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NIF B-8


Enviado por   •  17 de Febrero de 2014  •  Examen  •  1.687 Palabras (7 Páginas)  •  454 Visitas

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NIF B-8

El objetivo de la NIF B-8, Estados financieros consolidados y combinados es establecer generalidades para la elaboración y presentación de los estados financieros consolidados y combinados y para las revelaciones que acompañas a dichos estados financieros.

A continuación se presentan conceptos utilizados en esta NIF:

a) Estados Financieros Consolidados. Son los que presentan la situación financiera, utilidad o pérdida neta, variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo consolidados de una entidad económica que está formada por la entidad controladora y sus subsidiarias.

b) Control. Poder de decidir en las decisiones políticas financieras y operativas de la entidad con el objetivo que obtener ganancias.

c) Participación controladora. Es la parte del capital contable que pertenece a la controladora.

d) Participación no controladora. Es la parte del capital contable de la subsidiaria que pertenece a alguien distinto a la controladora.

e) Controladora. Es la entidad que tiene inversiones permanentes en la subsidiaria.

f) Estados financieros no consolidados. Son los estados financieros de la controladora en donde su inversión en la subsidiaria no se consolida sino se valúa con el método de participación, aquellos estados financieros que no tengan subsidiarias

g) Subsidiaria. Es la entidad sobre la cual la controladora ejerce control, puede ser o no una entidad con propósito específico (EPE) y tener una forma jurídica similar o diferente a la de la tenedora.

h) Estados financieros combinados. Son los estados financieros que presentan en conjunto, situación financiera, utilidad o pérdida neta, variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo de entidades afiliadas que pertenecen a los mismos dueños.

i) Afiliadas. Entidades con dueños en común.

j) Operaciones intercompanías. Son las transacciones que realizan entre sí la controladora y las subsidiarias o sólo entre las subsidiarias.

Las aportaciones que hace una tenedora a otra entidad deben reconocerse contablemente como una inversión permanente en subsidiarias, siempre que la tenedora ejerza control sobre esa entidad en la que tiene la inversión. El control se distingue del control conjunto y de la influencia significativa, ya que el control conjunto puede tomar decisiones, pero en este caso en forma compartida y con el consentimiento unánime de todos los participantes. Por otra parte la influencia significativa es cuando se es partícipe de las decisiones, pero no tiene el poder de decidir ni unilateralmente, ni en forma compartida.

Cuando la controladora realiza la inversión permanente inicial en la subsidiaria sus activos y pasivos son valuados al momento de la compra de acuerdo a la NIF B-7, de lo cual surgen ajustes que deben ser contabilizados en la controladora como parte de la inversión permanente.

Cualquier cambio en la participación de la controladora en la subsidiaria debe ser reconocido en libros de la controladora y de la no controladora, cualquier diferencia entre el importe del ajuste a la participación no controladora y el valor razonable de las contribuciones pagadas debe ser reconocida directamente en el capital contable y asignado a la participación controladora.

La controladora, debe presentar sus estados financieros consolidados con los de todas sus subsidiarias de conformidad con lo establecido en esta NIF.

Para la elaboración de los estados financieros consolidados, debe procederse como sigue:

a) Incorporar a los estados financieros de las subsidiarias.

b) Sumar los estados financieros de la controladora con los de sus subsidiarias. Al cien por ciento del valor de los activos, pasivos, capital contable, ingresos, costos y gastos deben sumarse rubro por rubro. También los estados de flujos de efectivo de la controladora y sus subsidiarias para determinar el estado de flujo de efectivo consolidado

c) Eliminar operaciones intercompañías. Deben eliminarse el total y no sólo el porcentaje de participación.

d) Eliminar el monto de la inversión en la subsidiaria reconocido por la controladora. Cuando la controladora tenga una participación en la subsidiaria menor que el 100%, existirá una diferencia entre el capital contable de la subsidiaria y el de la inversión permanente eliminados, la diferencia irá al capital de la participación no controladora.

e) Segregar el capital contable de la participación no controladora. El capital contable consolidado, debe presentarse dentro del balance general dividido en capital contable de la participación controladora y capital contable de la participación no controladora. El estado de resultados consolidado debe presentar la utilidad o pérdida neta consolidada y, posteriormente, dicha utilidad o pérdida neta debe segregarse en los siguientes importes: el que corresponde a la participación no controladora y el que corresponde a la participación controladora.

f) Determinar el estado de variaciones en el capital contable consolidado. Se debe partir del saldo inicial del capital contable consolidado y mostrar los cambios que tuvo durante el periodo para presentar el saldo final consolidado.

Para la consolidación de estados financieros, los estados financieros de las subsidiarias deben ser de la misma fecha y por el mismo periodo que los de la controladora, salvo que se considere impráctico, en cuyo caso, pueden ser a fechas diferentes, siempre que:

• La diferencia en fechas no sea mayor a tres meses y ésta sea consistente periodo a periodo.

• La extensión del periodo por el que se informa sea la misma que la de los estados financieros de la controladora.

Si la controladora es, a su vez, una subsidiaria de otra puede optar por no presentar estado financieros consolidados y además:

• No

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