Pagos De Lo Indebido
Enviado por luz_24 • 21 de Septiembre de 2014 • 267 Palabras (2 Páginas) • 227 Visitas
PAGO DE LO INDEBIDO Y SALDO A FAVOR. CONCEPTO Y DIFERENCIAS
El artículo 22 del CFF nos establece que las autoridades fiscales devolverán a los contribuyentes las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales, de tal forma que el derecho a la devolución que consagra dicho precepto, en concordancia con su sexto párrafo, puede derivar, ya sea de la existencia de un pago de lo indebido, o bien, de un saldo a favor.
1. El pago de lo indebido se refiere a todas aquellas cantidades que el contribuyente enteró en exceso, es decir, montos que el particular no adeudaba al Fisco Federal, pero que se dieron por haber pagado una cantidad mayor a la que le impone la ley de la materia.
2. El saldo a favor no deriva de un error de cálculo, aritmético o de apreciación de los elementos que constituyen la obligación tributaria a cargo del contribuyente, sino que éste resulta de la aplicación de la mecánica establecida en la ley de la materia.
Si un contribuyente tiene saldo a favor, y el mismo lo otorga como garantía del interés fiscal, el artículo 17 del nuevo RCFF señala que la actualización y los intereses a cargo del fisco federal dejarán de generarse en el momento en que la Autoridad Fiscal la acepte.
Por lo tanto, los contribuyentes pueden garantizar el interés fiscal con saldos a favor que tengan, es decir, una forma diversa a las que prevé el artículo 141 de CFF, ya que en este último no se desprende que los contribuyentes puedan otorgar saldos a favor en garantía del interés fiscal.
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