Impuestos
Enviado por yuevictory • 8 de Diciembre de 2014 • 2.566 Palabras (11 Páginas) • 180 Visitas
IMPUESTOS
Son aquellos tributos exigidos por el Estado en virtud de su potestad de imperio, sin que exista una contraprestación y que el contribuyente se ve obligado a pagar por encontrarse en el caso previsto por la disposición legal que configura la existencia del tributo.
Los impuestos se clasifican en:
a) Impuestos Directos e Indirectos
b) Impuestos Reales y Personales.
c) Impuestos Internos y Externos
d) Impuestos Ordinarios y Extraordinarios
e) Impuestos Proporcionales y Progresivos
IMPUESTOS DIRECTOS:
Son aquellos en los que el contribuyente establecido en la Ley recibe la carga del impuesto, siendo imposible trasladarlo a una tercera persona. Son generalmente impuestos que pagan los contribuyentes por los ingresos que reciben y en base a situaciones particulares de cada uno de ellos.
La Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI) en el artículo 2 para efecto de los impuestos considera renta:
1. Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a título oneroso provenientes del trabajo, del capital o de ambas fuentes, consistentes en dinero, especies o servicios.
2. Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales domiciliadas en el país o por sociedades nacionales, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 98 de esta Ley (LORTI)
Los impuestos directos se clasifican en renta, exportaciones y patrimonio.
Ejemplo:
EL IMPUESTO A LA RENTA
El impuesto a la Renta es un impuesto directo de carácter progresivo, que grava los ingresos de fuente ecuatoriana menos las deducciones que establece la Ley. Las tarifas vigentes varían del 0% al 35% para las personas naturales, el 15% para las sociedades que reinvierten sus utilidades, 25% a las sociedades que no invierten sus utilidades y 44,4% para las empresas que explotan hidrocarburos.
El impuesto a la Renta es considerado un impuesto directo, es decir grava a los ingresos y no se pueden trasladar a otras personas. Adicionalmente es progresivo, en el caso de personas naturales; lo que significa que tienen un mayor impuesto causado las personas con mayores ingresos, cumpliéndose el principio de progresividad establecido en la Constitución en su Art. 300; así como también se cumple el principio de equidad (vertical y horizontal). Por otro lado para el caso de sociedades, el impuesto a la renta es proporcional exclusivamente; lo que significa que dada una base imponible se aplica una tarifa establecida.
El impuesto permite una redistribución de los ingresos entre la población ya que exonera a los estratos de población más necesitada en función de ingreso y grava de forma creciente a los estratos con mayores ingresos económicos.
Objetivo.- El impuesto a la renta grava los ingresos de fuente ecuatoriana que obtienen las personas naturales o las sociedades, nacionales o extranjeras, como resultado de sus actividades económicas.
Para efecto de este impuesto se considera renta a:
Sujeto activo.- El sujeto activo de este impuesto es el Estado y lo administra a través del Servicio de Rentas Internas.
Sujeto pasivo del Impuesto a la Renta:
Personas naturales.- Se define como persona natural a cualquier individuo que ejerza actos de comercio, siempre y cuando sea mayor de edad y no tenga impedimentos legales.
Sucesiones indivisas.- Es un grupo de personas naturales que obtienen ganancias a razón de una herencia. La sucesión indivisa se termina cuando se dicta la declaratoria de herederos y posteriormente la ganancia es incluida en los ingresos de cada uno de los integrantes.
Sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas en el Ecuador.- Se considera a las sociedades a la unión de dos o más personas con fines comerciales y que obtienen legalmente una personería jurídica con la capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones, funcionan con un nombre comercial o Razón social.
IMPUESTOS A LOS PREDIOS URBANOS
Sujeto del impuesto.- Son sujetos pasivos de este impuesto los propietarios de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbana, quienes pagarán un impuesto anual, cuyo sujeto activo es la municipalidad o distrito metropolitano respectivo, en la forma establecida por la Ley.
Para los efectos de este impuesto, los límites de las zonas urbanas serán determinados por el consejo mediante ordenanza, previo informe de una comisión especial conformada por el gobierno autónomo correspondiente, de la que formará parte un representante del centro agrícola cantonal respectivo.
Cuando un predio resulte cortado por la línea divisora de los sectores urbano y rural, se considerará incluido, a los efectos tributarios, en el sector donde quedará más de la mitad del valor de la propiedad.
Para la demarcación de los sectores urbanos se tendrá en cuenta, preferentemente, el radio de servicios municipales y metropolitanos, como los de agua potable, aseo de calles y otros de naturaleza semejante; y, el de luz eléctrica.
Normativa para determinación del valor de los predios.- Los predios urbanos serán valorados mediante la aplicación de los elementos de valor del suelo, valor de las edificaciones y valor de reposición previstos en el Código Orgánico Organización Territorial Autónomo Descentralizado; con este propósito, el consejo aprobará mediante ordenanza, el plano del valor de la tierra, los factores de aumento o reducción del valor del terreno por los aspectos geométricos, topográficos, accesibilidad a determinados servicios, como agua potable, alcantarillado y otros servicios, así como los factores para la valoración de las edificaciones.
Deducciones tributarias.- Los propietarios cuyos predios soporten deudas hipotecarias que graven al predio con motivo de su adquisición, construcción o mejora, tendrán derecho a solicitar que se les otorguen las deducciones correspondientes, según las siguientes normas:
a) Las solicitudes deberán presentarse en la dirección financiera, hasta el 30 de noviembre de cada año. Las solicitudes que se presenten con posterioridad sólo se tendrán en cuenta para el pago del tributo correspondiente al segundo semestre del año;
b) Cuando se trate de préstamos hipotecarios gradual, otorgados por las instituciones del sistema financiero, empresas o personas particulares, se acompañará una copia de la escritura en la primera solicitud, y cada tres años un certificado del acreedor, en el que se indique el saldo deudor por capital. Se deberá también acompañar,
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