La Nueva Reforma Laboral En 10 Puntos
Enviado por tatoscarlos • 21 de Octubre de 2012 • 679 Palabras (3 Páginas) • 781 Visitas
La nueva reforma laboral en diez puntos
La nueva reforma laboral en diez puntos desde el punto de vista del empresario y/o emprendedor
Si aún no eres autónomo:
1.- Hacerte autónomo.
Si estás en paro y has decidido hacerte autónomo, podrás capitalizar el 100% de tu paro para iniciar tu proyecto. Hasta ahora se podía capitalizar el 80%.
Si ya eres autónomo/empresa:
2.- Despidos con 20 días de indemnización.
Con la reforma, la tradicional indemnización de 45 días por año trabajado por los despidos improcedentes pasa a 33 días. No obstante, si tu empresa presenta unos balances económicos negativos (o de futuras perspectivas negativas), podrás despedir con 20 días de indemnización. En plena crisis, son escasísimas las empresas que no presenten perspectivas negativas, de modo que, a menos que estés en el privilegiado grupo de empresas que no están sufriendo, podrás despedir con 20 días. (La medida no es retroactiva, con lo que para los contratos firmados antes de la reforma se tendrá que hacer un doble cálculo para las indemnizaciones.)
3.- Modificación de las condiciones de trabajo.
Si quieres bajarle (o subirle) el sueldo a un empleado o bajarle (o subirle) las horas de trabajo, ahora puedes. La reforma establece que "la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo", siempre que aludas "probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción". Podrás modificar la jornada de trabajo, el horario y distribución del tiempo de trabajo, el régimen a turnos, el salario, el sistema de rendimiento y las funciones de tus empleados. Esta medida puede suponer el adiós definitivo a las horas extras.
4.- Despido por no aceptar las nuevas condiciones.
Si tu empleado no acepta una bajada de sueldo o una subida de horas de trabajo, podrás despedirle según las nuevas causas objetivas de despido. Según la reforma, "se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de perdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante dos trimestres consecutivos".
5.- Convenios laborales.
A menudo los convenios sectoriales chocan con los convenios laborales establecidos por las empresas. Si ése es tu caso, a partir de ahora el convenio de tu empresa primará por encima del sectorial. De este modo, tu postura estará por encima de la de los sindicatos.
6.- Encadenamiento de contratos temporales.
A partir del 31 de diciembre, habrá un nuevo límite: 24 meses.
Tras esos dos años, tu trabajador tendrá que ser fijo.
7.- Nuevo período de prueba.
Si tu empresa
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