Los órganos constitucionales autónomos en México: Una visión integradora
Enviado por Israel Martinez • 8 de Marzo de 2022 • Apuntes • 656 Palabras (3 Páginas) • 97 Visitas
Resumen
Los órganos constitucionales autónomos en México: Una visión integradora
El autor inicia el texto presentando ejemplos puntuales de órganos autónomos en México, resaltando los casos del Banco de México, el Instituto Federal Electoral (hoy Nacional Electoral), y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Más adelante, se citan los casos del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (INEGI), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el Instituto Nacional de Evaluación de la Educación (INEE), el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y la Fiscalía General de la República.
A partir de la diversidad de órganos, tanto por las temáticas o responsabilidades que aborda, los objetivos que persigue, la estructura que tienen, y la manera en que funcionan, es que el autor se plantea diversas preguntas acerca de las motivaciones que llevaron a su creación, su rango dentro de las estructuras de poderes Estado, y la decisión de determinar esta figura legal, sobre todo porque la mayoría de estos órganos llevan a cabo funciones de regulación, evaluación y control.
Delimitación del concepto
El autor parte de dar una definición de los órganos autónomos, citando a Mazziotti Di Celso, como:
Órganos caracterizados por la competencia para ejercer en grado supremo un complejo de funciones públicas; la idoneidad para frenar, controlar y equilibrar a los otros órganos con responsabilidades igualmente supremas; por lo tanto, la Constitución los coloca al menos en un lugar de relativa igualdad e independencia con respecto a estos órganos.
Un elemento a resaltar, en principio, es que los órganos son establecidos directamente por la Constitución, lo que le da un soporte y reconocimiento, no solo por su origen, debido al procedimiento legislativo que se requiere para su aprobación, sino porque, en la mayoría de los casos, sus creación se da a partir del reconocimiento y prioridad por contribuir al desarrollo nacional y por contar con instancias independientes del resto de las demás instituciones del gobierno, particularmente, fuera del control ejecutivo, y de los cambios de Administración e incluso de partido en el poder.
Por esta razón, el autor refiere que la autonomía, en cierto modo, se puede vislumbrar como una división de poderes, al no estar subordinados ni depender de órganos tradicionales, aunque no son ajenos a ellos, ya que se encuentran en relación cercana con las instancias que colaboran, a las que vigilan o rinden cuentas. Adicionalmente, resalta como una gran ventaja, en términos de la independencia, que estos órganos pueden decidir libremente su forma de gobierno o gobernanza corporativa.
Los órganos constitucionales de México
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