Historia, Origen Y Evolucion De La Contraloria General De La Republica
Enviado por MariiposAda • 16 de Agosto de 2012 • 13.518 Palabras (55 Páginas) • 7.105 Visitas
1. Origen, evolución y perspectiva de la Contraloría General de la Republica.
La Contraloría General de la República nace con nuestra propia historia republicana. Aparece en la primera constitución dominicana, la de San Cristóbal, refrendada el 6 de noviembre del 1844.
Su primera referencia la encontramos bajo el nombre de "Consejo Administrativo", consignado en el artículo 182 de la mencionada Constitución, el cual establecía: "La ley organizará un Consejo Administrativo compuesto por funcionarios públicos para verificar anualmente las cuentas generales y hacer un informe de ellas al Congreso, con las observaciones que juzgue oportunas, cuyo encargo será puramente gratuito".
Un año más tarde, mediante la Ley No.42 promulgada el 12 de junio, se crea la Contraloría General de la República como una dependencia de la Secretaría de Estado de Hacienda y Comercio.
Luego la Ley 75 del 7 de mayo de 1846 deroga la Ley No.42 y amplía las funciones del administrador e inspector general (contralor, auditor y tesorero) y del Consejo Administrativo, que a la sazón estaba compuesto por empleados públicos dirigidos por el Presidente de la República.
El 2 de julio de 1847, la Ley 114 modifica y amplía las atribuciones del Contralor General como administrador e inspector general que le atribuía la anterior Ley No.42.
La Resolución No.9 de fecha 10 de abril del 1897 crea el Departamento Examinador de Cuentas, cuya función principal era examinar y desglosar las cuentas del Estado por parte de los oficiales del Bureau of Insular Affairs, bajo la dirección del Departamento de Guerra de los Estados Unidos de América., Mientras la Orden Ejecutiva No.563 de fecha 20 de noviembre de 1920, que contenía la Ley de Hacienda que modificó la disposición anterior, es la primera que contempla una distinción entre Tesorero y Auditor.
Durante la Presidencia de Horacio Vásquez se promulgó el 3 de mayo de 1929, la Ley No.1114 de Contabilidad General que da origen a la "Oficina de Contabilidad General" independiente de los departamentos administrativos y bajo control y dirección de un Contralor General de la República Dominicana. Es importante hacer notar que es a partir de esta ley que la Contraloría adquiere independencia con respecto a su objeto de oficina de control financiero y fiscalización de las operaciones de ingresos y egresos del Estado.
El 9 de agosto del 1954 Mediante la Ley 3894, la Oficina de Contabilidad General pasa su segunda etapa al ser denominada "Contraloría y Auditoría General de la República", No obstante la última modificación a la que ha sido sometida, y es la que ha llegado hasta nosotros, está consignada en la Ley No.54 del 1970 que modifica el artículo 1ero. De la ley anterior que sustituyendo la denominación de "Contraloría y Auditoría General de la República " por "CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Por la importancia que reviste la letra de esta última modificación hemos creído necesario su incorporación a este trabajo cito a continuación: Art.1 (Modificado por la Ley No.54 del 13 de noviembre de 1970, G.O. No.9205). La Contraloría General de la República (bajo la dependencia directa del Poder Ejecutivo en virtud a lo dispuesto por el Art. 1 de la Ley No.54, precitada), y la que estará bajo la dirección de un funcionario que se denominara Contralor General de la República; también habrá un Su contralor General; tendrá a su cargo la contabilidad general del Estado, fiscalizar el debido ingreso e inversión de los fondos de los diversos departamentos de la Administración Pública, autónomos o no, del Estado y de los municipios; verificar el examen de las que deban rendir las personas o entidades que reciban o manejen fondos o bienes de tales entidades u organismos, así como la inspección contable de las oficinas correspondientes a los mismos.
Pero los tiempos han cambiado y la comunicación es para hoy la vía más expedita para que todos sepan lo que todos hacen, y es en ese tenor que la Contraloría no debe permanecer en el anonimato, debe y tiene que evolucionar para poder adaptarse a los nuevos tiempos.
Dentro del rol que le asigna la ley, la Contraloría amplía su ámbito de fiscalización con el reordenamiento de sus estructuras de mando en tres bloques, Administrativo, Contabilidad General y Gerencia de Operaciones lo que reúne en una misma dirección a departamentos cuyas actividades son afines, otorgándole una mayor dinámica; en ese mismo sentido da el inicio a un programa de adiestramiento y capacitación del personal de los departamentos de Inspección, Normas y Sistemas y Ayuntamientos; así como la modernización del Departamento de Conciliación Bancaria, lo que permitirá una más activa participación en la fiscalización de las instituciones que generan o ejecutan lo que es el Presupuesto de Ingresos y Ley de gastos públicos. Con la salida de esta página como instrumento de divulgación, la Contraloría sigue firme evolución hacia lograr la modernidad, que hoy la coloca al mismo nivel de las más eficientes y eficaces de Latinoamérica.
Perspectiva.
La República Dominicana tiene un sistema de control basado en cuatro pilares que son: el Control Externo, el Control Interno, el Control Social y el Control Político, el cual ha sido sometido a un proceso de reforma, dentro de la cual se encuentra la promulgación de la Ley No. 10-07.
Dicha ley, instituye el Sistema Nacional de Control Interno y le asigna la rectoría de control interno y sus componentes a la Contraloría General de la República.
La nueva normativa legal de la Contraloría General de la República, está fundamentada en varios aspectos novedosos, siendo uno de los más importantes el que introduce de manera directa el concepto de la responsabilidad individual de todos los funcionarios y empleados que intervienen en la gestión de los recursos públicos, así como sus responsabilidad en el cumplimiento de los controles previos, que se definen como toda normativa, ley (de Contrataciones Públicas, de la Dirección General de la Presupuesto, entre otras), decreto, reglamento, procedimiento, resolución, ordenanza y cualquier otra medida que deba cumplir toda entidad u organismo sujeto al ámbito de nuestra Ley, antes de proceder a tramitar una orden de pago.
Otra novedad de singular importancia, es la adopción del enfoque COSO en materia de control interno por parte de la Ley.
Luego de ser aprobada esta ley, la Contraloría General de la República inició un proceso de socialización de la misma, para los cuales se hicieron varios talleres y seminarios con todo el personal de la institución; estos talleres se extendieron a funcionarios de las áreas financieras de las entidades del Estado, bajo el ámbito o jurisdicción
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