Ley de regulación y control del poder de mercado
Enviado por jeipmrsk • 9 de Mayo de 2017 • Apuntes • 1.370 Palabras (6 Páginas) • 225 Visitas
En la actualidad el gobierno se ha visto obligado a tomar riendas en el mercado debido a varios fallos que corresponden al sistema capitalista.
En el Ecuador entro en vigencia el trece de octubre del 2011, la LEY ORGANICA DE REGULACION Y CONTROL DEL PODER DE MERCADO, la misma que tiene como objetivo una comercialización de bienes y servicios más justa, en la cual se pueda eliminar tanto monopolios como oligopolios, quienes controlan el mercado a su merced, afectando a pequeños proveedores nacionales o extranjeros.
La presente ley fue suscrita con el objetivo de evitar y sancionar el abuso de operadores económicos con poder de mercado; el control y regulación de las operaciones de concentración económica, prohíbe y sanciona las prácticas desleales, buscando la eficiencia en los mercados, para el establecimiento de un sistema económico social, solidario y sostenible.
Todos los operadores económicos se encuentran sometidos a las disposiciones de la presente ley, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeros.
En concordancia con la Constitución de la Republica y el ordenamiento jurídico vigente se aplicara los siguientes lineamientos para la regulación y formulación de política pública en la materia de esta ley:
- El reconocimiento del ser humano como sujeto y fin del sistema económico.
- La defensa del interés general de la sociedad, que prevalece sobre el interés particular.
- El reconocimiento de la heterogeneidad estructural de la economía ecuatoriana y de las diferentes formas de organización económica, incluyendo las organizaciones populares y solidarias.
- El fomento de la desconcentración económica, a efecto de evitar prácticas monopólicas y oligopólicas privadas contrarias al interés general, buscando la eficiencia en los mercados.
- El derecho a desarrollar actividades económicas y la libre concurrencia de los operadores económicos al mercado.
- El establecimiento de un marco normativo que permita el ejercicio del derecho a desarrollar actividades económicas, en un sistema de libre concurrencia.
- El impulso y fortalecimiento del comercio justo para reducir las distorsiones de la intermediación.
- El desarrollo de mecanismos que garanticen que las personas, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos a través de la redistribución de los recursos como la tierra y el agua.
- La distribución equitativa de los beneficios de desarrollo, incentivar la producción, la productividad, la competitividad, desarrollar el conocimiento científico y tecnológico; y,
- La necesidad de contar con mercados transparentes y eficientes
Se determinará en cada caso el Mercado Relevante, en el cual se va a considerar al menos, el mercado de producto o bienes, el mercado geográfico y las características relevantes de los grupos específicos de vendedores y compradores que participan en el mercado. Para determinar alternativas de aprovisionamiento, la Superintendencia de Control del Poder del Mercado, evaluará los costos de transporte, las modalidades de venta y las barreras al comercio existentes.
Los competidores de un mercado relevante deberán ser equiparables, para lo cual se considerará las características de la superficie de la venta, el conjunto de bienes que se oferta, el tipo de intermediación y la diferenciación con otros canales de distribución o venta del mismo producto.
Se define como poder de mercado a la capacidad que tienen los operadores económicos para influir significativamente en el mercado. Esta puede ser alcanzada de manera colectiva o individual. Para determinar si un operador económico tiene poder de mercado se debe considerar los siguientes aspectos:
- Su participación en ese mercado, de forma directa o a través de personas naturales o jurídicas vinculadas, y su posibilidad de fijar precios unilateralmente o de restringir, en forma sustancial, el abastecimiento en el mercado relevante, sin que los demás agentes económicos puedan, en la actualidad o en el futuro, contrarrestar ese poder.
- La existencia de barreras a la entrada y salida, de tipo legal, contractual, económico o estratégico; y, los elementos que, previsiblemente, puedan alterar tanto esas barreras como la oferta de otros competidores.
- La existencia de competidores, clientes o proveedores y su respectiva capacidad de ejercer poder de mercado.
- Las posibilidades de acceso del operador económico y sus competidores a las fuentes de insumos, información, redes de distribución, crédito o tecnología.
- Su comportamiento reciente.
- La disputabilidad del mercado.
- Las características de la oferta y la demanda de los bienes o servicios; y,
- El grado en que el bien o el servicio de que se trate sea sustituible, por otro de origen nacional o extranjero, considerando las posibilidades tecnológicas y el grado en que los consumidores cuenten con sustitutos y el tiempo requerido para efectuar tal sustitución.
Es considerado abuso de poder de mercado cuando uno o varios operadores económicos actúen en la mala voluntad, sobre la base de su poder, o que por cualquier medio, impidan, restrinjan, falseen o distorsionen la competencia o a su vez afecten negativamente a la eficiencia económica o al bienestar general.
Las conductas que constituyen abuso de poder de mercado son:
- Las conductas de uno o varios operadores económicos que les permitan afectar, efectiva o potencialmente, la participación de otros competidores y la capacidad de entrada o expansión de estos últimos en un mercado relevante, a través de cualquier medio ajeno a su propia competitividad o eficiencia.
- Las conductas de uno o varios operadores económicos con poder de mercado, que les permitan aumentar sus márgenes de ganancia mediante la extracción injustificada del excedente del consumidor.
- Las conductas de uno o varios operadores económicos con poder de mercado, en condiciones en que debido a la concentración de los medios de producción o comercialización, dichas conductas afecten o puedan afectar, limitar o impedir la participación de sus competidores o perjudicar a los productores directos, los consumidores y/o usuarios.
- La fijación de precios predatorios o explotativos.
- La alteración injustificada de los niveles de producción, del mercado o del desarrollo técnico o tecnológico que afecten negativamente a los operadores económicos o a los consumidores.
- La discriminación injustificada de precios, condiciones o modalidades de fijación de precios.
- La aplicación, en las relaciones comerciales o de servicio, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen de manera injustificada a unos competidores en situación de desventaja frente a otros.
- La venta condicionada y la venta atada, injustificadas.
- La negativa injustificada a satisfacer las demandas de compra o adquisición, o a aceptar ofertas de venta o prestación de bienes o servicios.
- La incitación, persuasión o coacción a terceros a no aceptar, limitar o impedir la compra, venta, movilización o entrega de bienes o la prestación de servicios a otros.
- La fijación, imposición, limitación o establecimiento injustificado de condiciones para la compra, venta y distribución exclusiva de bienes o servicios.
- El establecimiento de subsidios cruzados, injustificados, particularmente agravado cuando estos subsidios sean de carácter regresivo.
- La subordinación de actos, acuerdos o contratos a la aceptación de obligaciones, prestaciones suplementarias o condicionadas que, por su naturaleza o arreglo al uso comercial, no guarden relación con el objeto de los mismos.
- La negativa injustificada del acceso para otro operador económico a redes u otra infraestructura a cambio de una remuneración razonable; siempre y cuando dichas redes o infraestructura constituyan una facilidad esencial.
- La implementación de prácticas exclusorias o prácticas explotativas.
- Los descuentos condicionados, tales como aquellos conferidos a través de la venta de tarjetas de afiliación, fidelización u otro tipo de condicionamientos, que impliquen cualquier pago para acceder a los mencionados descuentos.
- El abuso de un derecho de propiedad intelectual, según las disposiciones contenidas en instrumentos internacionales, convenios y tratados celebrados y ratificados por el Ecuador y en la ley que rige la materia.
- La implementación injustificada de acciones legales que tenga por resultado la restricción del acceso o de la permanencia en el mercado de competidores actuales o potenciales.
- Establecer, imponer o sugerir contratos de distribución o venta exclusiva, cláusulas de no competencia o similares, que resulten injustificados.
- La fijación injustificada de precios de reventa.
- Sujetar la compra o venta a la condición de no usar, adquirir, vender o abastecer bienes o servicios producidos, procesados, distribuidos o comercializados por un tercero;
- Aquellas conductas que impidan o dificulten el acceso o permanencia de competidores actuales o potenciales en el mercado por razones diferentes a la eficiencia económica.
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