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Organos De Solucion De Diferencias


Enviado por   •  22 de Febrero de 2012  •  856 Palabras (4 Páginas)  •  626 Visitas

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Órganos de Solución de Diferencias (OSD)

La OMC tiene órganos políticos que participan en la solución de diferencias, OSD, y los órganos independientes como el arbitraje y el Órgano de apelación. La primera se encarga de supervisar el procedimiento de la solución de diferencias, reuniéndose habitualmente una vez al mes, pudiéndose dar el caso de las reuniones extraordinarias, convocadas por el presidente de la OSD y es en caso de que alguno de los miembros lo pida.

La OSD se compone de miembros integrantes de la OMC, y son los representantes de cada gobierno en general con un titulo diplomático en Ginebra, cede de la Organización Mundial de Comercio y estos representantes están relacionados al comercio exterior o a las relaciones internacionales. Ellos reciben órdenes de sus gobiernos para saber que papel deben adoptar.

Lo que hace la OSD es crear grupos especiales y tiene informes de ellos y de los órganos de apelación, vigila que se cumplan las resoluciones y puede autorizar la suspensión de las obligaciones. Este órganos es responsable del paso a la etapa jurisdiccional, de vigilar el caso de acuerdo a sus informes, y de la supervisión de las aplicaciones por si alguno de los miembros no cumple con lo establecido.

Toma de decisiones de la OSD.

Todas las decisiones se toman por consenso cuando alguno de los miembros se opone a seguir con la adopción de alguna decisión establecida ante ella. Esto quiere decir que el presidente no preguntara a cada delegación si apoya a o no la propuesta sino que se somete a votación. Para tomar o no una decisión o poder apelar a ella, es necesario que asista a la junta establecida, ya que si no tomaran decisiones por esta delegación.

Al momento en que la OSD crea los grupos especiales y de apelación y arbitraje, crea un “consenso negativo” o “consenso al contrario”. En las etapas en las que pasa el Órgano de solución de diferencias decide automáticamente la adopción de alguna medida, a menos de que haya una en contra.

Ninguno de los miembros esta excluido ninguno de los miembros en el proceso de la decisión de la toma de decisiones. La delegación que lo requiera pueda solicitar la adaptación de grupos especiales, adopción de informes o la suspensión de concesiones, puede hacer que se autorice su solicitud en el órgano de apelaciones. El consenso negativo es en gran parte una posibilidad teórica, y hasta la fecha no se ha registrado nunca: se puede hablar pues de la cuasiautomaticidad de las decisiones en el OSD. Esto ofrece un acusado contraste con la situación prevaleciente con el GATT de 1947, cuando podían establecerse grupos especiales, adoptarse sus informes y autorizarse las retorsiones sobre la base exclusiva del consenso positivo.

Solución de diferencias en la Rhonda Tokio y Uruguay. (GATT)

Varios de los acuerdos plurilaterales

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