NIF C-1: Efectivo y equivalentes de efectivo
Enviado por ojostekiero • 10 de Febrero de 2014 • Examen • 284 Palabras (2 Páginas) • 326 Visitas
NIF C-1: Efectivo y equivalentes de efectivo:
Normas de valuación: El efectivo debe valuarse a su valor nominal.
Todos los equivalentes de efectivo en su reconocimiento inicial deben reconocerse a su costo de adquisición.
Reconocimiento posterior de los equivalentes de efectivo:
Los equivalente de efectivo representados por metales precioso amonedados deben valuarse a su valor razonable; para tal efecto debe utilizarse su valor neto de realización a la fecha de cierre de los estados financieros. Los efectos por cambios en su valor deben reconocerse en el estado de resultados conforme se devenguen.
Normas de presentación:
En el estado de situación financiera, el efectivo y equivalentes de efectivo deben presentarse en un solo renglón como el primer rubro del activo a corto plazo, incluyendo el efectivo y equivalentes de efectivo, restringidos siempre que dicho restricción expire dentro de los doce meses siguientes a la fecha del estado de situación financiera o en el transcurso del ciclo normal de operaciones de la entidad; el rubro debe denominarse Efectivo y equivalentes de efectivo. Si la restricción expira en fecha posterior a las referencias anteriores, dicho concepto debe presentarse en el activo a largo plazo y debe denominarse Efectivo y equivalentes de efectivo, restringidos.
Normas de revelación:
En las notas a los estados financieros debe revelarse información acerca de lo siguiente:
A) la integración del efectivo indicando, en su caso, la política de valuación y la moneda o medida de intercambio de su denominación;
B) en caso de que exista efectivo y equivalentes de efectivo, restringidos, debe revelarse su importe y las razones de su restricción y la fecha probable en que ésta expirará;
C) los importes de efectivo y equivalentes e efectivo que estén destinados a un fin específico por parte de la administración.
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