NIF A 8. Supletoriedad
Enviado por marko3 • 3 de Septiembre de 2013 • Examen • 373 Palabras (2 Páginas) • 1.619 Visitas
NIF A–8. Supletoriedad
OBJETIVO
Establecer las bases para aplicar el concepto de supletoriedad a las Normas de Información Financiera de México (NIF) considerando que al hacerlo, se prepara información financiera con base en ellas. |
CONCEPTO DE SUPLETORIEDAD
Existe supletoriedad, cuando la ausencia de Normas de Información Financiera es cubierta por otro conjunto de normas formalmente establecido, distinto al mexicano. | |
NORMA BÁSICA
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son supletoriamen-te parte de las NIF. | |
NORMA BÁSICA
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son supletoriamente parte de las NIF. | |
En consecuencia y de acuerdo con lo establecido en la NIF A-1 Estructura de las Normas de Información Financiera, debe entenderse que la NIF se conforma por: a) las NIF y las interpretaciones a las NIF (INIF), aprobadas por el Consejo Emisor del CINIF y emitidas por el CINIF; b) los Boletines emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por nuevas NIF; y c) las Normas Internacionales de Información Financiera aplicables de manera supletoria.NIF A–8. Supletoriedad
OBJETIVO
Establecer las bases para aplicar el concepto de supletoriedad a las Normas de Información Financiera de México (NIF) considerando que al hacerlo, se prepara información financiera con base en ellas. |
CONCEPTO DE SUPLETORIEDAD
Existe supletoriedad, cuando la ausencia de Normas de Información Financiera es cubierta por otro conjunto de normas formalmente establecido, distinto al mexicano. | |
NORMA BÁSICA
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son supletoriamen-te parte de las NIF. | |
NORMA BÁSICA
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son supletoriamente parte de las NIF. | |
En consecuencia y de acuerdo con lo establecido en la NIF A-1 Estructura de las Normas de Información Financiera, debe entenderse que la NIF se conforma por: a) las NIF y las interpretaciones a las NIF (INIF), aprobadas por el Consejo Emisor del CINIF y emitidas por el CINIF; b) los Boletines emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por nuevas NIF; y c) las Normas Internacionales de Información Financiera aplicables de manera supletoria.
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