Ley Federal De Sguros Y Fianzas
Enviado por antoniorutilio • 22 de Marzo de 2014 • 3.456 Palabras (14 Páginas) • 276 Visitas
Elementos personales del contrato de seguros[editar]
Dentro de la relación contractual se encuentran los siguientes sujetos:1
El asegurador[editar]
El ente asegurador puede ser definido como “la persona jurídica que constituida con arreglo a lo dispuesto por la legislación correspondiente, se dedica a asumir riesgos ajenos, cumpliendo lo que a este efecto establece aquella legislación, mediante la percepción de un cierto precio llamado prima.”
El tomador
El tomador es la persona natural o jurídica “que contrata y suscribe la póliza de seguro, por cuenta propia o de un tercero, asumiendo las obligaciones y derecho en la L.C.S. se establecen” busca trasladar un determinado riesgo a un tercero (empresa aseguradora) a efecto de que le sean resarcidos a él o a un tercero los daños o perdidas que puedan derivar del acaecimiento de un suceso incierto a la fecha del contrato de seguro. Con tal objeto deberá abonar una retribución (prima) al asegurador.
El asegurado]
El asegurado puede ser definido como el titular del área de interés que la cobertura del seguro concierne, y del derecho a la indemnización que en su día se satisfaga que, en ciertos casos, puede trasladarse al beneficiario. Es la persona natural o jurídica a quien el acaecimiento del siniestro va a afectarle más directamente. En definitiva, es aquel sobre cuya cabeza o bienes van a recaer las consecuencias del siniestro. La figura del asegurado es esencial dentro del contrato de seguro. Porque lo mismo que no cabe concebir un contrato de aquella naturaleza sin la existencia de un riesgo que cubrir o tampoco resulta dable pensar un negocio jurídico de la naturaleza mencionada sin que haya una persona o destinatario final de la garantía que se pacta, y cuyos intereses, protegidos de esta suerte, son la causa eficiente del contrato.
El beneficiario
Es la persona que tiene derecho a recibir la prestación del asegurador. La figura del beneficiario tiene especial relevancia en los seguros de personas, ya que con frecuencia están destinados a aprovechar a un tercero, e incluso en ciertas modalidades esto es necesario, como ocurre en los seguros para caso de muerte.
El beneficiario es también la persona que, va a recibir la utilidad del seguro cuando se produzca el hecho contemplado en el mismo (sin ser asegurado). Es aquel sobre quien recaen los beneficios de la póliza pactada, por voluntad expresa del tomador. La designación del beneficiario responde a unos planteamientos de previsión que corresponden a los seguros de carácter personal, de manera especial a los seguros de vida y accidentes, para el caso de muerte del asegurado.
La prima[editar]
La prima es uno de los elementos indispensables del contrato de seguro. Es el precio del seguro o contraprestación, que establece una compañía de seguros calculada sobre la base de cálculos actuariales y estadísticos teniendo en cuenta la frecuencia y severidad en la ocurrencia de eventos similares, la historia misma de eventos ocurridos al cliente, y excluyendo los gastos internos o externos que tenga dicha aseguradora.
Salvo pacto contrario, si no se ha pagado la prima antes de producirse el desastre o accidente, el asegurador se libera de la obligación contraída en el contrato. También, salvo pacto en contrario, es pagada en dinero; su pago es de carácter obligatorio para el tomador o contratante según las condiciones establecidas en la póliza de seguros.
Seguros obligatorios[editar]
La Ley suele establecer determinados seguros con carácter obligatorio, ejemplos de seguros obligatorios por ley son los siguientes:
• Seguro obligatorio de vehículos, que es seguro básico del ramo más amplio del seguro del automóvil
Agente de Seguro
El agente de seguros es el intermediario entre la compañía y el cliente, para poder intermediar deberá contar con una autorización, tanto de la compañía que representa como de un órgano gubernamental que lo vigila. El agente de seguros está autorizado para verificar que el riesgo existe y está en condiciones de ser asegurado.
SEGUROS
El seguro es la actividad económica que tiene como objetivo resarcir el patrimonio o el nivel de ingresos de las personas que resultan afectadas de manera adversa por la ocurrencia de eventos contingentes y que deciden desplazar los efectos hacia una tercera persona moral, constituida en la forma de compañía de seguros. Así, la intervención de las compañías de seguros adquiere relevancia, tanto para determinar mediante la utilización de la técnica estadística la cuantía suficiente de los fondos necesarios, como para organizar la concentración de los mismos y ubicarlos con oportunidad en el lugar en que se demanden.
En tales circunstancias, la relación no es sencilla entre la compañía y el usuario porque se está involucrando una promesa a cambio del pago inmediato del precio del servicio. La CONDUSEF, con todo conocimiento de causa busca defender los derechos de los asegurados y conciliar los intereses de las partes en controversia, tratando de lograr que se llegue a un acuerdo en el que cada uno reciba lo justo, dando la razón a quien la tiene.
¿QUÉ ES LA CONDUSEF?
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) es un Organismo Público Descentralizado, cuyo objeto es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utilizan o contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las Instituciones Financieras debidamente autorizadas que operen dentro de la República Mexicana, así como crear y fomentar entre los usuarios una cultura adecuada respecto de las operaciones y servicios financieros.
¿QUIÉN PUEDE SER ATENDIDO POR CONDUSEF?
Todo aquel Usuario que contrata o utiliza un producto o servicio ofrecido por alguna Institución Financiera como lo son los bancos, aseguradoras, afianzadoras, instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado, casas de bolsa, especialistas bursátiles, sociedades de inversión, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, sociedades de ahorro y préstamo, casas de cambio, y cualquiera otra sociedad que ofrezca un producto o servicio financiero.
¿QUÉ SERVICIOS OFRECE LA CONDUSEF?
Resolver las reclamaciones que formulen los Usuarios.
Llevar a cabo el procedimiento conciliatorio, ya sea en forma individual o colectiva, con las Instituciones Financieras.
Actuar como árbitro en amigable composición o en estricto derecho.
Proporcionar servicio de orientación jurídica y asesoría legal a los Usuarios, en las controversias entre éstos y las
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