Modelos de Acuerdo
Enviado por Mario Og • 25 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 6.611 Palabras (27 Páginas) • 249 Visitas
JOSE FRANCISCO GIL DIAZ, Secretario de Hacienda y Crédito Público, y EDUARDO ROMERO RAMOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracciones I, XXIII, XXIV, y XXV, 37 fracciones II III, IV, V, VI, VII, XXV y XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal artículos 1, 2, 3, 5, fracción I, XV; 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; artículo 30, fracción II. del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2004, y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 mediante una visión innovadora busca cambiar los sistemas burocráticos por sistemas emprendedores, que hagan contar a las organizaciones públicas con elementos de mejora y desarrollo, a través de un cambio en las estrategias para la comunicación entre las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal;
Que para ello, es necesario simplificar los procedimientos de trabajo basándose en las herramientas que los sistemas tecnológicos y administrativos han desarrollado a fin de elevar la eficiencia y la calidad del servicio público a la ciudadanía, por lo que es indispensable contar con las políticas que implementen la modernización del Gobierno Electrónico;
Que esta administración está enfocada a un gobierno que cueste menos, es decir, que haga más con menos y que proporcione mejores servicios mediante el ahorro de recursos, y
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004 en las disposiciones de racionalidad y austeridad presupuestaria, señala que la Secretaría de la Función Pública coordinará los proyectos correspondientes para el establecimiento de sistemas automatizados de control de gestión con el objetivo de agilizar los trámites gubernamentales, por lo que hemos tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ESTANDARIZACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LOS SISTEMAS AUTOMATIZADOS DE CONTROL DE GESTIÓN EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la estandarización y comunicación de los sistemas automatizados de control de gestión, a fin de:
- Mejorar la gestión de los asuntos administrativos mediante el uso de medios electrónicos;
- Utilizar la firma electrónica avanzada como medio de autenticación del documento electrónico y como método alternativo a la firma autógrafa en los casos que el documento lo requiera;
- Asegurar la confidencialidad e integridad de la información acorde a los ordenamientos legales aplicables;
- Permitir la interoperabilidad entre los sistemas de control de gestión con que cuenten las dependencias y entidades.
- Contar con un único sistema automatizado de control de gestión por cada dependencia o entidad.
SEGUNDO.- Para efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
- Certificado digital: al conjunto de datos firmados electrónicamente que vincula a un servidor público con una clave pública;
- Clave pública: a la cadena de bits perteneciente a un Servidor Publico y susceptible de ser conocida públicamente, la cual se usa para verificar las firmas electrónicas del Servidor Publico y está matemáticamente asociada a su clave privada;
- Clave privada: a la cadena de bits perteneciente a un Servidor Publico y que es conocida por éste, la cual usa un conjunto de datos para la creación de la firma digital, relacionada con ambos elementos;
- Dependencias: a las que integran la Administración Pública Federal Centralizada, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados, en los términos de lo previsto por el artículo 1° primer y segundo párrafos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República;
- Documento Electrónico Gubernamental: a aquel documento que contiene datos y/o información, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, el cual puede requerir o no de una firma electrónica avanzada y es utilizado para el intercambio de información entre los servidores públicos de las dependencias y entidades, tales como: acuerdo, acta, atenta nota, carta, circular, dictamen, informe, invitación, memorando, minuta, nota informativa, oficio, solicitud y volante;
- Entidades: a las consideradas como entidades paraestatales conforme al artículo 3° de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
- Entidad Certificadora : a la dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, que por medio de una unidad administrativa emite, registra, revoca y administra los certificados digitales de sus servidores públicos y lleva el registro de las claves públicas;
- Firma electrónica avanzada: a los datos en forma electrónica consignados, en un documento electrónico, o adjuntados, o lógicamente asociados al mismo, que puedan ser utilizados para identificar al firmante en relación con el documento electrónico e indicar que dicho firmante aprueba la información recogida en el documento electrónico. La firma electrónica avanzada establece la relación entre el documento electrónico y la identidad del firmante;
- Servidor Público: a los funcionarios y empleados, y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
- Sistema Automatizado de Control de Gestión: a la herramienta informática que mediante el uso de medios electrónicos permita realizar comunicaciones, gestiones y trámites intergubernamentales entre los servidores públicos y demás personal que labore en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
TERCERO.- Las dependencias y entidades que ya cuenten, o aquellas que vayan a adquirir o a desarrollar un sistema automatizado de control de gestión, deben ajustarse a los requerimientos mínimos de funcionalidad y seguridad previstos en el Anexo técnico, secciones b y c respectivamente de este Acuerdo.
CUARTO.- Las dependencias y entidades deben enviar a la Unidad de Gobierno Electrónico y Política de Tecnologías de la Información de la Secretaría de la Función Pública, lo siguiente:
- Las que cuenten con un sistema automatizado de control de gestión, un reporte de que cumplen con lo establecido en el presente Acuerdo;
- Las que vayan a implantar un sistema automatizado de control de gestión, un plan de acción de su instrumentación para el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el presente Acuerdo, y
- Las que se encuentren imposibilitadas para implantar un sistema automatizado de control de gestión, un reporte con la justificación correspondiente.
QUINTO.- El uso de un sistema automatizado de control de gestión debe permitir la generación y manejo de documentos electrónicos gubernamentales, los cuales deben cumplir con las especificaciones de formato y seguridad previstas en el Anexo técnico, secciones d y e respectivamente de este Acuerdo.
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