LA FLECHA CASO PRACTICO
Enviado por ka_ren192 • 28 de Noviembre de 2018 • Práctica o problema • 463 Palabras (2 Páginas) • 151 Visitas
Caso práctico[pic 1]
Cooperativa La Flecha
DESARROLLO
- Indica quién tiene que realizar el estudio de seguridad y salud, así como tipo de estudio y las partes que debe contener. Especifica qué contenido debe tener cada parte.
Revisando el RD 1627/1697 en el art 4 que se indica sobre la obligatoriedad del estudio de la seguridad y salud en las obras. Nos dice que es OBLIGATORIO cuando :
-El presupuesto de ejecución de la obra sea igual o superior a 75 millones de pesetas (450.759,08 €).
-Cuando la duración es mayor a 30 días laborables , empleándose más de 20 trabajadores simultáneamente.
- En obras de túneles , galerías , presas y conducciones subterráneas.
Los responsables de realizar el estudio es COOPERATIVA LA FLECHA.
El contenido que debe poseer nos guiamos a partir el art 5 del RD 1627/1697 que nos indica que como mínimo debe poseer:
[pic 2]
- Indica quién tiene que realizar el plan de seguridad y salud. Igualmente especifica qué debe hacerse con dicho documento.
Revisando el art 7 del RD 1627/1697 nos hace referencia es dicho plan es responsabilidad del contratista , en este caso seria de ARROYO SL.
Este plan será aprobado antes del inicio de la obra por coordinador en materia de seguridad y de salud de la misma forma este plan podre ser modificado por el contratista según se vaya ejecutando la obra. El plan se encontrara en la obra y a disposición permanente de la dirección facultativa ,empresas que están interviniendo , técnicos de seguridad y representantes de los trabajadores.
- Señala los incumplimientos detectados en esta obra de construcción.
El incumplimiento mas notorio que tenemos dentro de la obra es que no se lleva un LIBRO DE INCIDENCIAS , como nos indica el art13 del RD 1627/1697 este libro poseerá hojas por duplicado , el mismo que deberá estar siempre en la obra y en poder del coordinador en materia de seguridad y salud ; tendrán acceso al mismo la dirección facultativa ,contratistas y subcontratistas , trabajadores autónomos , técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas competentes, y representantes de los trabajadores ,quienes podrán ser anotaciones en el mismo.
El trabajador autónomo no puede subcontratar a más trabajadores.
Las empresas no se encuentran en el registro de empresas acreditadas como solicita el LEY 32/2006.
No existe un estudio de seguridad y salud el mismo que debe darse antes de dar inicio a la obra.
BIBLIOGRAFÍA.
Real Decreto 1215/1997 por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Boletín Oficial del Estado. Madrid,25 de octubre de 1997.
Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. Boletín Oficial del Estado. Madrid,19 de septiembre de 2006.
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