Los Sistemas Financieros
Enviado por manzanitamiel • 31 de Agosto de 2012 • 4.847 Palabras (20 Páginas) • 418 Visitas
ORGANISMOS DEL MERCADO FINANCIERO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (SHCP).
Objetivo: “Proponer, dirigir y controlar la política económica del Gobierno Federal en materia financiera, fiscal, de gasto, de ingreso y deuda pública, así como de estadísticas, geografía e información, con el propósito de consolidar un país con crecimiento económico de calidad, equitativo, incluyente y sostenido, que fortalezca el bienestar de las mexicanas y los mexicanos”. (SHCP, 2010)
Funciones. De acuerdo a la ley orgánica pública general las atribuciones de la Secretaria de Hacienda y Crédito público debe realizar las siguientes funciones:
Artículo 31.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Proyectar y coordinar la planeación nacional del desarrollo y elaborar, con la participación de los grupos sociales interesados, el Plan Nacional correspondiente;
II. Proyectar y calcular los ingresos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la Administración Pública Federal;
III. Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal;
IV. (Derogada D.O.F. 23-XII-1993);
V. Manejar la deuda pública de la Federación y del Departamento del Distrito Federal;
VI. Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito público;
VII. Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito; (Reformada D.O.F. 23-XII-1993);
VIII. Ejercer las atribuciones que le señalen las leyes en materia de seguros, fianzas, valores y de organizaciones y actividades auxiliares del crédito;
IX. Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes y administrar su aplicación en los casos en que no competa a otra Secretaría;
X. Establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración Pública Federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía20 y con la participación de las dependencias que corresponda;
IX. Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales;
XII. Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera; (Reformada D.O.F. 4-I-1999);
XIII. Representar el interés de la Federación en controversias fiscales;
XIV. Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y de la Administración Pública Paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional;
XV. Formular el programa del gasto público federal y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y presentarlos, junto con el del Departamento del Distrito Federal, a la consideración del Presidente de la República;
20 Conforme al artículo quinto transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
XVI. Evaluar y autorizar los programas de inversión pública de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
XVII. Llevar a cabo las tramitaciones y registros que requiera la vigilancia y evaluación del ejercicio del gasto público federal y de los presupuestos de egresos;
XVIII. Formular la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal;
XIX. Coordinar y desarrollar los servicios nacionales de estadística y de información geográfica así como establecer las normas y procedimientos para su organización, funcionamiento y coordinación; (Reformada D.O.F. 10-IV-2003);
XX. Fijar los lineamientos que se deben seguir en la elaboración de la documentación necesaria para la formulación del Informe Presidencial e integrar dicha documentación;
XXI. Opinar, previamente a su expedición, sobre los proyectos de normas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y desincorporación de activos, servicios y ejecución de obras públicas de la Administración Pública Federal; (Reformada D.O.F. 28-XII-1994);
XXII. (Derogada D.O.F. 28-XII-1994);
XXIII. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación nacional, así como de programación, presupuestación, contabilidad y evaluación;
XIV. Ejercer el control presupuestal de los servicios personales y establecer normas y lineamientos en materia de control de gasto en ese rubro, y (Reformada D.O.F. 10-IV-2003);
XV. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
BANCO DE MÉXICO (BANXICO)
Objetivo: De acuerdo al artículo 28 constitucional, al Banco de México le corresponderá ejecutar funciones que tengan como finalidad “Procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda Nacional”
Funciones. De acuerdo a la ley del Banco de México, a esta institución autónoma le corresponderá:
El Banco de México tiene encomendadas las funciones que se mencionan a continuación:
I. Regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pagos;
II. Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva y acreditante de última instancia;
III. Prestar servicios de tesorería al Gobierno Federal y actuar como agente financiero del mismo;
IV. Fungir como asesor del Gobierno Federal en materia económica y, particularmente, financiera;
V. Participar en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de cooperación financiera internacional o que agrupen a bancos centrales, y
VI. Operar con los organismos a que se refiere el numeral V anterior, con bancos centrales y con otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad en materia financiera.
INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN DEL AHORRO BANCARIO (IPAB)
Objetivo: “Garantizar y pagar los depósitos bancarios de los pequeños y medianos ahorradores, y resolver al menor costo posible bancos con problemas de solvencia, contribuyendo a la estabilidad del sistema bancario y a la salvaguarda del sistema nacional
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