Modalidades de pago
Enviado por ERIKAGA • 13 de Agosto de 2013 • Informe • 482 Palabras (2 Páginas) • 390 Visitas
MODALIDADES DE PAGO EN LA COMPRAVENTA:
4. MODALIDADES DE PAGO
En función del tiempo que transcurre entre el momento de la entrega de las mercancías o la
prestación de servicios y el cobro de las mismas, surgen tres formas de pago:
· Pago anticipado: el proveedor exige cobrar antes de la entrega o la prestación de servicios.
· Pago al contado: el cliente paga en el momento de la entrega o de la prestación del servicio.
· Pago aplazado o a crédito: el proveedor permite aplazar el pago de sus facturas por un
tiempo.
Según lo establecido en el Código de Comercio, si existe una demora en el pago del precio en
cuestión, (superior a tres meses) el comprador estará obligado a pagar el interés legal de la cantidad
que aún no haya satisfecho al vendedor.
4.1 EL CHEQUE:
El cheque es un documento que está regulado por la Ley 19/1985, denominada Ley Cambiaría y del
Cheque.
No obstante, esta ley no define qué es un cheque, aunque especifica cuáles son los requisitos que ha
de cumplir, a saber:
ª La denominación de <<páguese por este cheque>> inserta en el texto mismo del título o
documento.
ª El mandato de pagar una determinada cantidad en euros o en moneda extranjera convertible
admitida a cotización oficial, ( Debe expresarse en número y letra, prevaleciendo esta última
en caso de discrepancia) Este mandato viene implícito en la siguiente fórmula <<páguese
por este cheque a ….. euros >>.
Tema 8 Medios de pago al contado
Aprovisionamiento Página nº 2 1º Administración y Finanzas Curso 2011/2012
ª El nombre de quien ha de pagar el cheque a su presentación, denominado librado, que
necesariamente ha de ser un banco o entidad de crédito.
ª Lugar de pago.
ª Fecha y lugar de emisión del cheque.
ª Firma del que expide el cheque, denominado librador. La firma ha de ser de puño y letra, no
se admite impresa o estampada.
Las entidades bancarias registran las firmas de los titulares de cuentas corrientes en unos
documentos, denominados cartulinas de firmas, para poder comprobarlas cuando se quiera cobrar
un cheque.
La firma del librador debe ser autógrafa e identificable con la de control que tiene el banco.
Conviene que, si quien firma no es el titular de la cuenta corriente, se haga constar en la antefirma
cuál es su autorización para firmarlo (poder (PP), orden (PO).por autorización (PA), etc)
Si una persona que no tiene poderes extiende un cheque, queda personalmente obligado a su pago.
Los cheques de cuenta corriente son facilitados en talonarios por las entidades de crédito a las
personas que han suscrito una cuenta corriente para que puedan disponer de
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