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Enviado por   •  2 de Septiembre de 2016  •  Trabajo  •  5.560 Palabras (23 Páginas)  •  92 Visitas

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Información Presupuestal

No. CDP

Valor

Saldo

No Necesidad

  1. La descripción de la necesidad que el Municipio de Medellín pretende satisfacer con la contratación:

Se hace necesario fortalecer entre los habitantes de las comunas y corregimientos de la ciudad de Medellín la convivencia, pero además de proponer cambios físicos, todo lo que conlleva a la transformación de la forma de vida de parte de los habitantes. Así mismo, un importante cambio en las relaciones sociales, con el fin de fortalecer los vínculos para que ante la aparición de nuevos conflictos tengan los elementos necesarios para resolverlos, para esto se necesita un trabajo desde el interior de la persona, un cambio de mentalidad, para que de esta manera haya una interiorización que permita una mejor relación entre todos los habitantes.

En concordancia con los proyectos priorizados por la ruta establecida en el programa de presupuesto participativo, la Subsecretaría de Gobierno Local y Convivencia, tiene como necesidad diseñar e implementar estrategias pedagógicas y de formación ciudadana para la promoción de la convivencia, la prevención de la violencia y la solución pacífica de conflictos, a través de programas teórico - prácticos de PNL en las comunas y corregimientos  de Medellín, como herramienta para transformar la cultura ciudadana desde de la cotidianidad, promoviendo un mejor vivir entre los habitantes de Medellín.

Mediante la programación en PNL se puede conocer y optimizar las capacidades que poseen las personas, mejorar las relaciones familiares y la comunidad en general, propone tener un mejor control de las emociones, cambiar conductas, dejar de enjuiciar al vecino, tener un pensamiento más positivo para beneficio propio, lograr un diálogo más asertivo consigo mismo lo que permite mantenerse en equilibrio entre otros beneficios.

Este proceso se facilita a través del dialogo y de dinámicas y experiencias grupales que conduzcan a los niños a desarrollar habilidades interpersonales tendientes a mejorar la relación con la familia y las demás personas que rodean su entorno social, generando comportamientos de asertividad, sociabilidad, respeto por los demás y acatamiento de las normas que demanden en torno a la convivencia.

Se debe generar una cultura ciudadana de respeto entre los habitantes  y de cumplimiento de las leyes y normas de convivencia. Se requiere la resolución pacífica y alternativa de conflictos, fomentar y estimular la participación cívica y la convivencia entre éstos. Conviene mejorar, fortalecer y adecuar los servicios municipales, que contribuyan a la convivencia y seguridad local, y al desarrollo de las comunas y corregimientos, con el propósito de mejorar la calidad de vida de los habitantes de estas comunidades.

  1. Forma de Satisfacer la necesidad:

Esto se logrará mediante un programa de entrenamiento en coaching con la aplicación de técnicas en programación neurolingüística, actividades que se ejecutarán con recursos priorizados en proyectos de Presupuesto Participativo (PP), actividades que fueron previamente concertadas, una vez se identificó la necesidad y se planteó la solución al problema de convivencia que aqueja a los habitantes de las comunas a las que se pretende impactar.

La programación neurolingüística comenzó en la década de los 70, ciencia encargada de explorar las relaciones entre nuestra forma de pensar, de comunicarnos y los patrones emocionales y de comportamiento. PNL es una herramienta útil para mejorar la calidad de vida personal y profesional, por lo que se basa en una serie de técnicas que están programas y diseñadas para producir cambios positivos y permanentes en las personas.

Constituye un modelo, formal y dinámico de cómo funciona la mente y la percepción humana, cómo procesa la información y la experiencia y las diversas implicaciones que esto tiene para el éxito personal. Con base en este conocimiento es posible identificar las estrategias internas que utilizan las personas de éxito, aprenderlas y enseñarlas a otros (modelar), para facilitar un cambio evolutivo y positivo. Utilizan los patrones universales de comunicación y percepción que tenemos para reconocer e intervenir en procesos diversos (aprendizaje, terapia, afrontamiento del estrés, negociación, gestión de conflictos, superación de fobias, entre otros.)

Neuro Coaching en líderes.

Los expertos en PNL han indicado que una de las señales de que un niño se siente seguro es el juego, por lo que ofrecen una cantidad de beneficios para el desarrollo a través de experiencias emocionales, cognitivas y de conducta; a través del juego aprenden numerosas habilidades sociales como formar alianzas mediante actos de convivencia y liderazgo, aunados a procesos pedagógicos que tienen como finalidad difundir y sensibilizar sobre los principios del Manual de Convivencia, como una herramienta para transformar la cultura ciudadana y promover desde los niños un mejor vivir.

Es una nueva visión de la enseñanza basada en el cerebro que integra la educación con las ciencias relacionadas con el estudio del ser humano. Aprovecha los conocimientos sobre cómo funciona el cerebro integrado con la psicología, la sociología y la medicina, en un intento de mejorar y potenciar tanto los procesos de aprendizaje y memoria de los estudiantes, como los de enseñanza por parte de los profesores.

Está demostrado que la mejor forma enseñar a los niños y jóvenes es por medio de juegos y actividades lúdicas. Despertar el coach (Líder) que hay en cada uno de ellos, aplicando la neurociencia a la toma de decisiones, al trabajo en equipo, al cambio de hábitos y al mejoramiento de sus niveles de desempeño.

Cuando se aplica la Neuro-educación en coaching, lo que se busca es potenciar el aprendizaje a través de las habilidades cognitivas, emocionales y de comportamiento. Es por esto que una simple actividad lúdica, como un partido de Futbol, puede poner en acción todos estos conceptos y demostrar si el estudiante asimiló consciente e inconscientemente su buen liderazgo, pues la emoción del partido, de una jugada, una falta, un agravio o de un gol, explotan las emociones del joven y lo hacen reaccionar de una u otra forma, para bien o para mal.

De esta forma el Neuro-coaching aplicado a un juego lúdico le aporta a los niños y jóvenes técnicas y una perspectiva totalmente nueva que les ayudará a comprender cómo son y cómo actúan, y sobre todo a aumentar la capacidad que tienen a nivel cerebral para crear su propia realidad.

  1. La descripción del objeto a contratar, con sus especificaciones esenciales, y la identificación del contrato a celebrar.

Objeto: Prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión  para realizar un proceso de formación y sensibilización mediante la aplicación de técnicas de PNL (programación neurolingüística) enfocados a la convivencia ciudadana y  el liderazgo de acuerdo a los recursos priorizados en el marco del programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo.

Alcance del objeto: Diseñar y ejecutar acciones pedagógicas que promuevan la convivencia y el liderazgo, a través de un programa de entrenamiento en Coaching con la aplicación de técnicas de PNL (“Programación Neurolingüística”) para la formación de líderes de las comunas 5,11,12 y 15 como constructores de cambio y multiplicadores dentro de la comunidad.

Lo anterior apunta a generar con dicho entrenamiento, la interiorización de los valores sociales necesarios para la sana convivencia, la resolución pacífica de  conflictos y el manejo de este, propendiendo por la participación en los procesos con transparencia y equidad.

Identificación del contrato a celebrar: Contrato de Prestación de Servicios profesionales y de Apoyo a la gestión.

ESPECIFICACIONES TECNICAS:

GENERALES:

Recurso Humano. Personal que deberá ser idóneo y con la suficiente experticia para desarrollar en su estricto cumplimiento las actividades que se encuentran en las especificaciones esenciales

Grupos artísticos y/o musicales. Deberán ser diferentes en cada una de las actividades y contar con un libreto enfocado en los temas de cada uno de los componentes y sus actividades, descritas en las especificaciones esenciales a las cuales deberá remitirse de acuerdo a cada actividad a desarrollar.

Auditorios y Espacios. Deberá contar con los elementos físicos, logísticos y técnicos especificados en cada actividad a desarrollar.

Alimentación, Refrigerios. Deberá ajustarse de acuerdo a las especificaciones esenciales contenidas en la minuta de alimentación que se anexa y según la actividad, a los cuales deberá remitirse y deberá contar con el visto bueno de la Secretaría  de Seguridad y Convivencia. El cual estará compuesto de acuerdo a la siguiente minuta.  (VER ANEXO MINUTA DE ALIMENTACIÓN). El contratista garantizará la entrega de los mismos, en el lugar donde se desarrolle la actividad.

Material Didáctico y Publicitario. El contratista garantizará cuando se requiera los materiales de trabajo específicos según las temáticas a desarrollar.

Todas las actividades. A excepción de las salidas pedagógicas deben realizarse dentro de la respetiva comuna.

Para las actividades. Que se lleven a cabo en espacio público, el operador deberá garantizar los permisos necesarios para su realización.

Servicio de transporte: El CONTRATISTA brindará el servicio de bus o buseta según el caso que permita el desplazamiento de los participantes desde un punto de referencia previamente pactado con éstos, hasta el lugar de destino; el cual deberá cumplir con las siguientes especificaciones: Modelo 2014 en adelante, con revisión técnico mecánica, dotación de equipo de carretera reglamentario, cumplir con todas las disposiciones legales en la Ley 769 del 6 de agosto de 2002, en el cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre, silletería de dos por dos reclinable o confortable de acuerdo a medidas reglamentarias, baño, compartimiento para equipaje. Los vehículos que presten el servicio deberán constituir pólizas de seguros que amparen por Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual a las personas transportadas, así como los posibles daños ocasionados a terceros de acuerdo con las disposiciones del Ministerio del Transporte. Lo anterior sin perjuicio del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT

Refrigerios: Proveer refrigerios para los participantes de los diferentes eventos y capacitaciones en las comunas, barrios o sectores establecidos. El contratista debe garantizar que los refrigerios cumplan con los requisitos (certificado de manipulación de alimentos y RUT). El establecimiento que suministra los refrigerios debe presentar copia de la certificación sanitaria expedida por la Secretaria de Salud Local con concepto favorable (no superior a un año), los refrigerios deben ir debidamente empacados, rotulados y transportados en vehículos que garantice la temperatura adecuada para el producto, de acuerdo al decreto 3075/97.

Piezas Publicitarias: Todas las piezas publicitarias utilizadas en la ejecución del contrato, deberán estar ajustadas al Manual de Identidad Gráfica del Municipio de Medellín, previo visto bueno desde la Secretaría de Comunicaciones a través del supervisor y antes de la realización de cualquiera de las actividades. Así mismo, el contratista deberá Instalar pendón institucional de la Alcaldía, exponerlo de manera visible durante el desarrollo de cada una de las actividades y en los eventos públicos que se realizarán en el marco del proyecto.

Convocatoria: Para cada actividad se aclaran detalles puntuales como los elementos físicos de apoyo (volantes, afiches), el enfoque poblacional o el tipo de convocatoria (abierta u otro tipo); sin embargo, la forma metodológica de realización de la convocatoria así como la forma de inscripción se asignan como responsabilidad del CONTRATISTA.

PROPIAS DEL CONTRATO:

WILLIAM 

Obligaciones de las Partes:

 

Del Contratista:

  1. Ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas descritas en el estudio previo y la propuesta presentada.
  2. Presentar al supervisor del contrato, informes mensuales y entregar las actas correspondientes de terminación y liquidación del mismo.
  3. Comunicar al contratante cuando exista o sobrevenga alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Constitución y en la Ley.
  4. Presentar informe final sobre las actividades realizadas durante la ejecución del contrato, entregando los respectivos soportes.
  5. Utilizar personal idóneo y calificado para adelantar todas las gestiones necesarias para cumplir con el contrato.
  6. Verificar los pagos correspondientes al sistema de seguridad social en salud, pensiones y parafiscales, teniendo en cuenta la normativa vigente.
  7. Suscribir junto con el MUNICIPIO el acta de iniciación y liquidación del contrato.
  8. Atender las recomendaciones que sean formuladas por el supervisor y/o Subsecretario de Gobierno Local y convivencia para efectos de ejecutar en debida forma el objeto contractual.
  9. Tramitar oportunamente el pago de los recursos, presentando oportunamente la factura, acompañada de los documentos que para tal efecto requiere el Municipio de Medellín.
  10. Gestionar antes de cada actividad, los permisos necesarios para la realización de las mismas; es decir, entendidos como autorizaciones de padres, consentimiento informado, etc. Estos  permisos deberán ser aportados dentro de los informes presentados por el contratista mensualmente.  

 

Del Contratante:

  1. Suministrar la información que se requiera y que sea de importancia para la ejecución del contrato, por conducto del supervisor previo requerimiento formal que éste ejecute a los funcionarios o contratistas encargados.
  2. Colaborar con el Contratista para la consecución de fuentes de información necesarias para el desarrollo del objeto del contrato.
  3. Efectuar la transferencia de recursos al Contratista en la oportunidad y tiempos descritos.
  4. Aplicar los correctivos legales y recomendar acciones pertinentes al cumplimiento del objeto.
  5. Realizar la supervisión del contrato

Conjuntas:

  1. Facilitar las condiciones logísticas para el desarrollo de las acciones en el contrato.
  2. Ejecutar en los plazos requeridos el contrato.
  3. Velar por el cumplimiento de las condiciones de realización y evolución del contrato.
  4. Rendir informes a las entidades respectivas.
  5. Suscribir el acta de iniciación y liquidación del contrato a la finalización del contrato, contemplando el cumplimiento de los productos.

  1. Los fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección. (contratación directa); elegir una de ellas según objeto y cuantía y motivar claramente):

La modalidad de selección para el desarrollo del presente objeto contractual se regirá por las normas legales vigentes, lo que corresponde a contratación directa bajo la causal “Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión” , el cual tiene como soporte principal Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Artículo 2, numeral 4, literal h),Ley 1474 de 2011 artículos 92 Y 95, el Decreto 1082 de 2015 en su artículo 2.2.1.2.1.4.1 y 2.2.1.2.1.4.4; circulares expedidas por Colombia Compra Eficiente, y los demás decretos reglamentarios. La ley 1150 de 2007 en su artículo 2, numeral 4 literal h y por su parte el decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.2.1.4.9, establece que en la contratación directa bajo la modalidad de Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión,  las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita.

Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la entidad estatal, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o asistenciales. La entidad estatal,  debe justificar esta situación en los estudios y documentos previos.

De igual manera el Consejo de Estado en sentencia del 3 de Diciembre de 2007 sección tercera con M.P. Ruth Stella Correa Palacio respecto del uso de la contratación directa como modalidad de selección ha manifestado que:

(…) es un mecanismo de carácter excepcional en virtud del cual las entidades públicas en los casos establecidos en la ley pueden celebrar contratos sin necesidad de realizar previamente un proceso de licitación pública o concurso, mediante un trámite simplificado, abreviado, ágil y expedito, que debe cumplir los mismos principios que la ley dispuso para el primero.

La sala ha recalcado que la contratación directa hace más flexible el procedimiento de elección y le da la posibilidad a la administración  de que el trayecto de análisis de las propuestas sea más ágil con el fin de evitar largos y dispendiosos procesos para que se puedan satisfacer de manera ágil las necesidades más apremiantes.  

Por lo anteriormente expuesto podemos concluir que la contratación directa es un mecanismo de selección excepcional y de aplicación e interpretación restrictiva al cual pueden acudir las entidades públicas para celebrar contratos en aspectos tipificados en la ley de una forma mucho más expedita  para la adquisición de bienes y servicios que por su naturaleza, cuantía o urgencia manifiesta no requieren rigurosos formalismos y múltiples etapas previstos para una convocatoria pública, no obstante con la observancia de los principios que rigen la contratación pública con la observancia de lo preceptuado en la circular conjunta Nro. 14 de 2011.

A la luz de la circular conjunta Nro. 14 del 01 de Junio de 2011, expedida por la Contraloría General de la Republica, Procuraduría General de la Nación y Auditoría General de la Republica, la cual analiza los siguientes aspectos:

La Alcaldía de Medellín, requiere la contratación de un operador con la experticia suficiente para llevar a cabo un proceso de formación y sensibilización en liderazgo y convivencia con la aplicación de técnicas de PNL, puesto que en la actualidad no se cuenta con el personal de planta para la ejecución de dicho proyecto, por ello se parte de un análisis riguroso del contratista en cuanto a su experiencia y el trabajo en el área antes mencionado.

La Secretaría de seguridad y convivencia del Municipio de Medellín, establece la presente modalidad de selección, en consideración al objeto a contratar y las prestaciones requeridas para el presente proceso contractual, haciendo necesaria la contratación de una entidad idónea que facilite la operación logística y administrativa del proyecto, una sociedad que cuente con reconocida idoneidad y experiencia especifica en la prestación de los servicios relacionados, presentando ventajas comparativas frente a la posibilidad de contratación mediante selección publica, tal como se encuentra establecido en la justificación de la necesidad y con fundamento en la circular conjunta N° 14 de 2011, expedida por la Procuraduría General de la Republica, la Contraloría General de la Republica y la Auditoría General de la Republica.

 

La Escuela Internacional de Liderazgo es una entidad constituida en el año 2009,  con el fin de realizar dentro de su objeto contractual las siguientes actividades: Celebrar contratos de prestación de servicios en capacitación empresarial, educacional, manejo de conflictos y valores para la convivencia familiar y escolar, eventos y recreación, Obtener exclusividades de obras y representación de editoriales para textos de diversas índoles. Entre otras. Y cuenta con una basta experiencia en la formación, capacitación y programación de eventos relacionados con el entrenamiento en coaching y la aplicación de técnicas de PNL. Adicionalmente se podrá contar con un trabajo de retroalimentación que permita analizar las ventajas y beneficios logrados con la implementación de dicho entrenamiento.

Adicional a lo anterior La experiencia con la que cuenta la Escuela Internacional de Liderazgo para el desarrollo del presente objeto contractual es la siguiente:

  • Realización de Gran Conferencia “Llaves Maestras Para la Vida” con la participación de la Dra. Lucía Nader, Gonzalo Gallo, Jaime Jaramillo (Papá Jaime) y Sergio Maya. Teatro Universidad de Medellín, dicha conferencia se realizó de forma abierta con la participación del público en general.
  • Conferencia taller en programación neurolingüística, dictada en el Hospital General de Medellín.
  • Conferencia en Programación Neurolingüística PNL a la Empresa Metroparques.
  • Capacitación al personal de Cementos Argos en crecimiento personal y liderazgo.
  • Realización del evento congreso “Maestros para la vida” en el polideportivo Mons. Eugenio Restrepo Uribe de la Universidad Pontificia Bolivariana para el público en general (6.000 personas).
  • Realización de la conferencia “Encuentro con Zuly Sanguino: La imposibilidad” En el Aula Magna de la Universidad Pontificia Bolivariana.
  • Realización de la conferencia “Taller de la imposibilidad” en la Universidad Pontificia Bolivariana para el público en general con una asistencia de 130 personas, auditorio Juan Pablo Segundo.
  • Realización de la conferencia “Cómo crear dinero sin dinero” en la Universidad Pontificia Bolivariana para el público en general con una asistencia de 130 personas.
  • Realización y ejecución de la conferencia taller “El poder de la risa” para el centro de eventos LOFT, con una asistencia de 350 personas al mismo.
  • Realización de Capacitaciones para el centro cultural Nueva Villa de Aburrá sobre “El poder del pensamiento y la palabra con PNL”, “El taller para sanar el pasado negativo” y “Relaciones de parejas exitosas con PNL”.
  • Capacitación al personal de la empresa de transportadora “Gómez Hernández” en crecimiento personal y liderazgo.
  • Conferencia “El poder del pensamiento y la palabra con PNL” para la capacitación del personal del Grupo Editorial Universo.
  • Realización del evento conferencia “Invierta para ganar”, “Cómo tener un negocio exitoso” y “Foro de PNL y terapia Gestalt” para el centro de recepciones Zavaty.
  • Realización de la conferencia “Riqueza Universal con PNL” para el Centro Comercial los Molinos.
  • Conferencia “El poder del pensamiento y la palabra con PNL” para la capacitación del personal de la cooperativa COONALCE Cooperativa Nacional de Capacitación Estratégica.
  • Realización de un proceso de formación en crecimiento y liderazgo para el personal de la empresa Papelcard S.A.S.
  • Capacitación en liderazgo y crecimiento personal brindada al personal de la empresa Comercializadora Strong S.A.S.
  • Entre otras.

De igual manera, la Escuela Internacional de Liderazgo cuenta con un programa de entrenamiento basado en obras cuyo contenido es de carácter exclusivo, de ahí surge la metodología a emplear en el desarrollo de dicho proceso de aprendizaje, entre estas obras se destaca lo siguiente: “Vivir con PNL: Secretos para una vida plena” a través del cual se pretende eliminar las barreras o limitantes de tipo psicológico que impiden la realización de las metas propuestas; de igual forma se pretende a través del programa “Instructor personal de liderazgo, desarrollo y cambio” lograr un eficaz entrenamiento liderazgo y convivencia a través de técnicas de PNL que permita a los participantes potencializar su crecimiento personal, familiar y profesional por medio de técnicas y ejercicios que permiten el fortalecimiento del líder como sujeto precursor de convivencia ciudadana.

La Escuela Internacional de Liderazgo aporta los elementos necesarios para satisfacer la necesidad planteada, puesto que puede llevar a cabo las actividades propuestas dentro del alcance del objeto contractual y además se evidencia la experticia suficiente para su desarrollo con la implementación de los programas mencionados.

4.1    Analizar las ventajas o beneficios institucionales o colectivos derivados de la aplicación de esta modalidad, frente a los que se obtendrían con una convocatoria pública.

 

Dado que los procesos realizados en el Programa Planeación Local y Presupuesto Participativo tienen sus dinámicas particulares, entre las cuales se encuentran el tema de los tiempos establecidos, se tiene que hasta el mes de Septiembre de 2016, luego de la etapa de planeación, concretando las actividades a realizar con los mismos, puesto que en la priorización surtida inicialmente no había quedado total claridad sobre el tema y una vez realizado el estudio de mercado, donde se invitó a presentar ofertas a varias empresas con objeto social relacionado, se encontró que en el mercado no hay una oferta muy amplia para realizar a esta escala la ejecución de un contrato como el relacionado.

Por lo anterior y en vista de dicha situación, se estima como inconveniente la realización de una convocatoria pública, ya que el tiempo con el que se cuenta para la ejecución del mismo es insuficiente si se pretende cumplir con el principio de anualidad dado que en el estatuto de contratación leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus demás Decretos reglamentarios, se encuentran estipulados unos términos amplios para el desarrollo de la misma, adicionalmente no hay garantía de que haya una adjudicación del proceso; siendo así no podría darse una atención adecuada a las demandas de la comunidad y se estaría incumpliendo con la satisfacción de los fines del Estado.

Por las razones anteriormente expuestas, se estima pertinente la aplicación de la modalidad de contratación directa bajo la figura de contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, puesto que presenta mejores beneficios para la ejecución del proyecto, en cuanto a la optimización tiempo de ejecución, la cobertura de los beneficiarios, la contratación de personal idóneo y suficiente para la gestión del proceso, adicionalmente el desarrollo de una propuesta metodológica fundada en textos y programas de contenido exclusivo que se pretende implementar con el propósito de puntualizar en temas específicos como el liderazgo y la convivencia, la implementación de técnicas a través de obras y programas de entrenamiento de carácter exclusivo. Además de contar con conferencistas reconocidos en dicha área de trabajo y con un contratista que cuenta con una vasta experiencia en la implementación de dichos curso tan como se vio reflejado en el análisis realizado en el ítem anterior.

En síntesis, la contratación directa a través del contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión es pertinente y conducente dado a que permiten la observancia de los principios que rigen la contratación como: celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia y economía propios de la contratación estatal y del derecho administrativo; con la garantía de un contratista experimentado y con la idoneidad suficiente para el desarrollo del objeto contractual del proceso tal como establece el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015.

De igual manera, el Decreto 1082 de 2015 en su artículo 2.2.1.1.2.1.1 establece la obligatoriedad de indicar en los documentos y estudios previos si el proceso esta cobijado por un acuerdo comercial, por lo que es necesario aclarar que según dispone el Manual explicativo de la contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para las entidades contratantes emitido por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación, todos los contratos realizados mediante la modalidad de contratación directa estipulados por la ley 1150 de 2007 no les es aplicable las obligaciones de los acuerdos internacionales y por lo tanto no se requiere establecer si están o no cobijados por dichos acuerdos.

  1. El análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del contrato, indicando con precisión las variables consideradas para calcular el presupuesto de la respectiva contratación, así como su monto y el de los costos para la entidad asociados a la realización del proceso de selección y a la ejecución del contrato. (En el evento en que la contratación sea a precios unitarios, el Municipio de Medellín deberá soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. En el caso del concurso de méritos no será necesario publicar el detalle del análisis que se haya realizado en desarrollo de lo establecido en este numeral.):

WILLIAM

  1. La justificación de los factores de selección que permitan identificar la oferta más favorable.

Por tratarse de contratación directa bajo la modalidad de Contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, la selección del personal se hará en consideración a la idoneidad y experiencia del contratista sin que se requiera pluralidad de oferentes.

  1. El soporte que permita la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato:

La siguiente es la tabla de asignación de riesgo que dio como resultado de la  matriz construida, de acuerdo a las directrices de COLOMBIA COMPRA EFICIENTE y acorde con las actividades contempladas en los diferentes componentes del contrato.

Ver Anexo Análisis de Riesgos

  1. El análisis que sustenta la exigencia de los mecanismos de cobertura que garantizan las obligaciones surgidas con ocasión del proceso de selección y del contrato a celebrar (En este punto remitir al Anexo Estudio de Riesgos):

El inciso 1° del artículo 4o. de la Ley 1150 de 2007, dispuso “Los pliegos de condiciones o sus equivalentes deberán incluir la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación”.

El artículo 2.2.1.2.3.1.1 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015 señala:

Riesgos que deben cubrir las garantías en la contratación. El cumplimiento de las obligaciones surgidas en favor de las entidades estatales con ocasión de: i) la presentación de ofertas ii) los contratos y su liquidación iii) los riesgos a los que se encuentran expuestas las entidades estatales, derivadas de la responsabilidad que puedan surgir por las actuaciones, hechos u omisiones de sus  contratistas, deben estar garantizadas en los términos de ley del presente decreto.

Para el presente proceso, se estima conveniente la exigencia de garantía única que avalará el cumplimiento de todas las obligaciones surgidas del contrato, expedida por una compañía de seguros autorizada para funcionar en Colombia, o garantía bancaria, aceptada una u otra por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, la cual cubrirá:

CALIDAD EN EL SERVICIO: Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que en razón de este contrato asume EL CONTRATISTA, deberá otorgar garantía por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y su vigencia será igual a la del contrato y cuatro (4) meses más.

CUMPLIMIENTO: Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que en razón de este contrato asume EL CONTRATISTA, deberá otorgar garantía por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y su vigencia será igual a la del contrato y cuatro (4) meses más. En caso de que la garantía sea expedida por término inferior al de la duración total del contrato, el Interventor/supervisor designado verificará anualmente su renovación.

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que en razón de este contrato asume el contratista, el valor de la suficiencia del seguro de responsabilidad civil  extracontractual, deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 2.2.1.2.3.1.17 del Decreto 1082 de 2015. Para el presente proceso equivale a un valor de 200 SMMLV. Sin embargo se adecuará según sea el valor del contrato adjudicado.

  1. Los demás aspectos derivados de la complejidad del objeto contractual que soporten los requerimientos que se incluyen en el proyecto de Pliego de Condiciones (Para ciertos procesos, incluir en este punto las obligaciones adicionales más relevantes, los valores agregados que deben ofrecer en las propuestas o alguna especificación que se considere esencial y relevante):

N/A

9. Elementos descriptivos del  Contrato a celebrar

Bien o servicio objeto del contrato:

Prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión  para realizar un proceso de formación y sensibilización mediante la aplicación de técnicas de PNL (programación neurolingüística) enfocados a la convivencia ciudadana y  el liderazgo de acuerdo a los recursos priorizados en el marco del programa de Planeación Local y Presupuesto Participativo.

Valor estimado del contrato (valor del presupuesto oficial):

($ 485.368.141). Cuatrocientos Ochenta y cinco Millones Trecientos Sesenta y Ocho mil ciento cuarenta y un pesos.

Forma de pago (incluyendo el anticipo o pago anticipado en caso de que se requiera):

EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN cancelará al CONTRATISTA el valor del contrato, de la siguiente manera:

WILLIAM 

Supervisión del contrato)

Nombre

Nivel

Corre electrónico

Luis Fernando Restrepo

Profesional Universitario

luisf.restrepo@medellin.gov.co 

Lugar de Ejecución (Sitio de entrega de los bienes o servicios): Ciudad de Medellín, comunas:

5,11,12 y 15

Duración o Plazo de ejecución del contrato:  Tres (3) meses

Multas: 

En el caso en el que el contratista incurriere en mora, deficiencia, o faltare a algunas de las obligaciones contraídas en el presente contrato, se acuerdan multas, las cuales serán proporcionales al valor total del contrato y a los perjuicios que sufra el Municipio de Medellín.

El valor de las multas no podrá exceder el (5X1000) del valor total del contrato cada vez que se impongan.

Para la aplicación de las mismas el Municipio de Medellín dará aplicación al debido proceso.

Una vez declarado el incumplimiento del contrato por parte del Municipio de Medellín, el valor de las mismas se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude el contratista, sin perjuicio de hacer efectiva la cláusula penal o la garantía de cumplimiento del contrato y si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo  establecido en la ley 1150 de 2007 en su artículo 17.

Cláusula Penal Pecuniaria:

Se estipula una clausula penal equivalente al 10% del valor total del contrato la cual se hará efectiva de manera unilateral sin necesidad de declaratoria judicial, cuando a juicio del ordenador del gasto, previo informe del supervisor el contratista incurra en incumplimiento grave y severo del contrato.

En caso de que el CONTRATISTA incurra en una de las causales de multa, este autoriza a la Secretaría de Seguridad y Convivencia  para descontar el valor de la misma, la cual se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude al contratista sin perjuicio de hacer efectiva la cláusula penal o garantía de cumplimiento del contrato.

Si posteriormente el CONSTRATISTA demuestra causas que lo exoneren de su responsabilidad y están son aceptadas por la Secretaría de Seguridad y Convivencia habrá lugar a la entrega de los dineros deducidos, los cuales serán reajustados anualmente en un porcentaje igual a la meta de inflación fijada por el Gobierno Nacional para el que se proceda la devolución.

Línea del Plan de Desarrollo: 

Dimensión 2: “Recuperando la seguridad y la convivencia ciudadana.

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