Legislación Relativa Al Comercio
Enviado por ivetytato • 5 de Octubre de 2012 • 3.083 Palabras (13 Páginas) • 416 Visitas
I. Nociones del Derecho Positivo Mexicano
CONCEPTO DE DERECHO
"Conjunto de normas que rigen la vida de la nación, cuyo incumplimiento es
susceptible de ser castigado. Es la manifestación del poder del estado en un
determinado lugar."
Otra concepción del derecho es que es un conjunto de normas donde se
establecen obligaciones y derechos que sirven para organizar al pueblo, lo cual
posibilita la convivencia social. Permite formar un juicio anticipado de la conducta
del otro.
Objetivos:
• organización de la conducta social.
• Establecer por medio de las normas cuál es la conducta prohibida. Junto a
ellas viene la sanción, que es aplicada si la norma no se cumple. Por esto se
puede establecer un proyecto para el futuro.
Clasificación del Derecho Objetivo.
Normas que se refieren a:
Organización del Estado
para el cumplimiento de
sus fines
Relaciones entre los
particulares. Se aplican al
estado cuando actúa como
particular.
Publico interno
Constitucional
Administrativo
Publico Externo
Internacional
Procesal
Penal
Del trabajo
Agrario
Ramas
Internacional
Publico
Internacional
Privado
Interno
civil
Mercantil
recho publico Derecho Privado
El derecho se divide en ramas para distribuir el trabajo:
• Derecho privado: es el que establece los sistemas de coordinación de las
actividades de las personas. Toda persona es igual ante el derecho. Por
ejemplo, el derecho civil es un derecho privado.
• Derecho Público: son las normas que rigen las relaciones entre los
particulares y el estado, regula las actividades del estado. El estado actúa
como representante del interés general, el estado tiene poder público y,
respecto a cada habitante, es superior. El estado también podrá actuar con
las normas del derecho privado. Tiene poder en la relación y lo aplica.
También tiene una cuota de poder adicional. El derecho administrativo,
penal, tributario son derechos públicos.
Otra división es:
• Derecho objetivo: son las leyes, normas jurídicas, tal cual son.
Civil
Penal
• Derecho subjetivo: la atribución de una persona para exigir cierta
conducta positiva u omisiva de los otros. La posibilidad de reclamar
derechos propios.
Además, hay otra división:
• Derecho positivo: es el derecho vigente en un lugar y tiempo
determinado. Son todas las leyes que están en vigencia.
• Derecho Natural: es el derecho que tiende a identificar el derecho como
lo que consideramos justicia. Puede ser de base nacional, religiosa, etc.
El derecho es un fenómeno que se da en el marco de un estado. Éste tiene tres
características principales.
a) territorio
b) población
c) poder soberano
Estos tres elementos son los imprescindibles para la construcción de un nuevo
estado.
a) Territorio: es el espacio físico comprendido por límites, donde el estado va a
ejercer. También va a ejercer su jurisdicción en los territorios ocupados (por
ejemplo, en la guerra), en embajadas, en el mar y en el aire.
El mar territorial: -12 millas de jurisdicción exclusiva.
- más de 12 millas: el estado ejerce una jurisdicción en el sentido fiscal y
aduanero. Control preventivo (policía de seguridad).
- 200 millas: hay aguas libres (para navegación), pero el estado tiene la
explotación total del mar y subsuelo marino.
En el espacio aéreo tiene una jurisdicción de carácter práctico, ya que no es
posible controlar ciertos espacios.
Con respecto a las embajadas el estado tiene inmunidad de jurisdicción, ya que
sólo puede actuar si y solo si los funcionarios de la misma lo piden.
b) Población
Art. 75, inc 15: habla de la naturalización y ciudadanía: ius soli (derecho de suelo)
es un principio que dictamina que los individuos adquirirán la nacionalidad del país
en el que nacen. El estado argentino con esto busca que los hijos de inmigrantes
obtengan la nacionalidad de nuestro país. Ius sanquinis, el hijo conserva la
nacionalidad de sus padres. Permite la doble nacionalidad.
Nuestra constitución admite la "nacionalidad por opción", por lo que los hijos de
argentinos nacidos en otro país, pueden conservar a partir de los 18 años la
nacionalidad de sus padres. Esto lo podemos observar en el Art 89. Este derecho
nació por el tema de la persecución y los exilados.
Art. 20, nacionalización e inmigración: en 1869 se sancionó la ley 326, que
igualaba naturalización y ciudadanía. Fue derogada tiempo después, diferenciando
a estas dos, pero en 1985, Alfonsín la puso en vigencia de vuelta. Los
naturalizados adquirirán los derechos políticos al ser ciudadanos. Un argentino al
cumplir los 18 años recibe los derechos políticos. Los naturales debían esperar
para poder ser ciudadanos. Los mayores de 18 años, inmigrantes, que estén en el
país más dos años seguidos, pueden naturalizarse. Ese tiempo lo puede acortar el
congreso, por diversos motivos. El trámite lo realiza un juez.
La Población como elemento demográfico: la autoridad del estado se ejerce sobre
el territorio. También debe existir una población sobre la cual ejercerla. El gobierno
trata de fomentar la población en algunos lugares aislados para no perder
territorio.
Con la ciudadanía se adquieren los derechos políticos, la nacionalidad se adquiere
por lugar de nacimiento.
Los ciudadanos por naturalización son los mayores de 18 años que hayan vivido 2
años continuos y quieran la nacionalidad y adquirir así la ciudadanía.
Los que otorgan la nacionalización son los jueces. También se puede adquirir la
nacionalidad sin haber vivido los 2 años, estas excepciones están contempladas en
la ley 23059 "Ordenamiento del régimen de Ciudadanía".
c) soberanía. El estado no reconoce ningún poder superior a él. El presidente
ejerce la soberanía porque representa al estado por medio de distintos órganos del
gobierno. Las provincias son autónomas, pero no soberanas. Es decir que tienen
sus instituciones y reglamentos pero siempre respetando la constitución nacional;
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