La definición de los certificados de depósito
Enviado por cocolex • 9 de Abril de 2013 • Informe • 263 Palabras (2 Páginas) • 375 Visitas
1. DEFINICION
El Certificado de Depósito es un título valor emitido por un Almacén General de Depósito (AGD), que acredita el derecho de propiedad de las mercaderías depositadas en él.
El Warrant representa la garantía mobiliaria (prenda) constituida sobre la mercadería depositada. El endoso de este título facilita la obtención de créditos para capital de trabajo, siendo una garantía de fácil constitución para asegurar obligaciones asumidas por el depositante.
El endoso de ambos títulos valor, los Warrants y Certificados de Depósito, a un mismo tenedor, transfiere la propiedad y la libre disponibilidad de la mercadería.
Estamos facultados a emitir Warrants y Certificados de Depósito bajo los regímenes de Depósito Aduanero y Admisión Temporal, y a emitir Warrants en locales de terceros para constituir Almacenes de Campo.
Los Warrants que emitimos son aceptados por las entidades del sistema financiero nacional y por los financiadores del extranjero. Constituyen el instrumento financiero de mayor agilidad para conseguir capital de trabajo, pues se constituyen fácilmente la como garantía mobiliaria.
El endoso del Warrants y Certificado de Depósito facilita la transferencia de mercaderías sin necesidad de su desplazamiento, lo cual permite ahorrar costos operativos, debido a que:
Los Certificados de Depósito que emitimos son negociables en la Bolsa de Productos de Lima, con lo cual se obtienen exoneraciones tributarias.
Los Warrants y Certificados de Depósito que emitimos facilitan la obtención de mercadería en consignación de sus proveedores nacionales y/o extranjeros.
El Warrant Aduanero permite un financiamiento, incluso sin haber cancelado los derechos de nacionalización.
Los Warrants son considerados por la legislación vigente como garantía preferida.
El financiador tiene una garantía de preferencia.
El Warrant otorga seguridad jurídica frente a terceros
...