NIF B-4
Enviado por dianita2403 • 22 de Julio de 2011 • Trabajo • 512 Palabras (3 Páginas) • 2.868 Visitas
De acuerdo con la NIF A-5, Elementos básicos de los estados financieros, se eliminará en la NIF B-4 el requisito que establece el actual Boletín C-11, Capital contable, que requiere que las donaciones que recibe una entidad formen parte del capital contribuido.
La NIF B-4 abrogará al actual Boletín B-4, Utilidad integral y también a las actuales Circulares 38, Adquisición temporal de acciones propias y 40, Tratamiento contable de los gastos de registro y colocación de acciones.
Se adoptará el nuevo enfoque seguido por el IASB en la NIC 1 reformada, especialmente en lo relativo al reconocimiento en el estado de variaciones en el capital contable únicamente de cambios correspondientes a los propietarios; es decir, que todos los cambios no correspondientes a éstos, denominados actualmente “otras partidas de utilidad integral” deberán registrarse directamente en el estado de resultados, que en la nueva NIF B-3 se denominará Estado de utilidad integral.
Para converger con las disposiciones del IASB se eliminará la obligación de presentar en un solo renglón del estado de variaciones en el capital contable tanto los componentes como el importe total de la utilidad integral. La NIF B-4 permitirá que la entidad emisora del estado de variaciones en el capital contable adopte la denominación y el formato de estado de variaciones en el capital contable que considere más apropiado para cumplir con las condiciones de transparencia y claridad de la información.
En la nueva NIF B-3, Estado de utilidad (o pérdida) integral, se establecerá que éste podrá presentarse en un solo estado de utilidad (o pérdida) integral o en dos: un estado de resultados, que termine mostrando la utilidad o pérdida del periodo y, por separado, un estado de utilidad integral que se inicie con la utilidad (o pérdida) del periodo, muestre las otras partidas integrales y termine con la utilidad (o pérdida) integral del periodo.
La nueva NIF B-3 también requerirá que se revelen los “ajustes de reclasificación” y los efectos de impuestos correspondientes a los traspasos (“ajustes de reclasificación”) a pérdidas y ganancias del periodo de partidas que en periodos anteriores se consideraron como otras partidas integrales.
En las NIF A-3 y A-5, entre otros cambios se requerirá que cuando ocurran cambios en normas particulares, reclasificaciones y correcciones de errores que se hayan reconocido afectando retrospectivamente a los estados financieros, además de los estados financieros básicos deberá presentarse un balance general al inicio del periodo más antiguo que se presente.
También en las NIF A-3 y A-5 se establecerá que los emisores de estados financieros pueden utilizar títulos para los estados financieros diferentes a los que se utilizan en esas NIF, como lo establece el párrafo 10 de la NIC 1. El CINIF estudiará
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