NIF C5, Boletín C-5
Enviado por ajenotrebo • 12 de Noviembre de 2012 • Tesis • 928 Palabras (4 Páginas) • 1.044 Visitas
NIF C5
INTRODUCCIÓN
Preámbulo
El Boletín C-5, Pagos anticipados (Boletín C-5), entró en vigor el 1 de octubre de 1981 con
el objetivo de establecer las normas de reconocimiento de los pagos anticipados de las
entidades económicas.
I
En enero de 2006 entraron en vigor las NIF de la serie A correspondientes al Marco
Conceptual, entre las cuales se encuentran la NIF A-2, Postulados básicos (NIF A-2), la NIF
A-5, Elementos básicos de los estados financieros (NIF A-5) y la NIF A-7, Presentación y
revelación (NIF A-7). La NIF A-2 establece los fundamentos que configuran el sistema de
información contable; NIF A-5 define los elementos básicos de los estados financieros,
incluyendo la definición de activo y la NIF A-7 establece las normas generales de
presentación y revelación de las partidas que integran los estados financieros.
Razones para emitir la NIF C-5
Las principales razones para emitir la NIF C-5, Pagos anticipados y otros activos (NIF C-5),
son la incorporación de la nueva terminología establecida en el Marco Conceptual de las
NIF y las modificaciones a otras NIF particulares que impactan a ésta.
Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores
Los cambios importantes a la NIF C-5 son:
a) se establece una clasificación para los pagos anticipados , para hacer un mejor
planteamiento normativo;
b) se incluyen ciertos anticipos a proveedores para la adquisición de inventarios, de
inmuebles, maquinaria y equipo y de activos intangibles, en el rubro de pagos
anticipados y otros activos; estos anticipos anteriormente eran presentados en los
rubros de inventarios, de inmuebles, maquinaria y equipo o de activos intangibles ,
según correspondiera;
ALCANCE
Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todas las entidades que emitan estados
financieros de acuerdo con lo establecido en la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y
objetivos de los estados financieros .
Esta NIF no establece el tratamiento de los anticipos de impuestos a la utilidad, ya que este
tema se encuentra normado en la NIF D-4, Impuestos a la utilidad. Tampoco establece las
normas relativas al reconocimiento del activo neto proyectado derivado de un plan de
beneficios a los empleados cuyo tratamiento se encuentra en la NIF D -3, Beneficios a los
empleados.
Esta NIF no trata los intereses pagados por anticipado, ya que su reconocimiento contable
se establece en las normas relativas a arrendamientos, p asivos e instrumentos financieros.
OBJETIVO
El objetivo de esta Norma de Información Financiera (NIF) es establecer las normas de
valuación, presentación y revelación relativas al rubro de pagos anticipados y otros activos
en el estado de posición financiera de una entidad.
NORMAS DE VALUACIÓN
Pagos anticipados por servicios que se van a recibir
Reconocimiento inicial
Los pagos efectuados por servicios que se van a recibir deben reconocerse inicialmente al
monto de efectivo o equivalentes pagado s.
Reconocimiento posterior
Al momento de recibir el servicio relativo al pago anticipado, la entidad debe reconocer el
importe devengado afectando los resultados del periodo o como parte de algún otro activo,
según proceda. Por ejemplo: en el caso de los seguros, éstos se pagan por anticipado
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