ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

INTRODUCCION Y CAPACIDAD PARA SUCEDER


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2016  •  Ensayo  •  1.277 Palabras (6 Páginas)  •  1.061 Visitas

Página 1 de 6

INDICE

INTRODUCCION Y CAPACIDAD PARA SUCEDER

El concepto suceder señala que una persona sustituye a otra en una relación jurídica, el termino suceder tiene una connotación más restringida, la cual se refiere a la transmisión de bienes por causa de muerte y con este que se determina como sinónimo de herencia, la herencia significa el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que se reciben de una persona por causa de muerte. El artículo 1281 del Código Civil para el Distrito Federal define la herencia en los siguientes términos. Es la sucesión de en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones, activos o pasivos, de un difunto que se extinguen con su muerte.

De modo excepcional se encuentran casos en que se realice una transmisión semejante pero sin que el transmitente haya fallecido, son los casos de la muerte civil y la declaración de presunción de muerte. La sucesión hereditaria comprende todos los derechos y obligaciones del cujus que no extinguieron con su muerte, excepto aquellos en que la ley establezca lo contrario, entere los derechos que se extinguen con la muerte encontramos los siguientes.

El usufructo, el uso y derecho de habitación, los derivados de relaciones personalísimas como el parentesco, el patrimonio y la patria potestad, los derechos políticos también se extinguen con la muerte como por ejemplo el derecho a votar.

Especies de sucesiones: por la voluntad del autor de la herencia podemos clasificar las sucesiones en tres:

Testamentaria: Se regirá la sucesión por voluntad expresada del autor de la herencia, esto es por voluntad del testador, articulo 1282.

Legitima: Se aplicara la voluntad que la ley presuntamente considere que seria la del autor de la herencia, articulo 1283.

Mixta: Se llama así a la sucesión que es parte testamentaria y en parte legitima o intestamentaria, por no haber el estado de bienes mediante su testamento.

Por el procedimiento: las sucesiones también se pueden clasificar con base al procedimiento que se pueda seguir para su tramitación, en este sentido se puede decir que el procedimiento puede ser judicial, extrajudicial o notarial, los diversos modos de suceder de la herencia puede ser, por derecho propio o por cabeza cundo el heredero es llamado directamente por ley. Por transmisión, se da en aquellos casos en que el heredero llamado a la sucesión fallece sin decir si acepta o no la herencia y en este caso los herederos del fallecido harán valer el derecho de este último. Por representación, este modo se da cuando la ley determina que en lugar del probable heredero que había sido llamado por cabeza, deben entrar otra u otras personas a heredar la porción que le hubiese correspondido al sustituido.

Momento en que se produce la sucesión: la sucesión ocurre al momento de la muerte del autor de la herencia, de manera simultánea se transmiten sus derechos y obligaciones a sus herederos y legatarios.

Tipos de herencia. Herencia vacante, es la nunca ha de tener un heredero son bienes inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido, pero este tipo de herencia no existe en la legislación mexicana, conforme a nuestro derecho civil toda herencia debe tener forzosamente un heredero. Herencia yacente, es aquella en la que siempre habrá un heredero aun que de momento se ignore quien sea, en última instancia mediante el fundamento del articulo 1602 (CCDF) será heredero el Sistema para el Desarrollo integral de la Familia.

Sujetos de las sucesiones: en todo procedimiento las personas esenciales son el trasmite y los que adquieren, ya sea a titulo universal o particular, el adquiere al título universal nos referimos al conjunto de bienes que eran del de cujus forma una universalidad de derecho y la persona que adquiere a título particular adquiere bienes específicamente determinados por el autor, en otros términos podemos decir que el que adquiero a titulo universal es llamado heredero ya que le corresponde todo o una parte alícuota de una universalidad, tiene responsabilidad directa de las deudas de la herencia y en principio es obligado a cumplir los legados y cargas señaladas por el testador.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (8 Kb) pdf (70 Kb) docx (11 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com