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Normas De Información Financiera A2 Postulados Básicos


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2013  •  Documentos de Investigación  •  1.297 Palabras (6 Páginas)  •  399 Visitas

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NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA A2 POSTULADOS BÁSICOS

Los postulados básicos deben de aplicarse de forma integral y entenderse en conjunto con el resto del Marco Conceptual de la serie A.

Los postulados básicos son fundamentos que rigen el ambiente en el que debe de operara el sistema de información contable, y:

a) Surgen como generalizaciones o abstracciones del entorno económico en el que se desenvuelve el sistema de información contable,

b) Se derivan de la experiencia, de las formas de pensamiento y políticas o criterios impuestos por la práctica de los negocios, en un sentido amplio,

c) Se aplican en congruencia con los objetivos de la información financiera y sus características cualitativas.

Los postulados básicos dan pauta para explicar “en qué momento” y “como” deben reconocerse los efectos derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad.

Postulados básicos:

1) Sustancia económica.

2) Entidad económica.

3) Negocio en marcha.

4) Devengación contable.

5) Asociación con costos y gastos con ingresos.

6) Valuación.

7) Dualidad económica.

8) Consistencia.

Sustancia económica.

La sustancia económica debe prevalecer en la delimitación y operación del sistema de información contable, así como en el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad.

Un ejemplo de la aplicación de este postulado, se tiene cuando una entidad económica vende un activo a un tercero de tal manera que la documentación generada en la operación indica que la propiedad le ha sido transferida. Sin embargo, pueden existir simultáneamente acuerdos que aseguren a la entidad el continuar disfrutando de los beneficios económicos del activo en cuestión; en tales circunstancias, el hecho de presentar información sobre la existencia de una venta sólo con un enfoque jurídico, podría no representar adecuadamente la transacción efectúa.

Entidad económica.

Es la unidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, recursos materiales y recursos financieros. Dividiéndose en entidad lucrativa y en entidad con propósitos no lucrativos.

El conjunto integrado puede estar conformado por los activos tangibles e intangibles, el capital de trabajo, el capital intelectual y la fuerza de trabajo, el conocimiento del negocio, los contratos que aseguren la obtención de recursos y la generación de beneficios económicos, y los procesos gerenciales estratégicos, operacionales y de administración de recursos, entre otros.

La entidad económica se presume como una entidad identificable con personalidad independiente de la de sus accionistas, propietarios o patrocinadores, por lo que sólo deben de incluirse en la información financiera los activos, pasivos y el capital contable o patrimonio contable de este ente económico independiente.

La entidad persona moral tiene personalidad y capital contable o patrimonio contable propios distintos de los que ostentan las personas que la constituyen y administran. Por tal razón, debe presentar información financiera en la que sólo deben incluirse los activos, pasivos y el capital contable o patrimonio contable de dicha entidad

Negocio en Marcha.

La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable, representan valores sistemáticamente obtenidos, con base en las NIF.

Se asume que la marcha de la actividad económica continuará previsiblemente en el futuro. Al evaluar si la presunción de negocio en marcha resulta apropiada, la administración tendrá en cuenta toda la información que esté disponible para el futuro, que deberá cubrir al menos, pero no limitarse a, los doce meses siguientes a partir de la fecha del balance general.

Devengación contable.

Efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica. Deben de reconocerse contablemente en su totalidad, en el momento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideran realizados.

Una partida se considera devengada cuando ocurre, en tanto que se considera realizada para fines contables, cuando es cobrada o pagada, esto es, cuando se materializa la entrada o salida de efectivo u otros recursos, los cuales le generan derechos u obligaciones a la entidad.

La

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