Materia: Operatoria del Comercio Internacional
Enviado por solangejarabaez • 22 de Junio de 2015 • 1.193 Palabras (5 Páginas) • 234 Visitas
Materia: Operatoria del Comercio Internacional
Cuestionario
1- ¿Cuáles son los procedimientos de exportación vía marítima?
Considerando el valor de la mercancía, existen dos procedimientos de exportación:
• El despacho simplificado.
• El despacho con Declaración Única de Aduana
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE DESPACHO DE EXPORTACIÓN
El Procedimiento comprende una serie de etapas en las cuales se realiza el
despacho automatizado (vía informática) y el embarque de las mercancías al exterior, así como la regularización del despacho. Nos corresponde ahora detallar de manera sintetizada cada una de estas etapas:
El exportador entregará a la Agencia de Aduana
de su elección la información vinculada a su tran-
sacción comercial para que éste último proceda a
transcribirla en el formato de la Declaración Unica
de Aduanas de su computadora. Cuando la car-
ga sea transportada en contenedor, el número, la
marca y el precinto de identificación deberán estar
consignados inicialmente en la Declaración como
datos provisionales o, en su defecto, la agencia de
aduanas deberá transmitirlos vía electrónica antes
de efectuar el embarque
Una vez llenada la “DUA Provisional”, la agencia
de aduana la transmite vía electrónica (teledespa-
cho) al SIGAD, el cual validará los datos declara-
dos. De ser conforme, generará automáticamente
el número correspondiente de la DUA y el Agente
procederá a imprimir la DUA para su presentación
en zona primaria (terminal de almacenamiento o
local del exportador) conjuntamente con la mer-
cancía
El despachador de la agencia de aduanas deberá
ingresar toda la mercancía al Depósito Temporal,
dejando el almacenista constancia de dicho ingre-
so en la “DUA Provisional”
Cuando la mercancía haya ingresado a la zona
primaria, el almacenista deberá consignar, en
un registro electrónico, la fecha y hora tanto del
ingreso total como de la entrega de la DUA por
parte del despachador para el embarque. Una vez
transmitido el registro electrónico del almacenis-
ta, el SIGAD validará y seleccionará aleatoriamen-
te el canal de inspección naranja o rojo (recono-
cimiento físico), enviando dicha selección tanto
al almacenista como al despachador de aduanas,
simultáneamente
Cuando la “DUA Provisional” haya sido seleccio-
nada a canal naranja, la mercancía queda expe-
dita para su embarque. Cuando haya sido selec-
cionada al reconocimiento físico, el funcionario
procede a inspeccionar alguno de los bultos que
comprende la mercadería a exportar. Culminada
la diligencia, consignará los resultados en la “DUA
Provisional” y en el SIGAD.
La Aduana de Despacho podrá autorizar el reco-
nocimiento físico en el almacén del exportador,
a solicitud de éste y cuando se trate de: produc-
tos perecibles, explosivos, maquinarias de gran
peso y volumen, mercancías que se trasladen por
vía terrestre hacia la aduana de salida; así como
otras mercancías que califiquen a criterio de dicha
Aduana.
Culminado el control, el funcionario aduanero au-
toriza el embarque de la mercancía, pudiendo en
ese momento ser traslada al puerto para que el
medio de transporte la recoja y lleve al exterior.
7° El plazo para embarcar la mercancía es de 30 días
calendarios contados desde la fecha en que se
numeró la “DUA Provisional”, previa constatación
del estado exterior de la carga por parte del al-
macenista, del transportista y, por supuesto, del
funcionario aduanero encargado, quien al con-
cluir esta diligencia consignará sus resultados en
la DUA y la entregará al despachador de aduanas,
además de registrarlos en el SIGAD. Por su parte,
la línea naviera comunicará a la Aduana el em-
barque de la mercancía a través de un documen-
to llamado Manifiesto de Carga de Salida. De no
efectuarse el embarque en el plazo señalado, la
DUA quedará sin efecto (legajamiento)
8º Una vez culminado el embarque, se deberá re-
gularizar la exportación tramitando la “DUA
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