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Informe Sobre La Tecnica


Enviado por   •  13 de Junio de 2014  •  4.060 Palabras (17 Páginas)  •  389 Visitas

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Introducción

Se analiza el concepto de estado de la técnica, su relación con los requisitos de patentabilidad, su diferente definición para patentes y modelos de utilidad y la situación de las divulgaciones.

Patentabilidad

En principio, una patente es válida si

1. Es nueva,

2. Implica una actividad inventiva (no es obvia) y

3. Es aplicable industrialmente, correspondiendo normalmente a los examinadores de patente (antes de la concesión) y a los jueces (después de la concesión) la valoración del cumplimiento de estos requisitos de patentabilidad que están armonizados a nivel internacional por el Acuerdo ADPIC de la OMC (TRIPS-WTO).

La aplicación industrial se valora teniendo en cuenta únicamente la solicitud de patente, para decidir si una invención es nueva y no obvia es necesario consultar el estado de la técnica.

Para poder valorar correctamente la invención, los examinadores de patente deben entender la invención y buscar elementos del estado de la técnica que sean relevantes, es decir, que puedan destruir la novedad de la invención o demuestren su obviedad. Estos elementos relevantes se citan en el informe de búsqueda que se publica junto con la solicitud de patente. Dicho informe, acompañado de los elementos citados, se envía al solicitante, para que tenga la oportunidad de responder al examinador en tiempo y forma.

En la práctica, los examinadores restringen su búsqueda al estado de la técnica documental (sin perjuicio de que terceros puedan aportar pruebas de una divulgación oral o por utilización).

Informe Sobre El Estado de la Técnica

 ¿QUÉ ES EL INFORME SOBRE EL ESTADO DE LA TÉCNICA?

Ahora lo explicaremos con más calma. No hay que confundirlo con el “informe tecnológico de patentes o informe de patentabilidad“.

El informe sobre el estado de la técnica o IET es un informe que se encarga de redactar la propia oficina de patentes después de que se solicite una patente. Este informe es llamado por algunas oficinas de patentes como “informe de búsqueda internacional“.

El aspecto de un informe de búsqueda internacional de patentes es el siguiente:

Este informe se redacta con el objetivo de ver qué otras publicaciones hay relacionadas con el invento, y de ver si estas publicaciones afectan a la novedad o a la actividad inventiva de la solicitud de patente.

En este informe de las patentes, se clasifican los documentos encontrados, según afecten a la patente en cuestión. Se puede encontrar las siguientes nomenclaturas:

1. A: Documento relacionado con la patente pero que no afecta a la novedad ni a la actividad inventiva de ésta.

2. X: Documento que resta novedad o actividad inventiva a la patente.

3. Y: Conjunto de 2 o más documentos que juntamente restan actividad inventiva o novedad a la patente.

Si una patente en su informe figura con X o Y, las reivindicaciones a las que afecte, en principio no cumplirían las condiciones para ser patentables.

Los documentos citados en este informe pueden ser tanto artículos científicos, como otras patentes, páginas de periódicos, o incluso textos o imágenes contenidas en páginas web.

Posteriormente a este informe, y si no estamos de acuerdo con él, podremos solicitar un examen para que se revisen las afirmaciones hechas en el informe, con nuestras alegaciones pertinentes.

 Divulgaciones inocuas

Los auto divulgaciones (típicamente el artículo publicado por el investigador antes de presentar la patente) forman parte del estado de la técnica (es decir, “quitan” la novedad).

No obstante, si la divulgación se ha producido en el marco de una exposición oficial o ha sido consecuencia de un abuso no se consideran incluidas en el estado de la técnica si se producen en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.

 Estado de la técnica y novedad

Con las divulgaciones inocuas se quitan elementos del estado de la técnica. Por contra, para la valoración de la novedad, se incluyen en el estado de la técnica las solicitudes anteriores presentadas aunque todavía no se hayan publicado. Esto se hace para evitar conceder dos patentes para el mismo invento.

 Estado de la técnica y modelos de utilidad

Los modelos de utilidad se contemplan normalmente como una modalidad de protección de algunas invenciones que, o bien, no superaría los requisitos de novedad y actividad inventiva para patentes, o bien, tendrían un ciclo de vida muy corto. En este sentido, el modelo de utilidad tiene 10 años de duración (las patentes 20) y es un instrumento que puede ser muy apropiado para algunas PYMES por la rapidez de su concesión (menos de 1 año) y su reducido coste comparado con el de una patente.

Los requisitos de novedad y actividad inventiva están también presentes en modelos de utilidad, pero con menos “rigor” en su aplicación.

La diferencia más evidente es la restricción de lo divulgado lo cual, con la existencia de Internet cada vez tiene menos sentido.

Al igual que Ignacio Temiño opino que, si queremos dotar de seguridad jurídica a los modelos de utilidad, hay que dejarse de juegos de palabras y apostar por una interpretación adaptada a los tiempos y a la realidad que suponen las divulgaciones.

El Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, es el único organismo en Chile que otorga la protección de su derecho de propiedad sobre el producto de su inventiva, lo que le permitirá:

1. Alcanzar un reconocimiento por su creatividad y recompensas materiales por sus invenciones comercializables. Estos incentivos alientan la innovación, que permite una mejora constante de la calidad de la vida humana.

2. Al ser el titular de una patente, podrá tener el derecho de decidir quién puede o no, utilizar la invención patentada durante el período en el que está protegida.

3. Dar su permiso o licencia a terceros para utilizar la invención en términos establecidos de común acuerdo.

4. Vender el derecho a la invención a un tercero, que se convertirá en el nuevo titular de la patente.

5. Impedir que los competidores copien o imiten los productos o procedimientos que haya patentado.

6. Por otra parte, todos los titulares de patentes, a cambio de la protección, deben publicar la información sobre su invención, a fin de enriquecer el cuerpo total de conocimiento técnico del mundo.

En el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI, usted puede presentar solicitudes de registro de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad, Dibujos y

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