Noción para la conformación de una Empresa
Enviado por cielo_81 • 22 de Abril de 2013 • Tutorial • 5.854 Palabras (24 Páginas) • 579 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Universidad Experimental Francisco de Miranda
Coordinación Nacional de Programas
Vicerrectorado Académico
Programa Desarrollo Empresarial
U.C Laboratorio Proyecto III
Noción para la conformación de una Empresa
Prof: Anairis Acosta Realizado por:
TREMONT, Marialis
VEROEZ, Maryis
Santa Ana de Coro, abril de 2013.
Introducción
Económicamente, la empresa es organización de los factores de la producción (capital y trabajo) con el fin de obtener una ganancia ilimitada. Los elementos integrantes por la comunidad del destino económico (obtención de la ganancia máxima), constituyendo una unidad organizada conforme a las exigencias de la explotación económica. Esta unidad de concepto se manifiesta también desde el punto de vista contable, que abarca toda la actividad de la empresa dentro de determinado períodos de tiempo y separa el patrimonio mercantil del patrimonio privado del empresario.
Nuestros preceptos positivos no formulan un concepto jurídico unitario de empresa, teniendo claro de que empresa, de personalidad jurídica, de emprendedor y de emprender, los interesados deben delimitar la forma jurídica que adoptarán en función de la legislación vigente. Para constituir una pequeña y mediana empresa los interesados una vez decididos sobre la forma que tendrá su empresa deben cumplir con los requerimientos exigidos en el Código de Comercio.
Hoy día, el Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES) a través del Servicio de Apoyo Técnico al Poder Popular (SATEPP), impulsa con su personal técnico y social el acompañamiento integral para atender responsablemente a todas aquellas comunidades que necesitan alcanzar niveles óptimos de organización y participación para la consecución de sus fines colectivos, creando, adaptando y diseminando diversas herramientas teóricas, técnicas y metodológicas que contribuyan a la concreción de Proyectos Socio-Productivos orientados a la transformación y consolidación del nuevo modelo social y productivo en cada localidad, mediante la actuación en el propio contexto comunitario y en las propias áreas de atención en la institución. Todo lo anterior, enfocado hacia la superación del rentismo petrolero, con miras al desarrollo de una Sociedad Socialista, orientada hacia el trabajo productivo con el aprovechamiento de las potencialidades locales y los saberes infinitos de nuestro pueblo.
Nociones generales para la conformación de una empresa, adaptadas a los diferentes tipos de propiedades consagradas en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela
La empresa
Toda actividad económica organizada para la producción, circulación, transformación, administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios. En toda empresa grande o pequeñas, existen tres factores necesarios para que se pueda realizar su actividad y son:
• Persona: propietarios, los administradores, y los trabajadores que elaboran en la empresa.
• Capital: aportes que hacen los propietarios de la empresa y pueden estar representado en: dinero en efectivo, mercancía, maquinaria, equipo de tecnología, muebles y otros servicios.
• Trabajo: es la actividad que realizan las personas para lograr el objetivo de la empresa.
Las que deben estar enmarcadas dentro de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en otras leyes:
La Constitución en su capítulo VII, del título III de los Derechos Económico nos establece en su artículo 112 “Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta
Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social. El Estado promoverá la iniciativa privada, garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país”.
El titulo VI, capítulo I de la misma ley nos establece lo siguiente:
Artículo 301. El Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales públicas y privadas. No se podrá otorgar a personas, empresas u organismos extranjeros regímenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales. La inversión extranjera está sujeta a las mismas condiciones que la inversión nacional.
Artículo 302. El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo.
Artículo 308. El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular. Se asegurará la capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento oportuno.
Artículo 309. La artesanía e industrias populares típicas de la Nación gozarán de protección especial del Estado, con el fin de preservar su autenticidad, y obtendrán facilidades crediticias para promover su producción y comercialización.
El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando
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