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PLANILLA ELECTRÓNICA


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2017  •  Resumen  •  3.640 Palabras (15 Páginas)  •  281 Visitas

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PLANILLA ELECTRÓNICA

Documento llevado a través de los medios tecnológicos desarrollados por SUNAT en los que se registra la información de los empleadores y empleados (trabajadores, pensionistas, practicantes, derecho habiente, etc.) Lo conforman la información del T-REGISTRO y del PLAME (la información del PLAME se elabora a partir de la información del T-REGISTRO)

  1. PLAME (PLANILLA MENSUAL DE PAGOS): Se debe presentar mensualmente y contiene:
  • Trabajador: Las remuneraciones e ingresos devengados y/o pagados, así como datos de la jornada laboral, descuentos, tributos, aportes y contribuciones.  
  • Pensionista: Los ingresos devengados y/o pagados, descuentos, tributos, aportes y contribuciones.
  • Prestador de servicio con rentas de cuarta categoría (PS 4ta categoría): el monto pagado por el servicio, así como los datos del comprobante.
  • Personal en formación: el monto pagado de la subvención económica o estipendio.
  • Personal de terceros: base de cálculo del aporte al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) a cargo del ESSALUD, la tasa y el aporte al SCTR contratado con EsSalud.

  1. PDT PLANILLA ELECTRÓNICA PLAME: Es el medio informático aprobado por SUNAT para cumplir con la presentación de la PLAME, en este debe figurar la siguiente información:
  1. PLAME, la que deberá contener la información establecida en la R.M. N.° 121-2011-TR o norma que la sustituya o modifique.
  2. Retenciones del Impuesto a la Renta de cuarta y quinta categoría.
  3. Información de los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría pagadas o puestas a disposición aún cuando el Empleador no tenga la obligación de efectuar retenciones por dichas rentas.
  4. Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES) respecto de las remuneraciones correspondientes a los trabajadores, en los casos que exista convenio de estabilidad.
  5. Contribuciones al EsSalud, respecto de las remuneraciones que correspondan a los trabajadores o los ingresos que correspondan a los trabajadores independientes que sean incorporados por mandato de una ley especial al EsSalud como asegurados regulares.
  6. Contribuciones al EsSalud por concepto de pensiones.
  7. Contribuciones a la ONP bajo el régimen del Decreto Ley N.° 19990 y normas modificatorias.
  8. Prima por el concepto de “+Vida Seguro de Accidentes” respecto de los afiliados regulares al EsSalud que contraten el mencionado seguro.
  9. Aportes al Fondo de Derechos Sociales del Artista - FDSA.
  10. SCTR contratado con el EsSalud para dar cobertura a los afiliados regulares del EsSalud.
  11. Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional - COSAP, creada por el artículo 4° de la Ley N.° 28046, Ley que crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional, precisada por el Decreto Legislativo N.° 948.
  12. Registro de Pensionistas del Régimen del Decreto Ley N.° 20530, a los que se hace referencia en el artículo 11° de la Ley N.° 28046, Ley que crea el Fondo y la COSAP, precisada por el Decreto Legislativo N.° 948.
  13. Prima por el concepto “Asegura tu pensión”, respecto de los afiliados obligatorios al Sistema Nacional de Pensiones que contraten el mencionado seguro.
  14. Retenciones del aporte del trabajador minero, metalúrgico y siderúrgico cuyas actividades se encuentren comprendidas en los Decretos Supremos N.° 029-89-TR y el Decreto Supremo N.° 164-2001-EF y sus normas modificatorias, al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica a que se refiere la Ley N.° 29741. [pic 1][pic 2]
  15. Retenciones del aporte del trabajador minero, metalúrgico y siderúrgico cuyas actividades se encuentren comprendidas en los Decretos Supremos N.°s 029-89-TR y el Decreto Supremo N.° 164-2001-EF y sus normas modificatorias, al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica a que se refiere la Ley N.° 29741. (Incorporado por R.S. N.° 1382012/SUNAT). 
  16. Cuotas del fraccionamiento de los aportes del trabajador minero, metalúrgico y siderúrgico al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica, otorgado por la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N.° 29741. Aprobado por Decreto Supremo N.° 006-2012-TR. (Incorporado por R.S. N.° 181-2012/SUNAT). 

El PDT PLANILLA ELECTRÓNICA PLAME en adelante será llamado PDT PLAME.

  • Cómo entrar a PDT PLAME: Para utilizarlo ingresaremos al aplicativo con el n° de RUC, y tendremos dos modos de autenticación:
  • Con clave SOL: N° RUC, CÓDIGO Y CLAVE SOL, para validar o descargar datos en línea o sincronizar datos con el T-REGISTRO.

[pic 3]

  • Sin clave SOL: Esto se hace con un USUSARIO ADMINISTRADOR, pero acá no se puede sincronizar con el T-REGISTRO, es limitado.

  • Funcionalidades del PDT PLAME: Cuenta con los siguientes módulos:

[pic 4]

EMPLEADOR: 

  • Validar si el empleador se encuentra inscrito en el T-REGISTRO y al sincronizar, en automático se descargarán los datos del empleador necesarios para elaborar el PDT.  
  • Seleccionar en el PDT los conceptos remunerativos, ingresos y descuentos que utilizará para la elaboración de la PLAME y su declaración, a través de la sección Mantenimiento de conceptos.
  • Señalar si el empleador del sector privado tiene convenio de estabilidad tributaria vigente por IES, en cuyo caso deberá registrar la tasa establecida en su convenio.

  • Modificar datos del empleador, excepto los que son tomados del T-REGISTRO, los que deberán ser modificados en este aplicativo y actualizados en el PDT.
  • Eliminar el RUC del empleador en el PDT, opción que elimina toda su información.
  • Consultar y generar reportes de los datos del empleador que han sido actualizados en el PDT.

DECLARACIONES JURADAS:

  • Elaborar una nueva declaración.  En la declaración se cuenta con opciones para obtener del        TREGISTRO la relación de trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros, así como información necesaria para elaborar su declaración, sincronizando con el TREGISTRO o importando el Archivo personalizado del T-REGISTRO.  Los datos de los PS 4ta categoría se ingresan directamente al PDT.
  • Modificar una declaración registrada.   Los datos que se modifican o actualizan en el T-REGISTRO deberán ser actualizados al PDT.
  • Eliminar una declaración registrada.
  • Copiar una declaración.  Para copiar una declaración, primero se deberá crear la declaración destino completando los datos de la pestaña “Información General” que incluye la relación de los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros a considerar en la declaración. Luego de ello, se ingresa al módulo “Declaraciones Registradas”, se identifica la declaración origen desde donde se copiarán los datos y se ejecuta la opción “copiar”, el aplicativo solicitará se indique el período de la declaración destino para proceder a copiar datos.  
  • Generar archivo de envío.  Dicha opción se habilita cuando la declaración se encuentre registrada sin inconsistencias, y permite generar el archivo que contiene la declaración a presentar.
  • Registrar el N.° de orden de la declaración. Una vez presentada la declaración ingrese el N.° de orden en esta sección del aplicativo, así llevará un registro de los PDT presentados.
  • Recuperar los datos de un archivo de envío generado en el PDT.  

REPORTES;

  • De sus declaraciones.
  • De inconsistencias de su declaración, que podrá ser generado al validar su declaración.
  • De inconsistencias de la importación de los archivos del detalle de su declaración.
  • Resumen del archivo de envío generado.

PARÁMETROS:

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