Informe De Tributaria
Enviado por cont4dur14 • 26 de Febrero de 2015 • 1.746 Palabras (7 Páginas) • 203 Visitas
Universidad Nacional Autónoma De Honduras
ASIGNATURA:
SEMINARIO TRIBUTARIO
CATEDRATICA:
LEDY RUTH AGUILAR
SECCION:
1900
IMPUESTO SOBRE LA EXTRACCION Y EXPLOTACION DE RECURSOS NATURALES
INTEGRANTES:
MONICA MEJIA 20111003345
DANIA SUAREZ 20111003108
KARLA AZUCENA 20061008568
JOSE GARCIA 20070003626
MELVIN OSORTO 20051008777
INTRODUCCION
El impuesto de extraccion de Recursos Naturales es que pagan las personas naturales o juridicas que extraen o explotan canteras, como minerales, hidrocarburos, bisques y sus derivados; la pezca, la caza o extraen especies maritimas, lacustres o fluviales en mares y lagos, hasta 200m de profundidad y en rios.
Se denominan recursos naturales a aquellos bienes materiales o servicios proporcionados por la naturaleza sin alteraciones Por parte del ser humano; y que son valiosos para las sociedades humanas por contribuir a su bienestar y a su desarrollo de manera directa(materias primas, minerales, alimentos) o indirecta(servicios ecológicos).
Este impuesto queda sujeto a las regulaciones y sanciones establecidas en el Reglamento de la Ley de Municipalidades. Se faculta al Alcalde Municipal o en su defecto al Vice Alcalde, para que susucriba convenios con la Direccion Ejecutiva de Fomento a la Mineria de la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente(SERNA), el Instituto de Conservacion Forestal(ICF), la Secretaria de Agricultura y Ganaderia(SAG) y otras dependencias del Poder Ejecutivo a efecto de viabilizar el cobro de este impuesto.
MARCO TEORICO
El presente informe tiene por objeto de describir todo lo relacionado con la aplicación del Impuesto sobre la Extracción y Explotación de Recursos Naturales en Honduras de acuerdo a las leyes que rigen cada municipio.
La autonomía municipal es el conjunto de potestades o facultades otorgadas por la Constitucion de la Republica y la Ley de Municipalidades, como su órgano de Gobierno, que se organiza y Funciona en forma Independiente de los poderes del Estado, con capacidad para gobernar y administrar los asuntos que afecten sus intereses y ejercer su competencia para satisfacer las necesidades y aspiraciones de su población en el termino municipal.
El Plan de Arbitrios es una Ley Local de obligatorio cumplimiento por todos los vecinos y transeuntes del municipio donde anualmente se establecen las tasas, gravámenes, las normas y procedimientos relativos al sistema tributario e cada municipalidad, cabe mencionar que cada municipalidad emite su plan de arbitrios.
La base de la investigación se centra en conceptos estipuladas en la Ley de las Municipalidades y el Plan de Arbitrios de la Municipalidad del Distrito Central ; se tomaron como base las municipalidad antes mencionada en vista que detallan claramente la aplicación de la de explotación de recursos naturales.
MARCO CONCEPTUAL
SERNA: Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente de conformidad a la Ley del Ambiente, es la entidad garante de conservar un entorno o ambiente adecuado para la salud de las personas y propiciar un estilo de desarrollo sostenible, mediante la protección y el uso adecuado de los recursos naturales y sus ecosistemas.
DEFOMIN: LA Direccion de Fomento a la Mineria se identifica con las siglas(DEFOMIN), es una entidad desconcentrada de la Secretaria de Estado en los despachos de Recursos Naturales Y Ambiente, que funionara con absoluta independencia técnica, administrativa, presupuestaria y de gestión. Ahora INHGEOMIN: Instituto Hondureno de Geologia y Minas.
AMHON: la Asociacion de Municipios de Honduras es la entidad civil representativa de carácter nacional con fines no lucrativos y apolíticos, con plena capacidad para ejercer derechos, contraer obligaciones e intervenir en juicios , con patrimonio propio y administración.
Plan de arbitrios: es una ley local, de obligatorio cumplimiento por todos los vecinos y transeúntes del Municipio, donde analmente se establecen las tasas, gravamanes, las normas y procedimientos relativos al sistema tributario de las municipalidades.
Permiso de operación: es el documento extendido por la municipalidad que se otorga a las personas naturales o jurídicas que lo solicitan, para que pudan trabajar legalmente una empresa o un negocio.
ICF: es un ente desconcentrado, dependiente de la Presidencia de la Republica el cual actua con independencia técnica, administrativa y financiera como ejecutor de la política nacional de conservación y desarrollo forestas, areas protegidas y vida silvestre, con facultad de desarrollar programas, proyectos, planes y crear unidades administrarivas, técnicas y operativas necesarias para cumplir con los objetivos y fines de la ley(decreto 98-2007)
Actividad Minera: es el conjunto de actividades que se realizan con el objeto de desarrollar una mina o explotar un mineral; incluyen la pospeccion, exploración, explotación, beneficio y cierre.
Broza: material mineralizado con valor comercial extraido de la mina para ser sometido a procesos de trituración, concentracion, hidrometarlurgicos y/o metarlugicos.
Canon minero: contraprestación monetaria anual por hectárea en que debe pagarse a la autoridad minera.
Valor FOB: valor a cobrar o recibir del producto minero a exportar el valor comercial esta determinado en la factura comercial final.
LEY DE LAS MUNICIPALIDADES
IMPUESTO SOBRE LA EXTRACCION O EXPLOTACION DE RECURSOS NATURALES
OBLIGADOS A PAGAR
El impuesto sobre la extraccion o explotación de los recursos naturales es el que pagan las personas naturales o jurídicas por la explotación o extracción de los recursos naturales renovables o no renovables dentro de los limites del
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