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Modalidades de pago


Enviado por   •  13 de Agosto de 2013  •  Informe  •  482 Palabras (2 Páginas)  •  390 Visitas

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MODALIDADES DE PAGO EN LA COMPRAVENTA:

4. MODALIDADES DE PAGO

En función del tiempo que transcurre entre el momento de la entrega de las mercancías o la

prestación de servicios y el cobro de las mismas, surgen tres formas de pago:

· Pago anticipado: el proveedor exige cobrar antes de la entrega o la prestación de servicios.

· Pago al contado: el cliente paga en el momento de la entrega o de la prestación del servicio.

· Pago aplazado o a crédito: el proveedor permite aplazar el pago de sus facturas por un

tiempo.

Según lo establecido en el Código de Comercio, si existe una demora en el pago del precio en

cuestión, (superior a tres meses) el comprador estará obligado a pagar el interés legal de la cantidad

que aún no haya satisfecho al vendedor.

4.1 EL CHEQUE:

El cheque es un documento que está regulado por la Ley 19/1985, denominada Ley Cambiaría y del

Cheque.

No obstante, esta ley no define qué es un cheque, aunque especifica cuáles son los requisitos que ha

de cumplir, a saber:

ª La denominación de <<páguese por este cheque>> inserta en el texto mismo del título o

documento.

ª El mandato de pagar una determinada cantidad en euros o en moneda extranjera convertible

admitida a cotización oficial, ( Debe expresarse en número y letra, prevaleciendo esta última

en caso de discrepancia) Este mandato viene implícito en la siguiente fórmula <<páguese

por este cheque a ….. euros >>.

Tema 8 Medios de pago al contado

Aprovisionamiento Página nº 2 1º Administración y Finanzas Curso 2011/2012

ª El nombre de quien ha de pagar el cheque a su presentación, denominado librado, que

necesariamente ha de ser un banco o entidad de crédito.

ª Lugar de pago.

ª Fecha y lugar de emisión del cheque.

ª Firma del que expide el cheque, denominado librador. La firma ha de ser de puño y letra, no

se admite impresa o estampada.

Las entidades bancarias registran las firmas de los titulares de cuentas corrientes en unos

documentos, denominados cartulinas de firmas, para poder comprobarlas cuando se quiera cobrar

un cheque.

La firma del librador debe ser autógrafa e identificable con la de control que tiene el banco.

Conviene que, si quien firma no es el titular de la cuenta corriente, se haga constar en la antefirma

cuál es su autorización para firmarlo (poder (PP), orden (PO).por autorización (PA), etc)

Si una persona que no tiene poderes extiende un cheque, queda personalmente obligado a su pago.

Los cheques de cuenta corriente son facilitados en talonarios por las entidades de crédito a las

personas que han suscrito una cuenta corriente para que puedan disponer de

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