Impuesto Predial
Enviado por lauram0702 • 15 de Mayo de 2014 • 324 Palabras (2 Páginas) • 525 Visitas
PREDIAL:
OBJETO: Es la persona física o moral que se encuentra obligada a pagar una contribución, se puede distinguir en dos tipos:
° Activo: aquellos que tienen el derecho de exigir a otros el pago de contribuciones
° Pasivos: Personas físicas o morales nacionales y extranjeras que actualicen el supuesto normativo consagrado por la ley tributaria (contribuyentes).
SUJETO: Es la persona física o moral a la que se le cobra el impuesto predial.
BASE: Es la parte proporcional del objeto sobre el cual se determina el impuesto que deberá pagar una persona física o moral. La base del impuesto predial generalmente está dada por el valor catastral del predio de que se trate, sin embargo, el algunas entidades se considera como base del tributo el valor fiscal del predio, el cual puede ser igual al valor catastral o bien una parte proporcional de este.
TARIFA: Agrupamiento de cuotas o tasas que se aplican a objetos tributarios dentro de la misma categoría. La categoría puede ser:
* Proporcional Porcentaje constante de la base
* Progresiva Cuando la tarifa del impuesto aumenta conforme aumenta la base gravable.
* Regresiva Cuando la tarifa del impuesto disminuye a medida que la base aumenta.
TENENCIA:
OBJETO: Persona que esta obligad a hacer el pago de dicha contibucion por la adquisición de un vehiculo.
SUJETO: Persona física o moral a la que se le hace el cobro de el impuesto predial.
Base: Actualmente se cobra con base en la Ley del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos
TASA: corresponde al 2.6% del valor del automóvil.
HOSPEDAJE:
OBJETO: Es objeto de este impuesto, el ingreso por la prestación de servicios de hospedaje, en las edificaciones regidas por la modalidad de uso en tiempo compartido, hoteles, moteles, campamentos y paraderos de casas rodantes, en inmuebles.
SUJETO: Son sujetos de este impuesto, las personas físicas o morales que presten los servicios de hospedaje.
BASE: La base para el cálculo de este impuesto se integra con el valor total de la contraprestación del servicio de hospedaje
TASA: 2%
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