Leyes y reglamento de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial
Enviado por BYRON WILFRIDO VIVANCO VITERI • 12 de Enero de 2021 • Apuntes • 288 Palabras (2 Páginas) • 566 Visitas
Escuela de conductores profesionales de Pedro Vicente Maldonado
Leyes y reglamento de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial
Lección 1: Organización del tránsito y del transporte terrestre
Nombre: Byron Vivanco
Fecha: martes, 15 de diciembre de 2020
Fase concreta
1.a. El siniestro sería por exceso de velocidad, perdida de pista, posiblemente se le cristalizaron los frenos y también estuvo con exceso de pasajeros. Esto constituye una falta grave de la unidad, del propietario y de la operadora.
1.b. Los expedientes de taxis ejecutivos aprobados están en manos de la Agencia Nacional de Tránsito, los mismos que ya están ingresados, solo falta el pronunciamiento de la ANT.
1.c. Los gobiernos municipales tienen las competencias exclusivas sin perjuicio de planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal.
Fase de conceptualización
1. Complete:
ART 13. ORGANISMOS DEL TRANSPORTE TERRESTRE
a. Ministerio del Sector
b. Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
c. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Regionales, Metropolitanos Y Municipales
DEL MINISTERIO DEL SECTOR DEL TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE
Art. 14: El presidente de la república definirá el ministerio que se encargue del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, sus funciones, atribuciones y competencias.
Art. 15: El ministerio del Sector será responsable de la rectoría general del sistema nacional de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, supervisará y evaluará su implementación y ejecución.
DE LA AGENCIA NACIONAL DE TRÁNSITO
Está encargado de la regulación, planificación y control del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial dentro del territorio nacional.
2. Las competencias de los gobiernos autónomos descentralizados regionales, municipales y metropolitanos tendrán las atribuciones de conformidad a la ley y a las ordenanzas que expidan para planificar, regular y controlar el tránsito y transporte, dentro de su jurisdicción, observando las disposiciones de carácter nacional emanadas desde la ANT.
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