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PREGUNTAS FRECUENTES - - ADMINISTRACION TRIBUTARIA


Enviado por   •  22 de Mayo de 2017  •  Apuntes  •  521 Palabras (3 Páginas)  •  152 Visitas

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PREGUNTAS FRECUENTES

¿Cómo se puede evitar cancelar valores por intereses y multas?

La única forma de que no se genere una sanción por concepto de multas e interés es presentar a tiempo las declaraciones y cumplir correctamente con nuestras obligaciones tributarias.

¿Por qué hay interés y una multa?

El interés es el porcentaje que se cobra de la deuda que se contrae para con el sujeto activo y que no se pudo satisfacer a tiempo. La multa es la sanción que debe cancelar el sujeto pasivo por no entregar la declaración en el plazo establecido.

El interés que se genera para las personas no obligadas a llevar contabilidad son las mismas de las que sí lo están?

El interés y multas que se genera por el retraso en la declaración de los tributos es el mismo para las personas naturales y jurídicas obligadas o no a llevar contabilidad.

Son deducibles de impuesto a la renta los pagos de intereses y multas que se generan por concepto de mora tributaria

Las multas por infracciones, recargos e intereses por mora tributaria o por obligaciones con los institutos de seguridad social y las multas impuestas por autoridad pública no serán deducibles de ningún modo.

¿Qué es lo que debo utilizar para el cálculo del interés por mora?

Para el cálculo de los intereses por mora, el contribuyente deberá utilizar la tasa de interés del 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador, desde la fecha de su exigibilidad hasta la de su extinción.

¿Quién calcula el interés y la multa que se genera por el retraso en la presentación de la declaración?

El interés y multas generadas por retrasos en la presentación de la declaración la deberá calcular el propio contribuyente.

El porcentaje de la multa por el retraso en la presentación de la declaración es el mismo que el del interés

No, el interés equivale al 3% del impuesto causado por cada mes o fracción de mes de retraso en la presentación de la declaración.

¿Cuándo no realizo la declaración a tiempo que es lo que implica?

Que dependiendo de la declaración puede tener multas e intereses por mora. El retraso en la declaración de los tributos conlleva sanciones.

Si por error he pagado un monto mayor al debido, la administración tributaria me devuelve el monto con el interés

Los créditos contra el sujeto activo, por el pago de tributos en exceso o indebidamente, generarán el mismo interés desde la fecha en que se presentó la respectiva solicitud de devolución del pago en exceso o del reclamo por pago indebido.

¿Cómo se calcula los intereses?

Interés se calculará de acuerdo con las tasas de interés aplicables a cada período trimestral que dure la mora por cada mes de retraso. No te olvides que la fracción de mes se calculara como mes completo.

Interes

La obligación tributaria que no fuera satisfecha en el tiempo que la ley establece, causará a favor del respectivo sujeto activo (Servicio de Rentas Internas) y sin necesidad de resolución administrativa alguna, el interés anual equivalente a 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador, desde la fecha de su exigibilidad hasta la de su extinción. 

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