características de las controladoras de grupos financieros están contempladas en el Título Tercero de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y en el capítulo III de las Reglas Generales para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos Financieros.
La controladora, que ha de constituirse como sociedad anónima debe tener el control de las asambleas generales de accionistas y de la administración de todos los integrantes del grupo, mediante la posesión, en todo tiempo, de acciones con derecho a voto por cuando menos 51% del capital
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