Impuestos Municipales Honduras
Enviado por Sofiamiranda • 25 de Junio de 2013 • 2.229 Palabras (9 Páginas) • 2.459 Visitas
Contenido
Introducción 3
Algunos Términos Generales 4
Impuestos Municipales 6
Impuestos sobre Bienes Inmuebles 6
Impuesto Sobre Industria, Comercio y Servicios 8
Impuestos Personales (o Vecinal) 11
Impuestos de Extracción o Explotación de Recursos 13
Impuesto Pecuario 14
Conclusiones 15
Bibliografía 16
Introducción
Con el objeto de compartir los conocimientos adquiridos en la asignatura de Contabilidad Tributaria, exponemos en el presente informe, un resumen de los principales impuestos municipales del Distrito Central, municipio de Francisco Morazán, el que consta de dos grandes ciudades que son Tegucigalpa y Comayagüela.
Hemos tomado como fuente de información el Plan de Arbitrios actualizado, el cual es una Ley local de obligatorio cumplimiento por todos los vecinos y transeúntes del Municipio, el cual es revisado anualmente para valorar los gravámenes, tasas, normas y procedimientos relativos al sistema tributario de la Municipalidad del Distrito Central. También algunos artículos de la Ley de Municipalidades y del Código de Comercio.
En estosdocumentos se encuentra el detalle de los organismos encargados de brindar formularios e información sobre la recaudación de los principales impuestos municipales, así como el detalle de procedimientos, trámites, derechos, obligaciones y multas de las que debemos estar informados como contribuyentes del estado.
Algunos Términos Generales
Los principales términos que debemos conocer al hablar de impuestos municipales son los siguientes:
Impuesto Municipal
Es la prestación en dinero que la Municipalidad exige a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines, sin estar obligadas a una contraprestación equivalente.Tienen el carácter de impuestos municipales los determinados por la Ley de Municipalidades y cualquier establecido como tal en las leyes especiales.
Tasa Municipal
Es la suma de dinero que la Municipalidad percibe, por la prestación efectiva de un servicio publico a una persona determinada, natural o jurídica.
Derechos
Son los adquiridos con los pagos obligatorios que realiza el contribuyente, ya sea por la utilización de los recursos de dominio publico dentro del termino municipal del Distrito Central, o por la obtención de licencias o autorizaciones para ejercer o gozar de derechos, respecto a asuntos que están bajo la competencia de la Municipalidad.
Multa
Es la sanción pecuniaria principal que impone la Municipalidad por la violación o incumplimiento, de las Leyes, Reglamentos, Ordenanzas y demás disposiciones municipales, así como por la falta de cumplimiento puntual de las obligaciones municipales.
Mora
Incurrirán en mora, los contribuyentes, responsables, agentes retenedores o terceros que no paguen o depositen sus obligaciones tributarias dentro de los plazos establecidos para tal fin. La mora comienza a correr a partir del día siguiente a aquel en que debió efectuarse el respectivo pago o deposito, o en su caso a partir de la fecha en que se cometió la falta.
(Tomado del Plan de Arbitrios Titulo I, Artículos: 3,4,6,7 y 8.)
Impuestos Municipales
Impuestos sobre Bienes Inmuebles
El Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, es el tributo que recae sobre el valor del patrimonio inmobiliario ubicado en el termino Municipal del Distrito Central, cualquiera que sea el domicilio del propietario que lo posea o del que lo posea con animo de dueño, y se pagara aplicando una tarifa de (L. 3.50) por millar, tratándose de bienes inmuebles urbanos y (L. 2.50) por millar en caso de bienes inmuebles rurales.
La tarifa aplicable la fijara la Corporación Municipal, pero en ningún caso los aumentos serán mayores a L. 0.50 por millar, en relación a la tarifa vigente. La cantidad a pagar se calculara de acuerdo a su valor catastral y en su defecto, el valor declarado. El valor catastral podrá ser ajustado en los años terminados en (0) cero y en (5) cinco.
Además se rige por el Reglamento de Catastro, el cual calcula los valores catastrales con base a la actualización catastral efectuada para el quinquenio 2010 – 2015, con la aplicación de la tabla solidaria (23, marzo 2010).
Periodo
El periodo fiscal de este impuesto se inicia el primero de junio y termina el 31 de mayo del siguiente año. Se pagara con limite hasta el 31 de Agosto de cada año, en caso de mora se aplicara un interés anual, igual a la tasa que los bancos utilizan en sus operaciones comerciales activas, mas un recargo del ( 2%) anual sobre saldos.
El Centro de Información Urbana (CIUR), es el encargado de proveer de la forma mas transparente toda la información de la ciudad de forma ordenada y con la tecnología adecuada.
Exentos
a) Los inmuebles destinados para habitación del propietario así:
1. Los primeros cien mil lempiras de su valor catastral, en municipios de 300,001 hbts. en adelante
2. Los primeros sesenta mil lempiras de su valor catastral, en municipios con 75,000 a 300,000 hbts.
3. Los primeros veinte mil lempiras de su valor catastral, en municipios de hasta 75,000 hbts.
b) Los bienes del Estado
c) Los templos destinados a cultos religiosos y sus centros parroquiales.
d) Los centros de educación gratuita o sin fines de lucro, los de asistencia o previsión social y los pertenecientes a las organizaciones privadas de desarrollo, calificados en cada caso, por la Corporación Municipal.
e) Los centros para exposiciones industriales, comerciales y agropecuarias, pertenecientes a instituciones sin fines de lucro calificados por la Corporación Municipal.
Obligaciones de los contribuyentes
Presentar Declaración Jurada ante Catastro en los casos de: mejoras a sus inmuebles, transfieran el dominio a cualquier titulo del inmueble y al adquirir un inmueble por herencia, legado y donación.
Para lo cual se debe llenar formulario proporcionado por la Gerencia de Catastro, el cual debe presentarse dentro de los siguientes 30 días de efectuarse el hecho.
La Alcaldía se reserva el derecho de realizar
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